Usuarios de las AFP podrán desafiliarse virtualmente por falta de información: SBS adecúa reglamentos a fallo del TC

Al actualizar el procedimiento de desafiliación, se busca garantizar que los afiliados puedan ejercer su derecho al libre acceso a las prestaciones

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Con estas medidas, la SBS
Con estas medidas, la SBS busca equilibrar los derechos de los afiliados con la sostenibilidad del sistema privado de pensiones, en un contexto en el que las decisiones judiciales han puesto de manifiesto la importancia de garantizar el acceso a la seguridad social y la transparencia en los procesos de afiliación y desafiliación. Créditos: difusión

La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) ha emitido la Resolución SBS N° 00095-2025, publicada este lunes 13 de enero de 2025, en la que se autoriza la difusión en consulta pública de un proyecto normativo que introduce cambios significativos en varios títulos del Compendio de Normas de Superintendencia Reglamentarias del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones (SPP).

En esta línea, la SBS propone modificar el Reglamento Operativo que regula el procedimiento administrativo de desafiliación virtual del SPP por la causal de falta de información, en cumplimiento de sentencias del Tribunal Constitucional. Según lo dispuesto, el público tendrá un plazo de 30 días calendario, contados desde el día siguiente de la publicación en el Diario Oficial El Peruano, para enviar comentarios y observaciones sobre el proyecto.

De acuerdo con la SBS, estas modificaciones buscan actualizar la normativa vigente, específicamente la Resolución SBS N° 11718-2008, que regula el procedimiento de desafiliación del SPP. La institución señala que el artículo 4° de dicha resolución establece que los afiliados deben realizar el trámite de desafiliación en las oficinas de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) o en las agencias del Centro de Información y Atención de Desafiliación del SPP (CIAD). Sin embargo, en la actualidad, los trámites pueden gestionarse a través de diversos canales implementados por las AFP, lo que hace necesario adecuar la normativa a las prácticas actuales.

La sentencia también estableció precedentes
La sentencia también estableció precedentes vinculantes que deben ser cumplidos por la SBS, las AFP, la ONP y los jueces de la República.

El origen del cambio: sentencias del Tribunal Constitucional

El antecedente de estas modificaciones se remonta a una sentencia emitida por el Tribunal Constitucional en abril de 2007, en el marco de un recurso de agravio constitucional presentado por Santiago Terrones Cubas. Este ciudadano interpuso una demanda de amparo contra la AFP Profuturo, argumentando que su derecho al libre acceso a la seguridad social había sido vulnerado. Terrones solicitaba su retorno al Sistema Nacional de Pensiones (SNP), administrado por la Oficina de Normalización Previsional (ONP), así como la devolución de sus aportes con intereses legales y el reconocimiento de su bono de jubilación.

En su demanda, Terrones alegó que había aportado más de cuarenta años al SNP antes de afiliarse al SPP, decisión que tomó debido a la información distorsionada proporcionada por los promotores de la AFP. Por su parte, Profuturo respondió que no existía alteración de derechos constitucionales y que la demanda carecía de sustento, ya que la afiliación se realizó conforme a las normas legales vigentes.

Finalmente, en 2006, el Tribunal Constitucional resolvió declarar fundada la demanda de amparo en lo que respecta a la vulneración del derecho al libre acceso a las prestaciones pensionarias. En consecuencia, ordenó a la SBS y a las AFP iniciar el trámite de desafiliación del SPP para el recurrente, aunque rechazó otras solicitudes, como la anulación inmediata de la afiliación. Asimismo, el Tribunal estableció precedentes vinculantes que debían ser cumplidos por la SBS, las AFP, la ONP y los jueces de la República.

Durante el periodo de consulta
Durante el periodo de consulta pública, los ciudadanos y las organizaciones interesadas podrán enviar sus comentarios y sugerencias a la SBS, lo que permitirá enriquecer el contenido del proyecto antes de su aprobación final.

Detalles del proyecto normativo en consulta pública

El proyecto normativo sometido a consulta pública por la SBS incluye modificaciones en los títulos II, III, IV, V, VII, VIII y XI del Compendio de Normas de Superintendencia Reglamentarias del SPP. Estas modificaciones buscan, entre otros objetivos, garantizar que los procedimientos administrativos de desafiliación sean más accesibles y estén alineados con las sentencias del Tribunal Constitucional.

En particular, se propone actualizar el Reglamento Operativo que regula la desafiliación por falta de información, adecuándolo a los canales de atención que actualmente ofrecen las AFP. Según la SBS, esta medida responde a la necesidad de modernizar el marco normativo para reflejar las prácticas actuales y facilitar el acceso de los afiliados a los trámites correspondientes.

El plazo de 30 días para enviar comentarios y observaciones sobre el proyecto normativo brinda a los ciudadanos la oportunidad de participar en el proceso de mejora de la regulación del SPP. La SBS ha destacado la importancia de recibir aportes de los diferentes actores involucrados, incluidos los afiliados, las AFP y otras entidades relacionadas con el sistema de pensiones.

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