Teletrabajo obligatorio para gestantes: vacíos y riesgos no previstos

Aunque la intención de reforzar la protección a las trabajadoras gestantes es válida, el proyecto presenta importantes vacíos que deben ser analizados

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escritorio, reposo, pregnancy - (Imagen Ilustrativa Infobae)

En el Congreso de la República, se ha presentado el Proyecto de Ley Nº 10015/2024-CR, que propone modificar la Ley de Teletrabajo (Ley 31572), con el objetivo de otorgar mayores derechos a las trabajadoras gestantes.

En detalle, esta iniciativa busca que las madres trabajadoras puedan realizar teletrabajo hasta que sus hijos cumplan un año, además de establecer que el teletrabajo sea obligatorio para las mujeres gestantes desde el momento en que comuniquen su condición al empleador. Según el proyecto, esta medida no afectaría los derechos al descanso pre y postnatal de las trabajadoras.

Los autores del proyecto argumentan que estas disposiciones son necesarias para corregir una situación de desigualdad que enfrentan las mujeres gestantes frente a otros trabajadores. Las dificultades asociadas a sus condiciones naturales, como los traslados al centro laboral y el cumplimiento de horarios presenciales estrictos, pueden perjudicar su bienestar físico y emocional durante el embarazo, lo que justifica esta propuesta.

El marco normativo vigente ya protege a las gestantes

Sin embargo, es importante señalar que el marco normativo vigente ya contempla una serie de protecciones para las trabajadoras gestantes. La misma Ley de Teletrabajo establece que esta modalidad debe priorizarse para las mujeres en estado de gestación, siempre que sea compatible con la naturaleza de sus funciones y el perfil del puesto.

A diferencia de esta norma, que fomenta el teletrabajo bajo criterios de evaluación, el proyecto lo plantea como un derecho absoluto, convirtiéndose así en una obligación para los empleadores.

Vacíos e implicancias en el mercado laboral

Aunque la intención de reforzar la protección a las trabajadoras gestantes es válida, el proyecto presenta importantes vacíos que deben ser analizados.

Por ejemplo, no considera las limitaciones que surgen en puestos donde el teletrabajo es inviable debido a la naturaleza de las tareas. Esto plantea una interrogante crucial: ¿qué sucede con las trabajadoras gestantes cuyas funciones requieren necesariamente presencialidad?En este tipo de casos, no estaríamos ante una solución que fomente la igualdad, sino frente a una normativa que podría excluir o perjudicar a quienes no pueden acogerse a este beneficio.

Por otro lado, también es necesario evaluar las posibles implicancias de esta medida en el mercado laboral. Imponer obligaciones adicionales a los empleadores sin una debida justificación, como razones médicas certificadas, podría generar efectos no deseados. Existe el riesgo de que algunos empleadores desincentiven la contratación de mujeres en edad fértil para evitar posibles restricciones relacionadas con el teletrabajo, lo que perpetuaría prácticas discriminatorias y afectaría la formalidad laboral.

En conclusión, la protección de las trabajadoras gestantes debe ser una prioridad, pero las propuestas legislativas en este sentido deben considerar la diversidad de escenarios laborales para evitar generar desigualdades o impactos negativos en la dinámica del mercado laboral. Un equilibrio entre protección y viabilidad es fundamental para garantizar que este tipo de iniciativas realmente cumplan con su propósito.

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