Carlos Álvarez supera a Keiko Fujimori y sube al segundo puesto en encuesta, mientras Rafael López Aliaga sigue en primer lugar

El cómico desplazó a la lideresa de Fuerza Popular y se ubicó como la segunda opción presidencial, mientras Rafael López Aliaga mantiene el liderazgo en la preferencia electoral, según sondeo de CIT

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Tras López Aliaga y Álvarez,
Tras López Aliaga y Álvarez, siguen Keiko Fujimori (6,1%), César Acuña (6%), y Mario Vizcarra (5,8%)

El cómico Carlos Álvarez superó a la lideresa de Fuerza Popular, Keiko Fujimori, y avanzó al segundo lugar en las preferencias electorales, mientras el exalcalde de Lima, Rafael López Aliaga, continúa al frente, según la última encuesta de Opinión & Mercado CIT Perú difundida este domingo por Panorama.

López Aliaga encabeza la intención de voto con 15,3%, seguido por Álvarez con 7,2%, y Fujimori con 6,1%. César Acuña, líder de Alianza para el Progreso (APP), alcanza 6% y el ingeniero Mario Vizcarra figura con 5,8%.

En posiciones posteriores aparecen Phillip Butters con 4,1%, Alfredo Barnechea con 3,1% y Alfonso López Chau con 2,9%. Otros postulantes registran menos de 2% de respaldo. Entre ellos figuran Paul Jaimes con 1,3%, Ricardo Belmont con 1,1%, Herbert Caller y Rafael Belaunde con 1% cada uno.

La categoría “otros”, que incluye a George Forsyth, Carlos Espá, Francisco Diez Canseco, Jorge del Castillo, Roberto Chiabra y Fernando Olivera, suma 6,4%.

El cómico Carlos Álvarez supera
El cómico Carlos Álvarez supera a Keiko Fujimori y se coloca en el segundo lugar de las preferencias electorales, con 7,2%, detrás de Rafael López Aliaga (15,3%)

El porcentaje de ciudadanos que no define su voto asciende a 22,2%; en tanto, 13,8% señala que no respaldaría a ningún candidato o votaría en blanco o viciado.

La encuesta de octubre de 2025 consultó a 1.220 personas en todo el país. La muestra comprendió Lima, La Libertad, Piura, Arequipa, Cajamarca, Cusco, Junín, Lambayeque, Puno, Loreto, San Martín, Ica, Huánuco, Ayacucho, Apurímac, Amazonas, Huancavelica, Tumbes y Moquegua.

Tanto Álvarez como Fujimori rechazaron la semana pasada participar en CADE Ejecutivos 2025, que se realizará del martes 4 al jueves 6 de noviembre y tenía previsto un debate entre seis candidatos presidenciales. Con su salida, solo quedan cuatro precandidatos presidenciales invitados.

Fuerza Popular argumentó complicaciones de agenda y la falta de definición interna de candidaturas. En cambio, el cómico explicó que no asistirá porque el evento representa a una élite “desconectada de la realidad nacional”. Tras estas bajas, los participantes confirmados son López Aliaga, Vizcarra, López Chau y Acuña.

El Tribunal Constitucional (TC) ordenó
El Tribunal Constitucional (TC) ordenó anular la acusación fiscal contra Keiko Fujimori y Fuerza Popular por presunta financiación irregular de sus campañas de 2011 y 2016

Fallo

El Tribunal Constitucional ordenó dejar sin efecto la acusación fiscal contra la política y su partido tras determinar que el proceso que se le seguía por la presunta financiación irregular de sus campañas electorales de 2011 y 2016 “carece de sustento jurídico”.

La decisión declaró fundada una demanda presentada por la defensa de la hija y heredera política del exdictador Alberto Fujimori (1990-2000) y ordenó que se archive este proceso, conocido como el ‘caso cócteles’.

La abogada de Fujimori, Giulliana Loza, había pedido que se declaren nulas las resoluciones judiciales vinculadas con el proceso que se le sigue a su defendida por los delitos de lavado de activos, organización criminal, falsa declaración y falsedad genérica, así como “todos los actos precedentes” seguidos desde el inicio de las investigaciones preliminares, en 2017.

El TC ordenó al Décimo Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional de la Corte Superior Nacional de Justicia que resuelva “dentro del más breve término y teniendo en cuenta las consideraciones señaladas en la presente sentencia, la situación jurídica de doña Keiko Sofía Fujimori Higuchi”.

“No se está declarando la inocencia o culpabilidad de la beneficiaria, sino constatando la inviabilidad de proseguir con una imputación carente de sustento jurídico y claramente opuesta a lo establecido en la Constitución”, aclaró la resolución.