
Reflexionaron. Ante las críticas y observaciones por no poner en agenda la restitución de la detención preliminar eliminada por ellos mismos, el presidente del Congreso de la República, Eduardo Salhuana, recordó el compromiso que dio y anunció el cambio de opinión. A través de su cuenta oficial en X, el parlamentario de Alianza para el Progreso publicó el acta virtual donde se acordó ampliar los puntos que verán en el Pleno convocado para este jueves 6 de marzo, desde las 10:00 horas.
Tal como se muestra en la imagen que difundió, en Junta de Portavoces se acordó incluir el proyecto de ley 9733, 9760 y 9764, observado por la presidenta Dina Boluarte. Aunque no se muestra la totalidad de las bancadas que estuvieron a favor, ya que para variar las actas publicadas en el Congreso están desactualizadas, se conoce que de los 63 votos requeridos, algunos provienen de Acción Popular, Juntos por el Perú - Voces del pueblo, Bancada Socialista y Bloque Democrático Popular.

Esta medida extraordinaria se dio ante las críticas al no haber incluido en agenda inmediata el debate sobre la restitución de la detención preliminar en casos de no flagrancia, a pesar de la creciente preocupación por la inseguridad en el país y la declaración del titular del Parlamento, quien indicó que asumía el compromiso de que “uno de los primeros temas que vamos a ver en la primera sesión de marzo va a ser restituir la detención preliminar“.
“Uno de los requisitos centrales para luchar contra la criminalidad es que todo el sistema de justicia, todo el sistema público, esté trabajando de manera ordenada, colectiva, con un mismo criterio, una misma estrategia y un mismo plan de trabajo”, manifestó entonces.
Como se recuerda, la detención preliminar en casos de no flagrancia es una herramienta que permite a las autoridades judiciales ordenar la captura de personas sospechosas de haber cometido un delito, incluso si no fueron sorprendidas en el acto. Su eliminación ha generado preocupación en diversos sectores, incluyendo el Ministerio Público, que ha advertido que esta limitación afecta la capacidad de los fiscales para actuar de manera efectiva en investigaciones criminales.
A través de una nota de prensa publicada este miércoles 5 de febrero, la Fiscalía de la Nación planteó la necesidad de restablecer la figura a fin de garantizar una respuesta efectiva frente a delitos graves y preservar la integridad de las personas afectadas. De acuerdo con el texto, la eliminación de la detención preliminar ha generado un vacío en el sistema de justicia penal.

“La eliminación de esta medida, en casos de no flagrancia, impide a los fiscales solicitar la detención de presuntos autores de delitos graves como: violación sexual, asesinato, robo, sicariato, extorsión, actos de corrupción, entre otros; facilitando que estos eludan la justicia, lo que afecta la protección de las víctimas y testigos. Además, dificulta el combate efectivo contra la criminalidad, ya que pone en riesgo las pruebas en perjuicio de la sociedad”, plantearon.
El pasado 14 de diciembre, el Pleno del Congreso aprobó con 79 votos a favor, 8 en contra y 0 abstenciones el texto sustitutorio del Proyecto de Ley 9733, que propone restituir y modificar el literal a) del numeral 1 del artículo 261 del Nuevo Código Procesal Penal, Decreto Legislativo 957, referido a la detención preliminar judicial en casos de no flagrancia.
De esta manera, se precisó en el documento que: “El juez de la investigación preparatoria, a requerimiento del fiscal, emite una resolución debidamente motivada, teniendo a la vista las actuaciones remitidas por aquel, y dicta mandato de detención preliminar cuando no se presente un supuesto de flagrancia delictiva, pero existan elementos razonables para considerar que una persona ha cometido un delito sancionado con pena privativa de libertad superior a cuatro años y, por las circunstancias del caso, se presenten indicios razonables de posibilidad de fuga u obstaculización de la averiguación de la verdad”.
Aunque fue exonerado de segunda votación, la presidenta Dina Boluarte observó la medida, por lo que ahora el Congreso de la República deberá votar su insistencia a fin de ser promulgada.