Multas de tránsito se incrementan por nuevo valor de la UIT 2025: estos son los nuevos montos a pagar

El Ministerio de Economía y Finanzas confirmó que la Unidad Impositiva Tributaria valdrá S/5 350 a partir del 1 de enero del próximo año

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Multas de tránsito aumentarán a
Multas de tránsito aumentarán a partir del 2025 por aumento de la UIT. (Foto: Difusión)

La Unidad Impositiva Tributaria (UIT) incrementó su monto a partir del 1 de enero de 2025. El anuncio confirmado por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) a través de un decreto supremo publicado en el diario oficial El Peruano genera cambios en el monto de diversos pagos como el de las multas por infracciones de tránsito.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) no contempla montos fijos cuando se trata de infracciones de tránsito, pero sí señala el porcentaje de una UIT a pagar dependiendo de la gravedad de la falta.

Las autoridades dividen las infracciones en tres categorías: leve, grave y muy grave. Las multas leves rondan entre el 4% y 5% de una UIT; es decir, entre S/214 y S/267.5 a partir del primer día del 2025. El SAT considera como faltas leves a los siguientes casos:

  • Hacer uso de bocinas de descarga de aire comprimido en el ámbito urbano - 214.00
  • Utilizar la bocina para llamar la atención en forma innecesaria - 214.00
  • Arrojar, depositar o abandonar objetos o sustancias en la vía pública que dificulte la circulación - 214.00
  • Utilizar el carril de giro a la izquierda para continuar la marcha en cualquier dirección que no sea la específicamente señalada - 214.00
  • Abrir o dejar abierta la puerta de un vehículo estacionado, dificultando la circulación vehicular - 214.00
  • Estacionar un vehículo en zonas de parqueo destinadas a vehículos que transportan a personas con discapacidad o conducidos por éstos. - 267.50
  • Dejar mal estacionado el vehículo en lugares permitidos. - 214.00
Entérate de las nuevas tarifas
Entérate de las nuevas tarifas de multas por infracciones de tránsito, determinadas con base en porcentajes de la Unidad Impositiva Tributaria. (RPP)

Las infracciones graves son sancionadas con el 8% de una UIT. Al 2025, el monto a pagar por esta falta será de S/428. Estos son algunos casos considerados como grave:

  • Adelantar o sobrepasar en forma indebida a otro vehículo.
  • No hacer señales, ni tomar las precauciones para girar, voltear en U, pasar de un carril de la calzada a otro o detener el vehículo.
  • Detener el vehículo bruscamente sin motivo.
  • No mantener una distancia suficiente, razonable y prudente, de acuerdo al tipo de vehículo y la vía por la que se conduce, mientras se desplaza o al detenerse detrás de otro.
  • No detenerse antes de la línea de parada, línea de parada adelantada o antes de las áreas de intersección de calzadas o no respetar el derecho de paso del/de la peatón/a o el/la ciclista o del/ de la conductor/a del VMP
  • No ubicar el vehículo con la debida anticipación en el carril donde va efectuar el giro o volteo.
  • No utilizar el carril derecho para recoger o dejar pasajeros o carga.
  • Incumplir las disposiciones sobre el uso de las vías de tránsito rápido y/o de acceso restringido.
  • Girar estando el semáforo con luz roja y flecha verde, sin respetar el derecho preferente de paso de los peatones
  • Conducir un vehículo con mayor número de personas al número de asientos señalado en la Tarjeta de Identificación Vehicular, con excepción de niños en brazos en los asientos posteriores; y, llevar pasajeros de pie en vehículos del servicio público de transporte urbano de pasajeros si la altura interior del vehículo es menor a 1.80 metros.
  • Tener la puerta, capot o maletera del vehículo abierta, cuando el vehículo está en marcha.
  • No utilizar las luces intermitentes de emergencia de un vehículo cuando se detiene por razones de fuerza mayor, obstaculizando el tránsito, o no colocar los dispositivos de seguridad reglamentarios cuando el vehículo queda inmovilizado en la vía pública.
  • Conducir vehículos que tengan lunas o vidrios polarizados o acondicionados de modo tal que impidan la visibilidad del interior del vehículo, sin la autorización correspondiente.
  • Conducir un vehículo sin que ambas manos estén sobre el volante de dirección, excepto cuando es necesario realizar los cambios de velocidad o accionar otros comandos.
  • Conducir un vehículo usando algún dispositivo móvil u objeto portátil que implique dejar de conducir con ambas manos sobre el volante de dirección.
Sutran anunció que, con el
Sutran anunció que, con el objetivo de incrementar el pago oportuno de papeletas de tránsito, realizará un descuento en varios tipos de multa de transporte. (Andina)

Las infracciones muy graves, a diferencia de las anteriores, varían en el porcentaje a cobrar. Estos son los montos a pagar a partir de este 2025:

5% - S/267.50

  • Conducir un vehiculo con la licencia de conducir vencida
  • Conducir un vehiculo de la categoria L5 de la clasificación vehicular, que no cuente con el certificado de aprobacíón de inspección técnica vehicular
  • Estacionar un vehículo en zonas de parqueo destinadas a vehículos que transportan a personas con discapacidad o conducidos por éstos

12% - S/642

  • Obstruir la ciclovía - 642.00
  • No respetar el derecho preferente de paso del/de la ciclista o del/ de la conductor/a del VMP
  • Transportar carga sin los dispositivos de sujeción o seguridad establecidos
  • Voltear en U sobre la misma calzada, en las curvas, puentes, pasos a desnivel, vías expresas, túneles, estructuras elevadas, cima de cuesta, cruce ferroviario a nivel
  • Circular produciendo ruidos que superen los límites máximos permisibles.
  • Circular, conducir u operar máquinas amarillas o verdes por las vías públicas terrestres.
  • Utilizar las placas de exhibición, rotativa o transitoria en vehículos a los que no se encuentren asignadas.
  • Usar las placas de exhibición, rotativa o transitoria fuera del plazo, horario o ruta establecida o cuando esta ha caducado o ha sido invalidada
  • Deteriorar intencionalmente, adulterar, destruir o sustraer las Placas de exhibición, rotativa o transitoria
  • Conducir un vehículo sin contar con la póliza del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito, o Certificado de Accidentes de Tránsito, cuando corresponda, o éstos no se encuentre vigente.

18% - S/963

  • No respetar el límite máximo o minino de velocidad establecido, de acuerdo a los siguientes supuestos: - a) Superar el límite máximo establecido hasta en 10 km/h adicionales
  • No respetar el límite máximo o minino de velocidad establecido, de acuerdo a los siguientes supuestos: - d) No respetar el límite mínimo de velocidad establecido

24% - S/1.284

  • Estacionar en las curvas, puentes, túneles, zonas estrechas de la vía, pasos a nivel, pasos a desnivel en cambios de rasante, pendientes y cruces de ferrocarril.
  • Participar en competencias de velocidad en eventos no autorizados
  • Permitir a un menor de edad la conducción de un vehículo automotor, sin autorización o permiso provisional
  • Conducir un vehículo con cualquiera de sus sistemas de dirección, frenos, suspensión, luces o eléctrico en mal estado, previa inspección técnica vehicular
  • No respetar el límite máximo o minino de velocidad establecido, de acuerdo a los siguientes supuestos: - b) Superar el límite máximo establecido en más de 10 km/h hasta en 30 km/h adicionales

50% - S/2,675

  • Conducir con presencia de alcohol en la sangre en proporción mayor a lo previsto en el Código Penal, bajo los efectos de estupefacientes, narcóticos y/o alucinógenos comprobada con el exámen respectivo o por negarse al mismo.
  • Conducir un vehículo automotor sin tener licencia de conducir o permiso provisional.
  • Conducir un vehículo con Licencia de Conducir cuya clase o categoría no corresponde al vehículo que conduce.
  • No respetar el límite máximo o minino de velocidad establecido, de acuerdo a los siguientes supuestos: - c) Superar el límite máximo establecido en más de 30 km/h adicionales
  • Conducir un vehículo que no cuente con el certificado de aprobación de inspección técnica vehicular. Esta infracción no aplica para el caso de los vehiculos L5 de la clasificación vehicular

100% - S/5,350

  • Conducir vehículos estando la licencia de conducir retenida, suspendida o estando inhabilitado para obtener licencia de conducir.
  • Conducir con presencia de alcohol en la sangre en proporción mayor a lo previsto en el Código Penal, o bajo los efectos de estupefacientes, narcóticos y/o alucinógenos comprobado con el exámen respectivo o por negarse al mismo y que haya participado en un accidente de tránsito.

150% - S/8,025

  • Circular, interrumpir y/o impedir el tránsito, en situaciones de desastre natural o emergencia, incumpliendo las disposiciones de la autoridad competente para la restricción de acceso a las vías

Infracciones más frecuentes en el 2024

1. L07: Utilizar la bocina para llamar la atención en forma innecesaria (110 980 papeletas).

2. G57: No respetar las señales que rigen el tránsito (108 435 papeletas).

3. L01: Dejar mal estacionado el vehículo en lugares permitidos (105 187 papeletas).

4. G47: Estacionar en un lugar que afecte la operatividad del servicio de transporte público de pasajeros, afectando la seguridad, visibilidad o fluidez del tránsito (103 538 papeletas).

5. L04: Abrir o dejar abierta la puerta de un vehículo estacionado, dificultando la circulación vehicular (78 495 papeletas).

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