Fraccionamiento Especial: SUNAT recauda más de S/880 millones en un proceso advertido como ausente de transparencia y equidad

El Fraccionamiento Especial habría premiado a quienes no cumplieron con sus responsabilidades fiscales, suponiendo una ventaja y detrimento sobre los contribuyentes que sí honraron sus compromisos, según especialistas del sector. Mensaje sería equívoco

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El Fraccionamiento Especial, que buscaba
El Fraccionamiento Especial, que buscaba aliviar la carga tributaria de miles de contribuyentes, ha demostrado ser un arma de doble filo. Créditos: SUNAT

El Fraccionamiento Especial implementado por la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) alcanzó una cifra récord de recaudación, superando los S/880 millones, según informó la entidad. Este programa, que concluyó el pasado 28 de febrero, permitió a los contribuyentes regularizar deudas tributarias, incluidas aquellas en etapa de cobranza coactiva o en litigio. Sin embargo, expertos han señalado inconsistencias en el proceso y cuestionado su impacto real en el sistema tributario.

De acuerdo con la información proporcionada por la SUNAT, más de 157.000 solicitudes de acogimiento fueron presentadas, de las cuales el 81% correspondieron a empresas y personas naturales con negocio, mientras que el 19% restante estuvo relacionado con rentas distintas a la Tercera Categoría. Este programa buscaba facilitar el pago de deudas tributarias mediante cuotas o cancelación al contado, promoviendo la recuperación de montos adeudados al Estado.

“La deuda total con intereses en multas superaba los S/5.000 millones. Esa es la deuda que se ha acogido al fraccionamiento y por la cuota inicial de acogimiento se ha recaudado S/880 millones, una cifra que supera en S/340 millones lo que se había estimado”, dijo más temprano el superintendente Víctor Mejía en RPP Noticias.

SUNAT: resultados destacados y sectores beneficiados

El monto recaudado superó en S/340 millones las expectativas iniciales, lo que la SUNAT atribuyó a una amplia campaña de orientación y asistencia dirigida a los contribuyentes. Entre los sectores que más se acogieron al beneficio destacan las actividades de comercialización de bienes, transporte de carga, construcción y restaurantes.

Además, los contribuyentes del Régimen MYPE Tributario lideraron las solicitudes, representando el 48% del total, seguidos por aquellos pertenecientes a rentas distintas a la Tercera Categoría (19%), el Régimen Especial de Renta (16%), el Régimen General (14%) y el Nuevo Régimen Único Simplificado (NRUS), que representó el 3%.

En total, la deuda materia de solicitud ascendió a S/2.790 millones, de los cuales una parte significativa correspondió a deudas en litigio o en etapa de cobranza coactiva. Según detalló la SUNAT, se incluyeron deudas impugnadas por un monto de S/339 millones, de los cuales se pagaron S/325 millones. Asimismo, más de 91.000 contribuyentes con deudas en cobranza coactiva presentaron solicitudes por un total de S/862 millones, logrando recaudar S/461 millones.

En términos generales, el programa
En términos generales, el programa permitió que se presentaran solicitudes por un monto total de S/2.790 millones en deudas, de los cuales una parte significativa correspondió a casos en litigio o cobranza coactiva.

Aspectos controvertidos del Fraccionamiento Especial

A pesar de los resultados celebrados por la SUNAT, el tributarista Rafo Inurritegui, en declaraciones a Infobae Perú, aseguró que el programa benefició principalmente a quienes incumplieron con sus obligaciones tributarias.

Según el experto, el Fraccionamiento Especial favoreció a contribuyentes que no pagaron a tiempo o que litigaron sin fundamentos sólidos. “Fue un acto populista para beneficiar al incumplido, al que no paga, así como al que litiga sin argumentos sólidos, pues esos son la mayoría de los que se acogieron”, afirmó.

Inurritegui también señaló que el monto base de la deuda es incierto, ya que no todos los contribuyentes en litigio optaron por acogerse al programa. Además, criticó que el proceso incluyera la condonación de multas no litigadas, lo que, en su opinión, distorsiona los resultados presentados por la SUNAT. “Lo que diga SUNAT sobre ello lo va a manejar a su antojo”, agregó.

Una de las características más
Una de las características más destacadas del programa fue la posibilidad de incluir deudas en etapa de cobranza coactiva o impugnación. Créditos: SUNAT

Fraccionamiento Especial: ¿éxito o purga tributaria?

Entre las principales observaciones, el experto señaló que los contribuyentes en litigio debían desistir de sus impugnaciones antes de que la SUNAT decidiera si aprobaba o no el fraccionamiento, lo que dejaba a los solicitantes sin defensa legal en caso de rechazo. Además, mencionó que los intereses seguían acumulándose mientras la SUNAT evaluaba las solicitudes, lo que incrementaba la carga financiera para los contribuyentes.

Inurritegui también criticó que el reglamento del programa restringiera el acceso a quienes ya habían solicitado pagos en parcialidades, a pesar de que el decreto legislativo original no excluía a estos contribuyentes.

Fraccionamiento Especial. El proceso de
Fraccionamiento Especial. El proceso de evaluación de las solicitudes, que podía extenderse hasta 45 días, dejaba a los contribuyentes sin defensa en caso de que su solicitud fuera rechazada.

Impactos sobre la litigiosidad y el sistema tributario

Precisamente, uno de los objetivos del Fraccionamiento Especial era reducir la litigiosidad en el sistema tributario. Según la SUNAT, el desistimiento de las impugnaciones permitió regularizar el pago de deudas tributarias y aduaneras, disminuyendo la carga de procesos legales en curso. Sin embargo, las críticas apuntan a que esta medida pudo haber favorecido a contribuyentes que no cumplían con sus obligaciones de manera oportuna, en detrimento de aquellos que sí lo hicieron.

El programa también generó un debate sobre la equidad en el sistema tributario, ya que algunos expertos consideran que penaliza a los contribuyentes cumplidos al ofrecer beneficios a quienes no pagaron sus deudas en el plazo establecido. “Si pagaste a tiempo, te castigan. Si impugnas, pierdes tu defensa antes de saber si te fraccionarán”, zanjó Inurritegui.