Indecopi defiende la marca ‘Sualik Perú’ frente a reclamo de Tommy Hilfiger

Un emprendedor peruano logra un fallo histórico en defensa de su marca tras enfrentarse a una reconocida multinacional de moda, marcando un precedente para los pequeños negocios en el ámbito de la propiedad intelectual

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Desestima oposición de empresa multinacional
Desestima oposición de empresa multinacional Tommy Hilfiger Licensing. (Andina)

La Sala Especializada en Propiedad Intelectual (SPI) del Indecopi concluyó un proceso clave para el emprendimiento peruano, al conceder finalmente el registro de la marca Sualik Perú al empresario peruano Itanel Espinal Izquierdo. Este caso tomó relevancia debido a la oposición presentada por la reconocida multinacional de moda Tommy Hilfiger Licensing LLC, que acusaba supuestas similitudes gráficas entre ambas marcas.

De acuerdo con la resolución emitida por la SPI, Tommy Hilfiger argumentó que la marca peruana había sido inscrita “de mala fe”, supuestamente para aprovecharse de la reputación de la marca estadounidense. Según expuso la empresa, Sualik Perú utilizaba una estética similar, incluyendo la combinación de colores rojo, blanco y azul, además de formas rectangulares. Sin embargo, Indecopi emitió que dichas alegaciones no contaban con sustento suficiente. “Tras un análisis exhaustivo, la Sala concluyó que las diferencias visuales, denominativas y conceptuales entre las marcas eran claras”, expone el informe del Indecopi.

Este dictamen también subrayó que no existía evidencia que probara intenciones maliciosas por parte de Espinal Izquierdo. Más bien, el emprendedor destacó ante la entidad que su marca es el producto del “esfuerzo de más de 20 años de trabajo”, que comenzó con la confección de cortinas en su localidad natal, Cajamarca, hasta evolucionar hacia la creación de ropa industrial y casual en el país.

Desde el fallo inicial de la Comisión de Signos Distintivos en enero de 2023, el caso ya había otorgado una primera resolución favorable a Sualik Perú. Dicha instancia había determinado que no existía riesgo de confusión entre el público consumidor, lo que allanaba el camino para que Espinal Izquierdo formalizara su proyecto en la clase 25, destinada a prendas de vestir, calzado y artículos de sombrerería. La reciente decisión en segunda instancia ratificó este criterio, validando el proceso técnico y administrativo llevado a cabo por el organismo. “Indecopi reafirma así que sus resoluciones se emiten de acuerdo con la normativa vigente, garantizando un proceso administrativo técnico, imparcial y transparente”, según el organismo.

Indecopi ha emitido una resolución
Indecopi ha emitido una resolución al otorgar el registro de la marca "SUALIK PERÚ", desestimando la oposición de Tommy Hilfiger, marca internacional de moda. (Andina)

La relevancia de este caso no pasa desapercibida en cuanto al debate sobre la protección de la propiedad intelectual y los desafíos para los emprendimientos locales frente a empresas transnacionales. Aunque Tommy Hilfiger expresó preocupación sobre posibles similitudes entre los diseños, la resolución N.º 0632-2024/TPI-INDECOPI negó cualquier correspondencia sustancial. Además, distintas plataformas han destacado la importancia de verificar qué constituye “mala fe” al momento de registrar marcas. “La Sala concluyó que no se hallaron indicios de intenciones dolosas por parte del titular de Sualik Perú”, puntualizaron los medios al analizar el dictamen.

Por su parte, Espinal Izquierdo se enfatizó en la narrativa de esfuerzo detrás de su proyecto. Según declaraciones recopiladas en este contexto, reafirmó su compromiso con el desarrollo de una industria textil local y la representación del talento y trabajo peruanos. Señaló además que este logro no solo valida su esfuerzo individual, sino que refuerza el valor de los emprendimientos en un entorno competitivo.

La situación también pone en relieve el papel del Indecopi en la protección de los derechos marcarios en el país, sin importar si las partes involucradas son grandes corporaciones o negocios emergentes. A través de este proceso, se evidencia la capacidad de la entidad para distinguir entre casos legítimos y conflictos infundados. “Indecopi garantiza un proceso técnico, imparcial y transparente”, reiteraron distintas fuentes en alusión al riguroso análisis detrás de cada resolución.

El documento que expone toda la evaluación y conclusiones de este caso, identificado como Resolución N.º 0632-2024/TPI-INDECOPI, se encuentra disponible para consulta pública en el portal oficial del Indecopi. Este acceso garantiza a los interesados participar en el entendimiento y monitoreo de los procedimientos administrativos llevados a cabo por la institución, fomentando la transparencia en todas sus decisiones.

Sualik Perú emerge como un ejemplo de resiliencia y trabajo arduo en el escenario nacional de pequeños negocios, mientras que este caso se posiciona como un hito legal para emprendedores que buscan registrar sus marcas en un mercado dominado por empresas globales. Indecopi, por su parte, reafirma su compromiso de actuar conforme a la legislación establecida.

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