Indecopi declara ilegal una barrera histórica de EsSalud a empleadores: No habrá límite de 30 días para el reembolso de subsidios

La exigencia que ponía en jaque a los empleadores dejó de ser aplicable. Por décadas, lo que parecía una normativa usual en EsSalud escondía barreras y costos invisibles para las empresas. Ahora, un fallo modifica angularmente el sistema de reembolsos por incapacidad temporal, maternidad o lactancia. ¿Desde cuándo aplicará?

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EsSalud. La decisión de Indecopi
EsSalud. La decisión de Indecopi marca un precedente importante en la eliminación de barreras burocráticas que afectan a los empleadores y, en última instancia, a los trabajadores asegurados. Créditos: difusión

La Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) ha declarado como ilegal la exigencia que recaía sobre los empleadores para presentar el expediente de validación de los certificados médicos en un plazo máximo de 30 días hábiles desde su emisión a fin de solicitar el reembolso de los subsidios por incapacidad temporal, maternidad o lactancia por parte del Seguro Social de Salud (EsSalud).

Esta medida, contenida en el subnumeral 6.2.4.1.1 de la Directiva N° 015-GG-ESSALUD-2014, fue considerada una barrera burocrática que contravenía las disposiciones legales vigentes, específicamente en el artículo 13 del Reglamento de Reconocimiento y Pago de Prestaciones Económicas de la Ley 26790, aprobado por el Decreto Supremo 013-2019-TR.

La resolución del organismo regulador, publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano, e identificada como N° 0011-2025/SEL-INDECOPI, fue emitida el pasado viernes 17 de enero de 2025 y tiene implicaciones significativas para EsSalud y las empresas afectadas por la normativa en cuestión, aprobada mediante la Resolución de Gerencia General N° 1311-GG-ESSALUD-2014.

La resolución de Indecopi también
La resolución de Indecopi también pone de manifiesto la necesidad de revisar y modernizar los procedimientos de EsSalud para garantizar una gestión más eficiente y transparente de los recursos destinados a las prestaciones económicas.

EsSalud vs. Indecopi: sustento de la decisión e impacto en las empresas

El abogado laboralista Jorge Toyama, de la firma Vinatea & Toyama, explicó a Infobae Perú que esta práctica había sido una constante durante años, afectando a numerosas empresas que, por diversas razones, no lograban cumplir con el plazo establecido. Según Toyama, el sistema de reembolsos de EsSalud funciona de manera que las empresas adelantan los pagos de los subsidios a los trabajadores y luego solicitan el reembolso al Seguro Social.

Sin embargo, si no se cumplía con el plazo de 30 días, EsSalud simplemente no devolvía el dinero, lo que calificó como una práctica abusiva.

Toyama también señaló que esta situación generaba problemas adicionales en casos donde los certificados médicos no eran entregados a tiempo por los trabajadores, ya sea por encontrarse en zonas alejadas o por circunstancias imprevistas como enfermedades. Esto dejaba a las empresas sin posibilidad de recuperar los fondos adelantados, a pesar de que estos subsidios son un derecho de los trabajadores y una obligación del Seguro Social.

La resolución emitida por la
La resolución emitida por la Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas ratificó el pronunciamiento de primera instancia contenido en la Resolución N° 0215-2024/CEB-INDECOPI, emitida el 24 de mayo de 2024. EsSalud se deberá plegar.

No habrá límite de tiempo para solicitar reembolso de EsSalud

La decisión de la Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas ratifica un pronunciamiento previo emitido en primera instancia por el Indecopi, mediante la Resolución N° 0215-2024/CEB-INDECOPI, del 24 de mayo de 2024. En ambas resoluciones se concluyó que la exigencia de EsSalud constituía una barrera burocrática ilegal que debía ser eliminada.

Con esta resolución, EsSalud ya no podrá exigir el cumplimiento del plazo de 30 días para la presentación de los expedientes de validación. Según Toyama, esto implica que las empresas podrán solicitar los reembolsos de los subsidios sin estar sujetas a un límite de tiempo arbitrario, lo que representa un alivio significativo para muchas organizaciones.

A pesar de los beneficios
A pesar de los beneficios que trae esta decisión, el abogado Jorge Toyama aclaró que la resolución no tiene carácter retroactivo.

¿Y el impacto sobre EsSalud?

La eliminación de esta barrera burocrática tendrá un impacto directo en el flujo de caja de EsSalud, ya que ahora deberá procesar y devolver los reembolsos independientemente del tiempo transcurrido desde la emisión del certificado médico.

Según explicó Toyama, esto podría generar un aumento en las devoluciones que la prestadora deberá realizar, ya que anteriormente muchas solicitudes eran rechazadas por no cumplir con el plazo establecido.

Aunque el abogado no pudo precisar cuántas empresas se vieron afectadas por esta normativa, destacó que conocía numerosos casos en los que las solicitudes de reembolso fueron rechazadas debido a retrasos en la presentación de los expedientes. Esto incluía situaciones en las que los encargados de tramitar los subsidios se enfermaban o enfrentaban dificultades logísticas, lo que impedía cumplir con el plazo de 30 días.

La práctica de exigir a
La práctica de exigir a los empleadores que asuman inicialmente el pago de los subsidios por incapacidad, maternidad y lactancia, con la posterior solicitud de reembolso a EsSalud, ha sido una constante en el sistema de seguridad social peruano.

Aplicación inmediata y limitaciones retroactivas

La resolución de Indecopi es de aplicación inmediata, lo que significa que EsSalud deberá ajustarse a esta nueva disposición de manera inmediata. Sin embargo, Toyama aclaró que la medida no tiene carácter retroactivo, por lo que las empresas que ya fueron afectadas por el rechazo de sus solicitudes de reembolso debido al plazo de 30 días no podrán reclamar devoluciones por casos anteriores.

A pesar de esta limitación, el abogado sostiene que la eliminación de esta barrera burocrática representa un avance notable en la protección de los derechos de las empresas y en la simplificación de los procedimientos administrativos relacionados con los subsidios de incapacidad y maternidad.

Con esta resolución, se espera
Con esta resolución, se espera que EsSalud adopte medidas para ajustar sus procedimientos y evitar la imposición de condiciones adicionales que no estén contempladas en el marco legal vigente. Esto no solo beneficiará a las empresas, sino también a los trabajadores, quienes dependen de un sistema de seguridad social que funcione de manera ágil y transparente.
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