
La congresista del grupo parlamentario Juntos por el Perú – Voces del Pueblo – Bloque Magisterial, presentó el proyecto de ley 13059 para sancionar con prisión entre dos y cinco años, con 160 a 180 días multa e inhabilitación por tratar de inducir a un elector a no votar o a votar en un sentido, mediante dádivas, promesas o engaños.
La pena de cárcel será entre cinco y ocho años, además de 120 a 350 días, multa e inhabilitación, en los casos en que:
- Se difunda información falsa por medio del libro, la prensa, las redes sociales u otro medio de comunicación social.
- Se utilicen cuentas falsas o automatizadas para comunicarse o interactuar con otras personas a través de redes sociales.
- El delito se comete utilizando tecnologías de inteligencia artificial.
Para ello, se tendría que modificar el artículo 356 del Código Penal, referente a la “inducción a no votar o hacerlo en sentido determinado”.
Como coautores de la propuesta se encuentran Wilson Quispe, Roberto Sánchez, Germán Tacuri, Jorge Coayla y Hamlet Echevarría.

La justificación
De acuerdo con la parlamentaria, se busca “fortalecer la protección penal de la voluntad popular”, sancionando no solo las formas tradicionales de inducción al voto mediante dádivas o promesas, sino también aquellas que emplean engaños tecnológicos y estrategias de manipulación digital.
Esto, menciona Limachi, "constituye una amenaza real para la transparencia, legitimidad y autenticidad de los procesos electorales". “De este modo, se espera reducir la incidencia de casos de inducción al voto mediante engaños en los futuros procesos electorales, contribuyendo al fortalecimiento del sistema democrático, la confianza ciudadana y la defensa del derecho fundamental a elegir libremente”, explica.
Proponen otros cambios
Jorge Samuel Coayla Juárez, también del grupo Juntos por el Perú – Voces del Pueblo – Bloque Magisterial presentó una iniciativa legislativa que usca modificar el artículo 117 de la Constitución Política, permitiendo que el presidente de la República pueda ser acusado por delitos de corrupción durante su mandato, propuesta que apunta a cerrar el vacío legal vigente en materia de responsabilidad penal para jefes de Estado en funciones.

En la actualidad, la Carta Magna solo habilita acusaciones contra el presidente en ejercicio por causales como traición a la patria, impedir elecciones o disolver el Congreso en situaciones no permitidas. Delitos como concusión, colusión, peculado, enriquecimiento ilícito y cohecho quedan fuera del alcance del sistema judicial hasta que el mandatario deja el cargo.
La propuesta de Coayla Juárez incluye la incorporación de estos delitos, especificando aquellos que están tipificados en el Título XVIII del Código Penal y vinculados al uso indebido de recursos públicos y beneficios ilícitos.
El parlamentario sustentó la iniciativa citando datos de Transparencia Internacional, que ubican al Perú en el puesto 127 del Índice de Percepción de la Corrupción en 2024, lo que implica un retroceso significativo respecto a años anteriores.
Además, encuestas de opinión pública como las del Instituto de Estudios Peruanos y Latinobarómetro muestran que más del 70 % de la ciudadanía respalda la posibilidad de acusar a un presidente en funciones por corrupción, sin esperar el final de su mandato.



