Las pensiones de la Ley 20530 —Ley que regula las pensiones y compensaciones a cargo del Estado correspondientes a los servicios de carácter civil prestados por los trabajadores del Sector Público Nacional, no comprendidos en el el decreto ley 19990— ahora pasarán a ser parte de la ONP —la Oficina de Normalización Previsional, el Organismo Público Técnico y Especializado del Sector de Economía y Finanzas, que tiene a su cargo la administración del Sistema Nacional de Pensiones (SNP)—.
La Resolución Directorial Nº 0005-2025-EF/53.01 ha dado por iniciado la transferencia de la administración de las pensiones 20530 y su pago a partir de la vigencia de esta misma ley. Ya en el numeral 1 de la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1666, Decreto Legislativo Marco de la Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Sector Público, se disponía esta medida, de traspaso del régimen del Decreto Ley Nº 20530, “incluidas sus contingencias, asumiendo la sucesión procesal de los procesos judiciales en trámite”. Pero ahora ya se ha marcado el inicio de esta transferencia.
“Establecer el inicio del proceso de transferencia de la administración y pago de pensiones en el régimen del Decreto Ley Nº 20530 de diversas Entidades a la Oficina de Normalización Previsional, a partir de la vigencia de la presente Resolución Directoral y aprobar el cronograma del proceso de transferencia de la administración y pago de pensiones en el régimen del Decreto Ley Nº 20530″, señala la norma actual.
ONP manejará pensiones de la Ley 20530
Tras la publicación de la norma, hay algunos detalles que los beneficiarios de la Ley 20530 deben conocer. Primero, “se ha autorizado a a las entidades públicas del Poder Ejecutivo para realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de la ONP para financiar el pago de las pensiones, los aguinaldos, las bonificaciones y demás conceptos que corresponda percibir a los pensionistas del régimen del Decreto Ley N° 20530, con cargo a los recursos de sus respectivos presupuestos institucionales”.
Así, se ha iniciado el proceso de transferencia de la administración y pago de pensiones en el régimen del Decreto Ley Nº 20530, así como se ha aprobado un cronograma para este traspaso, “la cual se dará de forma progresiva y por grupos con periodicidad anual”, y que aún está pendiente de publicarse.
“Dentro de la información que deberán remitir las entidades, está la documentación sobre el reconocimiento del derecho de los pensionistas y planilla de pensiones, así como toda la información y documentación de los procesos judiciales en trámite que tengan los pensionistas transferidos”, señala la norma.
¿Y el aumento de S/30?
Como se sabe, las pensiones de la Ley 20530 han sido aumentadas en S/30, según el Decreto Supremo Nº 003-2025-EF. “Reajustar a partir de enero de 2025, las pensiones percibidas por los pensionistas del régimen del Decreto Ley Nº 20530, que hayan cumplido sesenta y cinco (65) años o más de edad, al 31 de diciembre de 2024, cuyo valor anualizado no exceda el importe de veintiocho (28) Unidades Impositivas Tributarias”, señala la norma.
Sin embargo, en su Disposición Complementaria Final, la norma señala que el pago del reajuste se pagará a partir de la fecha de entrada en vigencia del presente Decreto Supremo, y que las entidades regularizan el abono del reajuste correspondiente al mes de enero de 2025, junto con el pago de pensiones correspondiente al mes de febrero. Es decir, el aumento de S/30 correspondiente al pago de enero, según el cronograma, se haría el siguiente mes, en febrero.
Como se sabe, el Decreto Ley N° 20530 y pensiones por encargo se pagan en esta fechas del siguiente mes
- Abono en cuenta bancaria: Banco de la Nación, BBVA, GNB Perú, Interbank, Scotiabank, y Banbif: 13 de febrero
- Pago a domicilio (pensiones por encargo): del 16 al 23 de febrero.