
Este 2025, 104 institutos y escuelas de educación superior pedagógica, del sector público, comenzaron el proceso de contratación de 1.169 profesores en todo el país.
Por ello, el Ministerio de Educación (Minedu) aprobó la Resolución Viceministerial 024-2025-MINEDU, el cual establece los criterios para acceder a una plaza. Además, asegura que profesionales idóneos y altamente calificados ocupen estos espacios de trabajo.
Los profesionales contratados recibirán una remuneración de 5.399 soles, que corresponde a la categoría 1 de la Carrera Pública Magisterial, lo cual equivale a su vez al 160% de la Remuneración Íntegra Mensual Superior.

¿Cuáles son los requisitos?
De acuerdo a la normativa, los aspirantes deben tener tres años de experiencia como maestros en educación superior y en la especialidad deseada. Además, debe contar con alguna de estas opciones:
- Título de profesor registrado ante la Dirección Regional de Educación (DRE)
- Título registrado en el Minedu
- Título de licenciado en Educación de la especialidad requerida
- Título afín registrado en Sunedu
- Título de licenciado en otras profesiones registrado en Sunedu
Los docentes también deberán completar el formulario virtual que se encuentra en el aplicativo informativo que administra la Dirección de Formación Inicial Docente (DIFOID), en el siguiente link: https://convocatoria.pedagogicos.pe/proceso. Para más información, también es posible revisar este enlace: http://www.minedu.gob.pe/superiorpedagogica/contratacion-docente/

El ministro de Educación, Morgan Quero, señaló que esta nueva norma y la remuneración están alineadas con las políticas del Pacto Social por la Educación. En ese sentido, acotó que el ministerio busca atraer a los mejores profesores para fortalecer su formación.
Por su parte, el director general de Desarrollo Docente, Eloy Cantoral, dijo que este proceso fortalece la meritocracia y reconoce el esfuerzo de los maestros.
Sueldo docente 2025
La Remuneración Íntegra Mensual (RIM) que perciben los maestros nombrados es un monto que se entrega en función a su escala magisterial y a la jornada de trabajo que realizan. Se divide de la siguiente manera:
- Octava escala: 6.931 soles (jornada de 30 horas) y 9.241 soles (jornada de 40 horas)
- Sétima escala: 6,271.14 soles (jornada de 30 horas) y 8,361 soles (jornada de 40 horas)
- Sexta escala: 5.776 soles (jornada de 30 horas) y 7.701 soles (jornada de 40 horas)
- Quinta escala: 4,950 (jornada de 30 horas) y 6.601 (jornada de 40 horas)
- Cuarta escala: 4.290 (jornada de 30 horas) y 5.721 (jornada de 40 horas)
- Tercera escala: 3.960 (jornada de 30 horas) y 5.280 (jornada de 40 horas)
- Segunda escala: 3.630 (jornada de 30 horas) y 4.840 (jornada de 40 horas)
- Primera escala: 3.300 (jornada de 30 horas) y 4.400 (jornada de 40 horas)

Beneficios del nombramiento
De acuerdo a la página oficial del Ministerio de Educación, estos son los beneficios que pueden obtener los maestros que ingresan a la Carrera Pública Magisterial, es decir, que llegan a ser nombrados:
- Asignación por tiempo de servicios (ATS0): perciben una asignación por tiempo de servicio (ATS) al cumplir 25 años de servicios y otra al cumplir 30 años. En ambos casos los docentes perciben dos RIM de acuerdo a su escala magisterial.
- Subsidio por luto y sepelioEn el caso de fallecimiento del cónyuge o conviviente, padres o hijos, el docente percibe el S/3000 por concepto de subsidio por luto y sepelio. En el caso del fallecimiento del docente, la familia directa: cónyuge, hijos, padres o hermanos, también perciben el subsidio.
- Compensación por tiempo de servicios (CTS): lo recibe al momento del cese. Es una compensación por tiempo de servicio equivalente al 100% de su remuneración por año de servicios oficiales.
Sin embargo, es necesario acotar que en el caso de las instituciones educativas unidocentes, el profesor nombrado y encargado de la función de director de la escuela solo percibe la asignación por jornada de trabajo adicional.