
El Ministerio de la Producción del Perú ha decretado una veda reproductiva para el choro (Aulacomya atra) en el litoral nacional, medida vigente desde el 15 de septiembre hasta el 30 de noviembre de 2025.
Esta decisión, sustentada en informes del Instituto del Mar del Perú (IMARPE), se enfoca en la preservación de una de las especies de moluscos bivalvos más relevantes para la alimentación peruana y para la economía de las comunidades costeras.
Perú decreta veda del choro para proteger especie clave
El choro, conocido en Perú como choro o chorito y en Chile y Argentina como cholga, integra la familia Mytilidae. Es un bivalvo filtrador de amplia distribución en Sudamérica, presente desde el Callao hasta el canal de Beagle, y reportado además en el sur de Brasil, la costa patagónica argentina, Tierra del Fuego, Islas Malvinas, así como en zonas lejanas como Nueva Zelanda, Sudáfrica y Escocia.
La especie puede alcanzar los 170 mm de largo en Sudamérica, mientras que en otras regiones suele ser más pequeña. Su concha mitiliforme se caracteriza por costillas radiales y un color negro-azul oscuro por fuera, con el interior nacarado, y es fácilmente reconocible tanto para pescadores como para consumidores.

El choro es fundamental para la cultura culinaria peruana. Figura en recetas tradicionales que forman parte de la identidad local. Entre ellas, los choritos a la chalaca ocupan un lugar destacado: se presenta el molusco cocido y bañado en una salsa de cebolla, tomate, ají, maíz y limón.
Además, el choro se incorpora en guisos y sopas como el caldo de choros y la sopa de choros, que lo combinan con papas, fideos y diversas especias. Su uso al vapor, en preparaciones como picantes, paellas y arroces, evidencia la versatilidad y predominancia de este recurso en la cocina diaria y festiva de la costa peruana.
¿Veda del choro impactará economía y gastronomía peruana?
La veda decretada deriva de hallazgos técnicos del IMARPE, cuyo informe de agosto de 2025 registró una actividad reproductiva del choro de 67,5 %, un valor superior al umbral considerado crítico. Esto determinó el establecimiento del periodo de veda para salvaguardar el ciclo biológico, ya que el aumento en la captura durante este periodo pondría en riesgo la renovación de la población natural y, por ende, la disponibilidad del recurso en los años siguientes.
Durante el tiempo que rige la veda, todas las actividades extractivas, el procesamiento, almacenamiento, transporte y comercialización de choro están prohibidas en el litoral nacional, salvo para ejemplares extraídos antes del 15 de septiembre y acreditados con documentación. El monitoreo de la biomasa, indicadores biológicos y las recomendaciones para futuras acciones serán responsabilidad del IMARPE. El incumplimiento de la norma se sancionará en el marco de la Ley General de Pesca y sus reglamentos.
La medida está respaldada por la intervención de entidades como SANIPES, los gobiernos regionales y la Marina de Guerra. Con esta decisión, el Estado peruano busca equilibrar el aprovechamiento socioeconómico, la seguridad alimentaria y la sostenibilidad de un recurso emblemático para la cocina, la cultura y el medio ambiente del país.



