A tan solo meses del cierre del padrón electoral, programado para el 12 de abril de 2024, con miras a las elecciones presidenciales y congresales de 2026, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) ha detectado que más de 8 mil personas fallecidas todavía no han sido registradas oficialmente como tales. Este hallazgo ha encendido las alarmas entre los votantes, quienes temen que esta situación pueda afectar la integridad del padrón electoral.
Esta mañana, la jefa del Reniec, Carmen Velarde, señaló que actualmente existen más de 27 millones de peruanos habilitados para votar. Sin embargo, de este total, 8.085 personas fallecidas aún figuran en el padrón electoral debido a que sus defunciones no han sido actualizadas. Estas personas están registradas en el simulacro de cierre del padrón como si estuvieran vivas.
“Hasta enero de este año, hemos encontrado que 8.085 personas aún no han sido registradas como fallecidas. Es decir, figuran en el simulacro de cierre del padrón electoral como si estuvieran vivas cuando en realidad han fallecido”, explicó Velarde.
La lista de estas personas se identificó mediante una revisión del Sistema de Identificación de Defunciones (Sinadef), lo que ha permitido detectar las inconsistencias en el padrón electoral.
Reniec evalúa depurar padrón electoral a través de medidas cautelares
En la conferencia de prensa de hoy, Carmen Velarde destacó las medidas que está implementando la entidad para reducir el margen de error en el padrón electoral y evitar la proliferación de narrativas sobre fraude electoral, como ocurrió tras las elecciones de 2021, cuando algunos grupos políticos acusaron a las instituciones encargadas de los comicios (ONPE, Reniec y JNE) de ser responsables de un presunto “fraude”. Entre los argumentos presentados en esa ocasión se encontraba la posible duplicidad de DNIs de algunos ciudadanos.
A fin de evitar situaciones similares en el futuro, el Reniec está evaluando la implementación de medidas cautelares para eliminar a las personas fallecidas del padrón electoral final. Para ello, se utilizarán los datos proporcionados por el Sistema Informático de Defunciones (Sinadef).
“Cuando surgieron las narrativas sobre los muertos votando o no, fue porque el padrón se cerraba un año antes, sin posibilidad de actualizaciones posteriores. Hoy, el padrón se actualizará constantemente, y después del cierre, Reniec estará obligado a enviar a la ONPE y al JNE la lista de personas fallecidas para que sean retiradas del padrón”, explicó Velarde al diario Gestión.
En este contexto, la jefa del Reniec hizo un llamado a los familiares de personas fallecidas a registrar la defunción en la entidad. Aseguró que, al asumir esta responsabilidad, se logrará un padrón electoral más preciso, con un margen de error mínimo.
Más de 27 millones habilitados para votar en las elecciones de 2026
Un total de 27 millones 474 mil 621 peruanos están habilitados para sufragar en las elecciones generales de 2026, según informó el Reniec, tras realizar el primer simulacro de cierre del padrón electoral para estos comicios. La jefa de la entidad presentó los resultados del simulacro, aclarando que corresponden a una fotografía del padrón de enero de este año, ya que el cierre definitivo se llevará a cabo el 12 de abril de 2025, un año antes de las elecciones.
Asimismo, se informó que la provincia de Lima cuenta con el mayor número de votantes, con 8 millones 739 mil 334 electores, seguida de La Libertad, con 1 millón 565 mil 056, y Piura, con 1 millón 545 mil 486 votantes.
¿Cómo registrar una defunción en Reniec?
El registro de una defunción es un procedimiento legal que valida el fallecimiento de una persona y actualiza los registros civiles. Para ello, es necesario contar con el Certificado de Defunción, que debe estar firmado y sellado por un profesional de salud. En aquellos lugares donde no haya acceso a un médico, puede sustituirse por una Declaración Jurada emitida por la autoridad política, judicial o religiosa competente.
El Acta de Defunción es el documento oficial que certifica la fecha, hora, lugar de deceso, y los datos personales del fallecido, como nombres, número de DNI, edad y lugar de nacimiento. Este registro es fundamental para formalizar el fallecimiento de una persona ante las autoridades.
Si el fallecimiento ocurrió en el extranjero, los familiares o representantes deben registrar la defunción en el Consulado Peruano del país donde ocurrió el hecho. Además, se puede solicitar que se actualice la Restricción de Fallecimiento en el DNI del fallecido, presentando el Acta de Defunción emitida por el consulado.
Requisitos para el registro:
- Certificado de Defunción firmado y sellado por un profesional de salud o Declaración Jurada de la autoridad política, judicial o religiosa, en caso de no contar con un médico.
- DNI del fallecido o Declaración Jurada de pérdida, en caso de no contar con el DNI original.
- DNI del declarante, o en caso de ser extranjero, carnet de extranjería o copia simple del pasaporte.
Pasos para registrar una defunción:
- Acércate a un Centro de Atención del Reniec: Ubica la oficina registral más cercana y lleva los documentos requeridos, como el Certificado de Defunción, el DNI del fallecido y el DNI del declarante.
- Ingresa la documentación: Entrega todos los documentos al personal de la Oficina Registral. Ellos ingresarán la información al sistema para iniciar el proceso de inscripción de la defunción.
- Recibe la información: Una vez realizada la inscripción, se actualizará la Restricción de Fallecimiento en el DNI del fallecido en un plazo aproximado de 5 a 7 días hábiles. Además, podrás solicitar la copia certificada del Acta de Defunción a través de la página web del Reniec.
Si tienes dudas o necesitas más información, comunícate con el Reniec llamando al 315 2700 o 315 4000, anexo 1900, o escribe a consultas@reniec.gob.pe.