
Un reciente análisis revela que, por cada S/100 pagados en primas de seguro de desgravamen en el Perú, S/64 quedan en manos del banco o la entidad financiera como comisión.
Esta estructura de rentabilidad, descrita por el experto en finanzas César Antunez Irgoin, plantea interrogantes sobre la conveniencia de aceptar el seguro al solicitar un crédito, especialmente tras las modificaciones normativas implementadas por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS).
Seguro de desgravamen: Pacífico, Mapfre y Rímac controlan un mercado altamente concentrado
Recientemente, la SBS ha determinado que el seguro de desgravamen será obligatorio únicamente para créditos de vivienda, lo que permitirá a los usuarios elegir alternativas libres de la obligación de contratar este seguro en casos de préstamos vehiculares, de consumo y otros. Para las entidades financieras, este producto ha implicado altos niveles de rentabilidad.
Hasta agosto de 2025, se identifican nueve compañías autorizadas a operar este tipo de seguros en el país. Pacífico Seguros, parte del Grupo Credicorp, lidera el sector con S/599 millones en primas netas y una participación de 35%. Mapfre, que registró S/347 millones, controla el 20,3% del mercado, mientras que Rímac sumó S/285 millones, alcanzando el 16,6%. En conjunto, estas tres empresas representan el 71,9% del mercado de seguro de desgravamen.
Ganancias netas por créditos con desgravamen superaron los S/10.179 millones hasta agosto 2025
Según datos de la SBS, las entidades financieras privadas obtuvieron ganancias netas por S/10.956 millones en 2024, evidenciando un incremento del 15,3% respecto al año anterior. Durante los primeros ocho meses de 2025, las utilidades ya suman S/10.179 millones.
Antunez explica que este crecimiento se relaciona parcialmente con la elevada comisión de agencia que perciben al comercializar seguros de desgravamen: la comisión total para las entidades pasó de S/893 millones en 2019 a S/1.493 millones en 2024, con una tasa de crecimiento anual compuesta del 10,8%. El índice de comisión por agencia subió de 57,5% en 2019 a 61,2% en 2024, y alcanzó el 64% en agosto de 2025.

“Esta dinámica implica que, de cada S/100 pagados como prima, S/64 se destinan al intermediario financiero, mientras solo S/36 quedan para la aseguradora, responsable de cubrir riesgos de fallecimiento o invalidez", revela el especialista.
Mapfre presenta el mayor índice de comisión de agenciamiento (80,3%), seguido por Crecer Seguros (79,5%) y Cardif (65,6%). Antunez Irgoin cuestiona la sostenibilidad de comisiones tan elevadas, tomando como referencia que seguros individuales de vida o el SOAT suelen manejar márgenes entre 10% y 25%, proporción notablemente menor.
Seguro de desgravamen: un negocio altamente rentable para bancos y aseguradoras
Por otra parte, los datos recopilados muestran que el índice de siniestralidad, indicador que mide el porcentaje de primas destinadas efectivamente al pago de indemnizaciones, se mantiene en promedio en 18,3%, aunque descendió a 14,2% en agosto de 2025. Esta baja contrasta con el crecimiento de las comisiones, lo que incrementa la rentabilidad para los intermediarios.
Durante el periodo 2022-2024, las comisiones por seguro de desgravamen equivalieron a 22% de las utilidades netas del sistema financiero privado. Tras el pico del 82,7% alcanzado en 2020, asociado a los efectos de la pandemia, este indicador se estabilizó.
De esta manera, el análisis de Cesar Antunez Irgoin sugiere que el modelo de negocio beneficia principalmente a las entidades financieras, que mantienen amplios márgenes por la venta de seguros vinculados obligatoriamente a los créditos, mientras las aseguradoras y los usuarios enfrentan una cobertura cada vez más acotada.
¿Conviene solicitar un crédito con seguro de desgravamen bajo estas nuevas condiciones?
Antunez Irgoin explica que la conveniencia de aceptar el seguro de desgravamen, bajo estas nuevas condiciones, depende de factores concretos.
Para créditos de bajo monto y corto plazo —por ejemplo, montos inferiores a S/5.000 y periodos no mayores a 12 meses—, personas que ya disponen de un seguro de vida que cubre el saldo deudor, deudores sin personas a cargo o préstamos respaldados por garantías reales como vehículos o propiedades, resulta ventajoso optar por no contratar este seguro.
En cambio, señala, en las operaciones con montos altos o plazos prolongados, donde el riesgo financiero aumenta, la contratación cobra mayor sentido. A continuación, les dejamos algunos datos clave.

¿Qué es un seguro de desgravamen?
El desgravamen es un seguro que se contrata junto con un crédito (hipotecario, vehicular, de consumo, entre otros.) en una institución financiera. Su función principal es proteger tanto al deudor como a la entidad crediticia en caso de fallecimiento o invalidez permanente total del titular del préstamo, es decir, para que no le pasen la deuda a los herederos.
Sin embargo, el pasado 9 de setiembre de 2025, entró en vigencia la Resolución N.° 00890-2025, la cual modificó los reglamentos de conducta de mercado del sistema financiero peruano en materia de seguros de desgravamen, por lo que hay varios aspectos clave a considerar en adelante.
¿Es obligatorio contratar un seguro de desgravamen?
Entre los principales cambios de esta resolución la adquisición del seguro de desgravamen solo puede ser una condición necesaria para la contratación en los créditos hipotecarios para vivienda.
En el caso de los demás productos crediticios (crédito de consumo, tarjetas de crédito, entre otros), las entidades financieras deberán ofrecer al menos una alternativa que no condicione la contratación de un seguro de desgravamen. Asimismo, con el objetivo de garantizar el derecho de los usuarios a una elección informada, las entidades deberán comunicar esta información de manera clara y previa a la contratación del crédito:
- El seguro solo será obligatorio para el crédito hipotecario de vivienda. Para todas las demás líneas (consumo, tarjetas, vehicular, MYPE, entre otros.), su contratación será opcional para el cliente.
- El usuario puede elegir contratar o no el seguro (salvo hipotecarios) y puede elegir la aseguradora; además regula el endoso y prohíbe prácticas que impidan o demoren los endosos.
- La entidad está obligada a informar claramente si el crédito exige seguro o no, publicar costos y cargos por intermediación; prohibición de prácticas abusivas (cobros ocultos, fraccionamiento, comisiones indebidas).
- La prima debe cobrarse en una sola suma y en la misma moneda del crédito; se prohíbe cobro en moneda distinta.
- Se establece una lista explícita de prácticas abusivas (designar único beneficiario obligatorio, cobrar comisiones por endoso, demorar endosos, fraccionar prima, entre otros.) y sancionadas por la SBS.
- Mayor libertad para no contratar seguro en la mayoría de créditos (menor costo obligatorio), derecho a elegir aseguradora y mayor transparencia.
- Créditos ya vigentes mantienen condiciones hasta renovaciones, según normativa.

Seguro de desgravamen: ¿Cuándo sí asumen los herederos las obligaciones financieras?
De acuerdo con la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) y el Código Civil peruano, en caso de fallecimiento o invalidez del titular de una deuda:
- La deuda se transfiere al patrimonio del causante (persona fallecida).
- Los herederos no responden con sus bienes personales, sino únicamente con los bienes que conforman la herencia (masa hereditaria).
Sin embargo, existen dos situaciones principales por las que un heredero sí podría asumir la deuda de un créditohabiente fallecido: cuando han aceptado formalmente la herencia, o cuando existían bienes bajo regímenes patrimoniales compartidos, como la sociedad de gananciales en un matrimonio.
La entidad financiera puede reclamar el saldo pendiente a los bienes de la herencia, pero no puede exigir a los herederos que paguen con sus recursos personales más allá de lo recibido en la herencia.
¿Subirán los créditos por no optar por un seguro de desgravamen?
Finalmente, bajo este nuevo escenario, las entidades financieras probablemente ajustarían sus políticas de riesgo al flexibilizar la obligatoriedad del seguro de desgravamen, según Antunez.
De acuerdo con el experto, estos cambios se evidenciarían en incrementos en las tasas de interés aplicables o, en casos de perfiles de riesgo elevado, en la denegación de solicitudes de crédito.
Los grupos etarios con mayor exposición bajo el nuevo marco normativo serían los adultos mayores y los trabajadores del sector informal, quienes enfrentarían condiciones crediticias más restrictivas para operaciones no vinculadas a pólizas de seguro.



