El reciente anuncio del incremento de la Remuneración Mínima Vital (RMV) a S/1.130 en Perú ha suscitado opiniones encontradas entre diversos sectores del país. Entre estas voces se cuenta al presidente de la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas (Confiep), Alfonso Bustamante, quien expresó para Infobae Perú su preocupación por las posibles consecuencias de esta medida, señalando que podría afectar la formalidad laboral en el mercado.
Esta mañana, la presidenta de la República, Dina Boluarte, confirmó que el sueldo mínimo pasará de los actuales S/1.025 a S/1.130 a partir del 1 de enero de 2025, lo que representa un aumento de S/105.
Este ajuste responde a compromisos asumidos por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) en el marco de las reuniones sostenidas con sindicatos y gremios empresariales en el Consejo Nacional de Trabajo.
En declaraciones recogidas por Infobae Perú, Bustamante afirmó que, aunque este incremento salarial beneficiará a un grupo reducido de trabajadores, podría tener un impacto negativo en la empleabilidad de los trabajadores menos calificados.
“La verdad de las cosas es que esto es una subida que, si bien beneficia a un pequeño grupo de trabajadores, también aleja a los trabajadores menos calificados de la formalidad”, señaló el líder empresarial.
El presidente de la Confiep también cuestionó los criterios detrás de esta decisión, sugiriendo que el aumento responde más a razones políticas que técnicas. Antes, ya había expresado su disconformidad ante el ministro Daniel Maurate en el seno del CNT.
“Entendemos que lo que está haciendo la presidenta es cumplir una promesa que ha hecho, pero que no se ha tomado con criterios técnicos, sino políticos”, agregó Bustamante.
Incremento del sueldo mínimo a S/1.130 no cubre la canasta básica familiar
El sueldo mínimo en Perú será incrementado a S/1.130 (aproximadamente 292 dólares estadounidenses) a partir del 1 de enero del 2025. El aumento llega a escasos días de cerrar el 2024, y cumpliendo una promesa realizada por la presidenta Dina Boluarte el pasado 28 de julio.
Este ligero ajuste, que representa un avance de S/105 respecto al monto anterior de S/1.025, establecido en mayo de 2022, supone un incremento de apenas el 10,2%.
Sin embargo, este nuevo monto apenas cubre el 57,45% de la canasta básica familiar, estimada en S/1.784 (unos 461 dólares), según datos del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI).
Vale precisar que, de acuerdo con la Constitución Política del Perú, el RMV debe ser suficiente para cubrir las necesidades mínimas de un trabajador y su núcleo familiar, compuesto en promedio por cuatro personas, según explicaron especialistas a este medio.
Según dichas estimaciones, la canasta básica de consumo por persona en 2023 alcanzó los S/446 (115 dólares), lo que evidencia que el nuevo sueldo mínimo no sería suficiente para cubrir los gastos de una familia promedio.
¿Cómo se negoció el sueldo mínimo entre Confiep y los sindicatos?
La coalición de gremios privados ante el CNT estuvo liderada por organizaciones como la Confiep, la Sociedad Nacional de Industrias (SNI), la Cámara de Comercio de Lima (CCL), y la Asociación de Exportadores (ADEX), entre otros.
Mientras el MTPE proponía un incremento de S/105 (como efectivamente se materializó) y los sindicatos y gremios de trabajadores pedían S/1.330 como piso para la RMV, los empresarios privados consideraron que no había lugar para ningún tipo de aumento.
En declaraciones para Infobae Perú, representantes de la CGTP y el CUT no descartaron realizar movilizaciones para exigir un nuevo reajuste del sueldo mínimo, que consideraron no satisfacerá las necesidades de los trabajadores instalados en la base de la pirámide.
En tanto, el CNT continuará paralizado, debido a que los sindicatos acusan al ministro Daniel Maurate de no haber respondido al pliego de reclamos por despidos masivos que han venido ocurriendo en distintas empresas en las últimas semanas.
Una vez oficializado el monto del nuevo sueldo mínimo en Perú, correspondía debatir en el CNT cuál sería la fórmula que se aplicará, en adelante, para determinar los futuros incrementos, que podrían darse por ley cada uno o dos años, a partir de un cálculo de la inflación y productividad del país, entre otros factores.