El Congreso de la República oficializó las modificaciones a los criterios de reasignación docente, por medio de la Ley N.º 32238, en el diario oficial El Peruano.
Este proceso brinda la oportunidad a profesores nombrados de trasladarse a otra institución educativa del país, manteniendo su mismo cargo. En total, hay cinco causales por las que se puede hacer la solicitud: salud, racionalización, situaciones de emergencia, unidad familiar e interés personal. La normativa indica estas disposiciones para dos casos en específico:
- Por interés personal: el solicitante debe acreditar como mínimo 3 años de servicio como profesor nombrado con servicios oficiales efectivos.
- Por unidad familiar: el solicitante debe acreditar como mínimo 1 año de servicio como profesor nombrado con servicios oficiales efectivos. También se priorizará la reasignación a plazas ubicadas en regiones distintas a la de origen, atendiendo a criterios de necesidad familiar.
En la disposición complementaria final se establece que el Ministerio de Educación (Minedu) deberá adecuar el Reglamento de la Ley 29944, Ley de Reforma Magisterial, en un plazo máximo de 30 días, contados a partir de la fecha siguiente de la publicación, es decir, el domingo 9 de febrero de 2025.
Estos son los requisitos generales
según el Minedu, los requerimientos generales deben acreditarse con el informe escalafonario de reasignación, cuya antigüedad no puede ser mayor de 60 días. Este documento se presenta junto con el expediente solo si la postulación es a una Unidad de Gestión Educativa Local (UGEL) o región distinta a donde se encuentra el maestro. De lo contrario lo genera la misma UGEL. Los requisitos son los siguientes:
- Tener un mínimo de tres años de nombramiento.
- Acreditar dos años de servicios oficiales efectivos continuos o acumulativos en la última plaza en la cual es titular (como nombrado o designado) al momento de su postulación.
- Presentación del anexo 2.
En cuanto a los criterios de evaluación, estos se dividen en tres, los cuales a su vez suman un total de 90 puntos. Cada uno de ellos se requiere de:
Escala magisterial (máximo 25 puntos)
- Octava escala: 25 puntos
- Séptima escala: 22 puntos
- Sexta escala: 20 puntos
- Quinta escala: 18 puntos
- Cuarta escala: 16 puntos
- Tercera escala: 14 puntos
- Segunda escala: 12 puntos
- Primera escala: 10 puntos
Zona rural, frontera y VRAEM (máximo 40 puntos)
- Zona rural 1: 0.3 puntos
- Zona rural 2: 0.2 puntos
- Zona rural 3: 0.1 puntos
- Zona de frontera: 0.2 puntos
- Por zona VRAEM: 0.3 puntos
Tiempo de servicios
En este caso, se cuenta un punto por cada año de servicio oficial en la Carrera Pública Magisterial. El máximo que se puede obtener son 25 puntos.
Los postulantes también deben tener en cuenta que si no pueden estar presente al momento de la adjudicación, puede acreditar a un representante mediante una carta de poder simple.
Asimismo, en el caso de los colegios de educación intercultural bilingüe (EIB), el comité deberá verificar que el maestro tenga la constancia que acredite el nivel de dominio de la lengua originaria. Además, debe estar inscrito en el Registro Nacional de Docentes Bilingües en Lenguas Originarias del Perú.
Cronograma de ingreso a la Carrera Pública Magisterial
Actualmente, el Minedu continúa con el proceso de Nombramiento Docente 2025. Según el cronograma, el concurso se encuentra en la etapa de adjudicación, como se muestra a continuación:
A. Adjudicación por acto público en la UGEL
- Acto público para adjudicar plazas en la UGEL - 2 al 13 de enero del 2025
- Publicación de la relación de ganadores de la adjudicación del acto público en la UGEL, en el portal institucional del MINEDU - 14 de enero del 2025
B. Adjudicación por acto público en la DRE
- Publicación de los cuadros de mérito para la adjudicación por acto público, en el portal institucional del MINEDU - 14 de enero del 2025
- Acto público para adjudicar plazas en la DRE - 16 al 20 de enero del 2025
- Publicación de la relación de ganadores de la adjudicación del acto público en la DRE, en el portal institucional del MINEDU - 21 de enero del 2025
C. Adjudicación por acto público excepcional en la DRE
- Verificación y/o actualización, de ser el caso, de la región de su interés para ser nombrado a través del aplicativo dispuesto por la DIED, en el portal institucional del MINEDU - 21 de enero del 2025
- Publicación de los cuadros de mérito para la adjudicación por acto público excepcional en la DRE, en el portal institucional del MINEDU - 22 de enero del 2025
- Acto público excepcional para adjudicar plazas en la DRE - 23 al 24 de enero del 2025
- Publicación de la relación de ganadores de la adjudicación por acto público excepcional en la DRE, en el portal institucional del MINEDU - 27 de enero del 2025
Emisión de resoluciones de nombramiento
- Presentación ante Comités de Adjudicación de UGEL o DRE, según corresponda, de documentos por parte de los postulantes ganadores - 28 de enero al 6 de febrero del 2025
- Verificación por el Comité de Adjudicación de la UGEL o DRE de los documentos presentados por los postulantes ganadores para acreditar los requisitos - 28 de enero al 6 de febrero del 2025
- Emisión de resoluciones de nombramiento - 7 al 19 de febrero del 2025