
Nadie sabe nada. Rafael Manuel Ruiz Hidalgo, exasesor de Javier Arévalo, fue designado al interior de la Junta Nacional de Justicia ocultando información. Durante su postulación, evitó informar sobre la condena por prevaricato en su contra, a sabiendas de que ninguna persona sentenciada por delito doloso, así haya purgado la pena, puede ser miembro de la JNJ, reveló Punto Final.
La comisión que lo designó como miembro titular fue presidida por el defensor del Pueblo, Josué Gutiérrez, e integrada por el entonces Fiscal de la Nación, Juan Carlos Villena, la actual presidenta del Tribunal Constitucional, Luz Pacheco, y su entonces jefe, el presidente del Poder Judicial, Javier Arévalo, quien se abstuvo. El abogado ocupó el puesto 7 en el cuadro de méritos.
Durante su entrevista, habló del flagelo de la corrupción y de enfrentar a las fuerzas que corrompen el espíritu del juez, sin hacer mención a su sentencia dictada el pasado 7 de diciembre de 2010 por emitir en su calidad de juez una resolución contraria a la ley.

Según el documento al que accedió Punto Final, la sentencia fue formulada por la Sexta Sala Especializada en lo Penal de la corte superior de justicia de Lima. Esto, debido a que, en su calidad de juez suplente del décimo tercer juzgado laboral de Lima en el año 2004, ordenó el embargo de las cuentas de una serie de empresas vinculadas al grupo Gloria, atendiendo una demanda laboral de un supuesto ex trabajador. En el proceso, se comprobó que las empresas de este grupo no tenían relación con la demanda puntual y Ruiz fue condenado por prevaricato. Aunque apeló, la medida fue ratificada.
El fallo de tres años se le suspendía por dos años siempre y cuando Ruiz cumpliera ciertas reglas de conducta: no variar de domicilio, comparecer regularmente ante la corte de justicia y cumplir con el pago de la reparación civil de mil soles. También se le inhabilitaba por un año de ejercer cualquier cargo público. Todo esto fue omitido durante la entrevista.
Consultados por el programa, Gutiérrez negó conocer del pasado delictivo del postulante e incluso mencionó que presentó su “registro de condenas totalmente limpio. Comprenderá usted que los oficios que se envían es al Ministerio Público y al Poder Judicial, donde se especifica que no hay nada pendiente. Si hubiéramos tenido conocimiento, lo hubiéramos abordado”. El extitular del PJ dijo lo mismo: “No, no sabía. Yo me abstuve de participar porque me mantuve al margen”.

¿Por qué es grave?
El abogado pasó por encima de la ley orgánica de la JNJ, la cual precisa en su artículo 11 que los condenados por delito doloso están impedidos de ser elegidos miembros, incluso aquellos que cumpliendo su condena puedan considerarse rehabilitados. Pese a ello, continúa en el cargo.
Al respecto, Percy Castillo, abogado experto en JNJ, mencionó que la norma es taxativa, por lo que la norma debe ser aplicada de manera concreta. En ese sentido, no puede ser miembro de la junta aunque se rehabilite, así no sea prisión efectiva. “Lo que se entiende es que se ha actuado con la voluntad de trasgredir la ley”, mencionó.
Cecilia Ruiz, abogada en derecho administrativo, es clara al asegurar que, ante los documentos ingresados, “hay una declaración falsa respecto al hecho de no tener antecedentes y no contar con sentencias condenatorias, y eso es un delito”. “No hay que olvidar que existe una ley fundamental de acceso a la función pública, en la cual se establece que tan responsables son las personas que aceptan la función pública aun sabiendo que no cuentan con los requisitos legales para poder detentar, como los que designan. Ambas partes son responsables”, sentenció.