Ya se entregará el bono de S/200 para el sector público. El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) ha publicado finalmente el Decreto Supremo N° 010-2025-EF, con el cual aprueba la transferencia de dinero para la entrega de este beneficio extraordinario que debe pagarse en el mes de enero 2025, como adelantó Infobae Perú.
“Autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, hasta por la suma de S/120 millones 599 mil 800, a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y diversos gobiernos locales, para financiar el costo del otorgamiento del bono excepcional y, por única vez, de S/200, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas”, señala la norma.
La oficialización de la medida, fruto de la negociación colectiva e incluida en la Ley del Presupuesto 2025, viene a cuatro días de acabar el mes de enero, el cual es el plazo máximo que se había determinado para el pago de este beneficio.
Estos regímenes recibirán el bono S/200
Sin embargo, el bono S/200 no irá para absolutamente todos los trabajadores del Estado. Primero, el universo de beneficiarios se incluye en los siguientes regímenes:
- Decreto Legislativo 276
- Decreto Legislativo 728
- Decreto Legislativo 1057
- Ley N° 30057
- Ley N° 29709
- Ley N° 28091
Este beneficio irá también, según señala la Ley del Presupuesto, para “los servidores en los niveles remunerativos de funcionarios y directivos del régimen laboral del Decreto Legislativo N° 276, que no desempeñen cargos directivos ni de confianza ni reúnan las características propias de funcionario público o directivo”.
Condiciones para la entrega del bono
Como se sabe, este bono excepcional no tiene carácter remunerativo, no está afecto a cargas sociales, no es de naturaleza pensionable, y no forma parte de los beneficios laborales. Es decir, no se le aplica algún descuento.
Sin embargo, para ser beneficiados por esta entrega, los empleados públicos deben encontrarse registrados en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) del Ministerio de Economía y Finanzas al 30 de junio de 2024. Asimismo, debe contar con vínculo laboral a la fecha de pago del bono excepcional. Para el caso de los Gobiernos locales, el personal debe estar registrado en la Planilla Electrónica (PDT PLAME) que se encuentra a cargo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo en el mes de junio de 2024, así como también deberán contar con vínculo laboral cuando se de el pago del bono.
Nueva norma para el registro de planillas
Como se sabe, hace unos días el MEF anunció la publicación de una nueva directiva con nuevas normas para el registro de planillas en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP). Esta ya se puede revisar en el siguiente enlace: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/7517839/6392884-directiva0004_2025ef5301.pdf
Se detalla que en el AIRHSP se realizan los siguientes procesos de actualización que tienen implicancia presupuestal:
- Incorporación de nuevos registros
- Modificación de conceptos de ingresos correspondientes a los recursos humanos del Sector Público
- Cambio de fuente de financiamiento
- Otros autorizados por Ley o norma del mismo rango del Gobierno Central
No obstante, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas (DGGFRH) podrá revisa la solicitud de actualización de información y verifica el cumplimiento de los requisitos establecidos. Los plazos para la evaluación de las solicitudes de actualización de la información en el AIRHSP por parte de la DGGFRH se realizan de acuerdo con lo siguiente:
- Procesos con implicancia presupuestal a excepción de mandatos judiciales o negociación colectiva: hasta cuarenta y cinco (45) días hábiles
- Procesos sin implicancia presupuestal a excepción de mandatos judiciales o negociación colectiva: hasta quince (15) días hábiles
- Solicitudes relacionadas a mandatos judiciales o negociación colectiva: hasta noventa (90) días hábiles.