
Las próximas elecciones generales 2026 tendrán el récord histórico de más partidos políticos inscritos. Si bien actualmente hay 41 organizaciones inscritas -luego de la anulación de A.N.T.A.U.R.O.-, aún existe una lista de 32 más que pueden sumarse a la carrera electoral. Es por eso que incluso el Jurado Nacional de Elecciones ha decidido ampliar hasta el 1 de agosto para dar más tiempo a la formación de alianzas electorales.
Según el Jurado Nacional de Elecciones, las organizaciones políticas que ya estén inscritas en su registro oficial, pueden formar alianzas y participar de los próximos comicios bajo un solo nombre y un solo símbolo, aunque para ello debe cumplir determinados requisitos y pasar por un proceso de registro adicional ante el JNE.
¿Qué requisitos deben cumplir las alianzas electorales?
El JNE afirmó públicamente que para inscribir una alianza, los partidos políticos que la conformen deben:
- Acreditar que sus acuerdos estén aprobados por sus órganos competentes según sus estatutos.
- Los integrantes de sus órganos competentes deberán estar inscritos en el Registro de Organizaciones Políticas (ROP).
- El acuerdo de la alianza debe ser firmado por la persona autorizada para hacerlo.
- La alianza debe tener su propia acta de constitución y un reglamento electoral.

Estos no son los únicos requisitos que deben cumplirse para inscribir una alianza electoral. El JNE también evaluará que el acuerdo entre los partidos cuenten con ciertas especificaciones en las que deben aparecer:
- Órganos de gobierno y sus miembros.
- Denominación, el símbolo y domicilio legal.
- Declaración expresa de objetivos y los acuerdos que regulan
- Proceso de democracia interna conforme a ley.
- La definición de los órganos o autoridades que toman las decisiones de índole económico-financiera y su relación con la tesorería de la alianza.
- Designación de los personeros legales y técnicos de la alianza, la designación del tesorero y de los tesoreros descentralizados que tienen a su cargo la ejecución de las decisiones económico-financieras, la forma de distribución del financiamiento público directo que le corresponda a la alianza; y, en caso de disolución, a los partidos que la conforman.
Fecha límite para inscripción de partidos y alianzas electorales
El 31 de marzo pasado, el presidente del Jurado Nacional de Elecciones, Ricardo Burneo, anunció que el pleno del ente electoral aprobó por unanimidad el cronograma para las elecciones generales del 2026. En ese sentido, se indicó que el proceso de inscripción para las organizaciones políticas tiene como fecha límite el 12 de abril del 2025.

“No podemos adelantar cuántos estarán habilitados para los comicios, pero solo aquellos que cumplan con el proceso antes del 12 de abril podrán participar”, precisó en conferencia de prensa.
En cuanto a las alianzas electorales, la fecha límite para su inscripción será el 1 de agosto, de acuerdo con lo establecido por la Ley 32258. “Las organizaciones políticas pueden presentar su solicitud desde este momento, pero el plazo máximo es el 1 de agosto. Luego de ello, el JNE tendrá 30 días para emitir una respuesta”, explicó.
Según el JNE, solo aquellas alianzas que hayan logrado su inscripción en la fecha establecida podrán participar de las elecciones generales.
Burneo también recordó que el cierre del padrón electoral será el 14 de octubre y será un proceso a cargo del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec), que definirá el universo de votantes habilitados.