
La entrada en vigor del nuevo estado de emergencia en Lima y Callao desde hoy, miércoles 22 de octubre de 2025, suscitó diversas interrogantes sobre el alcance de las restricciones para la ciudadanía.
Frente a las dudas manifestadas en redes sociales y ante el anuncio oficial del presidente interino José Jerí, por la norma publicada en el diario oficial El Peruano se desprende que las reuniones familiares no se encuentran prohibidas en estas jurisdicciones.
La medida, respaldada por el Decreto Supremo n.° 124-2025-PCM estableció restricciones vinculadas a la seguridad ciudadana, pero no incluye la suspensión de eventos como fiestas de cumpleaños, bodas o bautizos en el ámbito privado.
Alcance de la medida
Según el decreto supremo, la declaratoria de estado de emergencia en Lima y la Provincia Constitucional del Callao responde a razones de “seguridad ciudadana, lucha contra la criminalidad organizada y delitos conexos”.
La medida, que entró en vigencia hoy miércoles, implica la restricción del ejercicio de derechos constitucionales como la libertad de tránsito e inviolabilidad de domicilio, pero establece excepciones puntuales.
El artículo 2 del decreto precisa que “las actividades que no tengan carácter masivo podrán realizarse sin necesidad de permiso previo”. En el caso de eventos deportivos, espectáculos y otros acontecimientos multitudinarios se requerirá solicitar un permiso. Las autoridades evaluarán si no constituye un riesgo o va en contra de la disposición.

Qué sí se prohíbe
La norma contempla, de manera textual, la restricción de “reuniones sociales, espectáculos y eventos masivos”, detallando que esta disposición alcanza manifestaciones y concentraciones públicas que puedan afectar el orden público.
La mención de “domicilios y visitas familiares” como espacios no prohibidos ha permitido descartar la suspensión de reuniones en hogares, lo cual incluye cumpleaños, matrimonios civiles, bautizos y encuentros similares.
La confusión surgió tras el anuncio del régimen excepcional referido a la restricción de libertades, pero sin precisar el detalle sobre las reuniones de índole familiar. En plataformas digitales, varios usuarios demandaron claridad sobre el alcance de la suspensión de derechos, inquietud que fue despejada una vez publicada la versión oficial de la norma en El Peruano y revisado por Infobae Perú el texto integral.

Detalles del control
El decreto establece la intervención de la Policía Nacional del Perú (PNP) y las Fuerzas Armadas para el control del orden interno, en coordinación con las autoridades municipales y regionales.
La PNP queda facultada para efectuar detenciones, controles de identidad y registros personales en zonas y horarios considerados de riesgo, especialmente aquellas identificadas por el Comité Territorial y entidades de inteligencia.
La disposición gubernamental ordena también la creación del Comité de Coordinación Operativa Regional (CCOR) y el Comité de Fiscalización (CF), que monitorizan la implementación y cumplimiento de las medidas.
Adicionalmente, se enfatiza la lucha contra la criminalidad, el tráfico ilícito de armas y actos vinculados con la trata de personas en las zonas comprometidas por el estado de emergencia.

Medidas complementarias
La norma dispone la ejecución de planes de seguridad y fiscalización en mercados ilegales y puntos de venta informales de chips de telefonía, obligando a los concesionarios a cumplir las disposiciones del Ministerio del Interior.
Este requerimiento se suma al incremento de patrullajes por parte de la PNP y efectivos militares, así como operativos dirigidos al control del transporte informal y la fiscalización de puntos críticos en la capital y el puerto.
El estado de emergencia se aplicará durante un periodo inicial de 30 días calendario, renovable conforme a la evolución de la seguridad en ambos territorios. Las autoridades han reafirmado que las restricciones se limitarán a las actividades señaladas en la norma y han instado a la población a informarse únicamente a través de canales oficiales.

El Peruano ha sido el canal oficial encargado de difundir la totalidad del decreto, cuya interpretación y vigencia han sido confirmadas también por la propia Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) y los ministerios involucrados en la protección del orden interno.
Se reitera que la vigencia del estado de emergencia no alcanza las reuniones familiares ni otros eventos de carácter privado, siempre que estos no sean masivos ni impliquen riesgos para la seguridad pública.
La situación permanecerá bajo evaluación de las autoridades de Lima y Callao, quienes reportarán los avances en la reducción de delitos y la efectividad de los controles en las próximas semanas.