Fiscalía presenta denuncia constitucional contra Pedro Castillo, Geiner Alvarado y Félix Chero por sobornos

Denuncia constitucional está relacionada a la trama de corrupción de la empresaria Sada Goray, quien habría desembolsado millones al expresidente y sus colaboradores para que su empresa Marka Group se vea beneficiada

Guardar
Exmandatario acumula una nueva denuncia
Exmandatario acumula una nueva denuncia constitucional por presunta corrupción durante su mandato. (Foto: Infobae Perú/Agencia Andina/Poder Judicial)

La Fiscalía de la Nación presentó una nueva denucia constitucional contra el golpista expresidente Pedro Castillo por el presunto delito de cohecho pasivo impropio. Se le atribuye al exmandatario presuntamente haber solicitado sumas de dinero al exministro de Vivienda, Geiner Alvarado, para mantenerlo en el cargo.

A Castillo también se le señala por supuestamente exigir grandes sumas de dinero a Geiner Alvardo para presuntamente sobornar a congresistas para que voten en contra de mociones de vacancia y a los jueces que veían los casos de sus sobrinos y de Bruno Pacheco.

Justamente, la denuncia constitucional también alcanza al extitular de Vivienda, que se encuentra cumpliendo una orden de prisión preventiva por 36 meses por presunta organización criminal.

Sobre Geiner Alvarado, la Fiscalía lo señala de recibir 4 millones de soles de la empresaria y dueña de Marka Group, Sada Goray, para remover a los entonces miembros del Fondo MiVivienda. Esto con el objetivo de que se nombren en su lugar personas allegadas a la empresaria a fin de que no pongan trabas a sus proyectos inmobiliarios.

De izquierda a derecha: Sada
De izquierda a derecha: Sada Goray, Geiner Alvarado y Salatiel Marrufo.

Al exministro de Vivienda también se le atribuye de haber solicitado otro millonario soborno a Goray para direccionar un fondo de 376 millones que el Ministerio de Economía le estaba otorgando al Fondo MiVivienda para proyectos inmobiliarios.

Las sumas de dinero por este acuerdo ilícito se habrían dado a través de Salatiel Marrufo, exjefe del gabinete de Asesores del Ministerio de Vivienda y hoy colaborador eficaz. Las revelaciones de este exfuncionario gatillaron la caída de Pedro Castillo, quien en un intento desesperado por seguir en el poder intentó dar un golpe de Estado.

Por último, el Ministerio Público denunció constitucionalmente al exministro de Justicia y Derechos Humanos, Félix Chero, también por presunto soborno (cohecho pasivo propio). El cargo contra él es el de presuntamente solicitar dinero por el cambio del jefe de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp).

Efectivamente, el 14 de julio de 2022, a través de la resolución suprema 079-2022-JUS suscrita por Chero, se designó como nuevo superintendente de la Sunarp a Luis Ernesto Longaray Chau, quien habría sido recomendado por Sada Goray.

Según la denuncia constitucional de la Fiscalía, tras el nombramiento, el exministro de Justicia le habría pedido a Salatiel Marrufo un monto por el cambio. Este último habría sacado 50.000 soles de su caja fuerte en el hotel El Marqués y se los habría entregado a Félix Chero.

Fiscalía presenta nueva denuncia constitucional
Fiscalía presenta nueva denuncia constitucional contra Pedro Castillo

Pedro Castillo pierde nuevamente en el TC

La Sala Segunda del Tribunal Constitucional (TC) de Perú desestimó un recurso habeas corpus presentado por Irma Castillo Terrones, hermana del expresidente Pedro Castillo, quien se encuentra en prisión preventiva tras su intento de golpe de Estado el 7 de diciembre de 2022. El recurso buscaba anular tres resoluciones fundamentales: la que declaró la vacancia presidencial, la autorización para levantar el antejuicio político y la que confirmó la prisión preventiva del exmandatario. Además, solicitaba la inmediata liberación de Castillo y su restitución al cargo de jefe de Estado, según detalla el pronunciamiento oficial del TC.

La decisión fue adoptada por dos de los tres magistrados titulares de la sala: Helder Domínguez y César Ochoa, quienes votaron a favor de declarar improcedente la demanda. El magistrado Gustavo Gutiérrez, en cambio, consideró que se debió convocar a una audiencia pública sobre el tema. Por no haber una unanimidad inicial, el magistrado Pedro Hernández fue llamado a integrar el panel y sumó su voto a la posición mayoritaria, lo que permitió alcanzar la resolución final. “Esta Sala del Tribunal Constitucional juzga que se encuentra relevada de emitir un pronunciamiento de fondo, puesto que, en modo alguno, le compete inmiscuirse en un asunto propio de la judicatura penal ordinaria”, señala el texto del fallo.

TC rechaza habeas corpus a
TC rechaza habeas corpus a favor de Pedro Castillo

La argumentación central del recurso de Irma Castillo sostenía que la vacancia presidencial aprobada contra su hermano era inválida al no haber cumplido con los votos requeridos para formalizar su presentación y admisión en el Congreso peruano. Sin embargo, los magistrados destacaron que esta objeción ya había sido debidamente evaluada en un procedimiento anterior del Tribunal.

En el expediente número 01803-2023-PHC/TC, el TC estableció que la destitución de Pedro Castillo fue consecuencia inmediata de su autoproclamado “mensaje golpista” y que las normativas aplicables en situaciones regulares no podían exigirse debido al carácter excepcional de los acontecimientos. Según la interpretación del Tribunal, Castillo cesó automáticamente en su cargo al anunciar el cierre del Congreso y la instauración de un gobierno de emergencia, en lo que fue calificado ampliamente como un golpe de Estado.

En otro de los puntos de su recurso, Irma Castillo cuestionaba la medida de prisión preventiva adoptada contra su hermano, afirmando que no se cumplieron las condiciones legales para su aplicación. La resolución del TC refutó esta objeción señalando que el objetivo del habeas corpus excedía el ámbito de la justicia constitucional. “Lo que en verdad busca el recurso es que la justicia constitucional revise lo decidido en el proceso penal, lo que no está permitido”, resolvieron los magistrados. El análisis dejó constancia de que la demandante no identificó errores formales ni deficiencias en la motivación de las decisiones judiciales, sino que simplemente discrepaba con el contenido de las mismas.