El Gobierno de Perú ha establecido nuevas precisiones para la implementación del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) del 1% para los juegos a distancia y las apuestas deportivas en línea. Según el Decreto Supremo Nº 008-2025-EF, publicado el domingo 19 de enero de 2025, la tasa inicial será del 0,3% hasta el 30 de junio de este año, y el 1% comenzará a aplicarse a partir del 1 de julio. Esta medida, que afecta a un sector en crecimiento, busca ajustar la carga tributaria de manera progresiva.
De acuerdo con el decreto, la modificación responde a la facultad otorgada al Ejecutivo por el Congreso mediante el Decreto Legislativo Nº 1644, que estableció las bases legales para gravar estas actividades. El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) refrendó la norma, que entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”. La presidenta Dina Boluarte y el ministro de Economía, José Arista, firmaron el documento oficial.
La aplicación del ISC de 1% había sido cuestionado por distintas casas de apuestas, como Apuesta Total, debido a que existían dificultades para su aplicación práctica, la cual debía darse sobre cada una de las apuestas que los jugadores realizaban de manera online.
Detalles de la norma y su impacto inicial
El Decreto Supremo modifica el Nuevo Apéndice IV del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo. En su versión previa ya se contemplaba una tasa del 1% para los juegos a distancia y las apuestas deportivas en línea, aunque no se tenía certeza de en qué fecha debía comenzar a gravarse.
La reciente publicación aclara esta incertidumbre en el sector administrado por el Mincetur: hasta el 30 de junio de 2025, estas actividades estarán sujetas a una tasa reducida del 0,3%.
El abogado tributarista Miguel Carrillo explicó para Infobae Perú que sin bien el ISC al igual que el IGV son tributos de liquidación mensual, la modificación no necesariamente tenía que esperar un diferimiento al 1 de enero -como sí pasa con el IR-, por lo que podía fijarse la fecha de inicio del impuesto en cualquier momento.
“Esta norma, si bien dispuso que los cambios entraran en vigencia a partir de la entrada en vigencia del reglamento (este lunes 20), en realidad cualquier modificación que sería hacer respecto a la tasa podía hacerse también en el reglamento”, señala el especialista.
Al no cumplirse el ISC de 1% desde un primer momento, el Gobierno está optando por implementar una tasa transitoria, lo que permite a las empresas del sector adaptarse gradualmente a la nueva carga tributaria. Vale precisar que esta tasa de 0,3% estará vigente desde este lunes 20 de enero.
Antecedentes y contexto legislativo
El ISC para juegos y apuestas online fue introducido mediante el Decreto Legislativo Nº 1644, publicado el 13 de septiembre de 2024. Esta norma estableció que las plataformas de juegos a distancia y apuestas deportivas estarían sujetas a un impuesto del 1% por cada jugada realizada. La medida forma parte de un esfuerzo más amplio por regular y gravar actividades económicas digitales que han experimentado un crecimiento significativo en los últimos años.
El artículo 61 del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo otorga al Ejecutivo la facultad de modificar tasas y montos fijos mediante decretos supremos refrendados por el MEF. En este caso, el Decreto Supremo Nº 008-2025-EF se emitió en ejercicio de esta prerrogativa, ajustando temporalmente las tasas aplicables a los juegos y apuestas en línea.
Reacciones y análisis del sector
En su momento, desde el sector se criticó que el impuesto del 12% al juego online, cuya periodicidad es mensual, no debía causar “mayor inconveniente”; pero que el nuevo ISC de 1% sí generaba una situación complicada porque, para aplicarlo al momento que se genera la apuesta y poder trasladarlo al jugador, se necesita modificar “componentes críticos de la plataforma”.
Para poder homologar sus plataformas con las nuevas disposiciones del Mincetur, las casas de apuesta estimaban un periodo de transición de unos ocho meses, en loel nuevo ISC dsí generaba una situación complicada inalmente, el MEF optó por reducir el monto a ser gravado, pero su aplicación se mantiene, solo que a 0,3%, de momento.