Fallo Piegari: la postal de un sistema laboral en reconstrucción

Tras el fallo que obliga a un restaurante a pagar más de $250 millones a un exempleado, se reaviva el debate sobre la proporcionalidad de las indemnizaciones y los incentivos en el mercado de trabajo argentino.

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El dueño del restaurante Piégari
El dueño del restaurante Piégari contó que corre riesgo de cerrar su local por un juicio laboral. Foto: @piegariarg

La semana pasada explotó en la opinión pública el reclamo de un empresario gastronómico, que corre riesgo de cerrar su local porque la justicia lo condenó a pagarle más de 250.000.000 de pesos a un trabajador despedido en pleno arranque de la cuarentena del 2020.

Primero, los hechos que están probados en la causa. Alberto Lobariñas, un mozo que se desempeñaba en el restaurante Piegari desde enero de 1994, se consideró despedido en junio del 2020 luego de reclamarle a la empresa el pago de los salarios de marzo, abril y mayo de ese año. Un mes antes, el 14 de mayo, el comercio le había mandado una carta documento pidiéndole que se reintegre al trabajo para cumplir funciones de delivery, en el marco de lo dispuesto dentro de las excepciones del ASPO, para las actividades consideradas esenciales.

La misiva fue, sin embargo, devuelta porque el trabajador no estaba en su domicilio legal declarado. Piegari contesta el reclamo del trabajador con otra carta documento en la que le informa al trabajador que lo considera incurso en abandono de tareas por no haberse reincorporado al trabajo en tiempo y forma, a lo que el mozo reacciona reclamando por la vía legal correspondiente una supuesta deficiencia en su registración, puesto que la propina no se incluía como salario a los efectos de los aportes a la seguridad social.

En efecto, según consta en la documentación bancaria sobre la que se basa la justicia, está probado que la empresa pagó 37.901 pesos en tres cuotas durante marzo del 2020, correspondientes al sueldo de febrero y $15.000 en dos cuotas durante abril, correspondientes a marzo, sin que se registre ninguna transferencia ni comprobante de pago del resto del salario de marzo, del de abril ni del de mayo.

Piegari abrió hace tres décadas
Piegari abrió hace tres décadas y emplea a más de 100 personas

Esta evidencia le da la razón al trabajador, pero al mismo tiempo es difícil sostener que no sabía que debía reintegrarse al trabajo, más allá de que no se haya notificado, puesto que era de público conocimiento el regreso a la actividad y en tiempos de redes sociales y WhatsApp no es prueba de buena fe ignorar la notificación del correo, no presentándose a cumplir con su obligación. Es cierto que el trabajador dice que cursaba un cuadro de EPOC que lo hacía particularmente vulnerable al COVID, pero no hay ninguna evidencia de que haya comunicado ese cuadro a su empleador. En síntesis, la empresa no pagó como correspondía y el trabajador fingió demencia cuando debía reincorporarse.

Yendo en segundo lugar al fallo judicial; el trabajador declara un salario de 100.000 pesos que incluye, $40.000 de remuneración directa y $60.000 en concepto de propinas, pero la jueza le reconoce un salario de $117.000 y termina liquidando una indemnización de $9.429.176, o sea: 94 salarios contando la propina y 235 salarios considerando el monto que mes a mes pagaba la empresa de forma directa. Luego, por la actualización monetaria, ese monto termina ascendiendo a más de 250 millones de pesos porque en los últimos cinco años hubo 2755% de inflación y se le agrega además un 3% de interés anual compensatorio.

Dejando de lado la cuestión de fondo sobre si el trabajador fue bien o mal despedido, la pregunta del millón, o de los 250 millones, es por qué se rompe la regla de oro de la indemnización en el mundo, que establece un sueldo de compensación por año trabajado y cómo es que una empresa que gasta X dinero por mes para contratar a un trabajador, termina pagando 235 veces ese mismo monto, por despedirlo. Esto es crucial para el mercado laboral porque tanto la decisión de contratar como el monto a ofrecer depende del valor de la productividad que el nuevo empleador le suma a la empresa y del pasivo laboral eventual que la firma debe previsionar. Mucho se ha hablado sobre la necesidad de una reforma que le ponga límite a la indemnización o de algún mecanismo alternativo como el fondo de cese, pero la verdad es que el sistema funcionaría perfecto si volviéramos a la proporcionalidad que proponía el viejo formato de un sueldo por año trabajado.

¿Por qué se disparó la sentencia?

Hay tres problemas que hicieron crecer el monto en el fallo Piegari y dos de ellos por suerte ya no están. El primero es la doble indemnización que estaba vigente por el decreto antidespidos del 2019 de Alberto Fernández (previo a la pandemia) y que ya no corre más. Un problema menos.

El segundo problema, que podría haberse evitado si Piegari no fuera una pyme y hubiera tenido un buen asesoramiento jurídico, es el 50% de multa que establece la ley 25.323 cuando el trabajador se considera despedido y reclama que no recibió la indemnización correspondiente. Por suerte esa ley fue derogada en la reforma laboral de la Ley Bases, porque generaba un incentivo perverso a que el empresario despidiera para no quedar en offside al recibir el telegrama del trabajador, considerándose despedido. Sin embargo, en este caso se aplicó porque el juicio fue iniciado en el 2022 y reclama un derecho del 2020. Otro problema menos.

Alberto Chinkies, el dueño de
Alberto Chinkies, el dueño de Piegari, manifestó que su mayor preocupación debería ser que el local ofrezca la mejor atención y no el pago del embargo. (@piegariarg)

El tercer problema y el más controvertido de todos es el de la propina. Resulta que el convenio colectivo de gastronómicos la prohíbe como una forma de pago del salario y expresamente rechaza incluirla como un componente salarial en el caso de que, como ocurre habitualmente, sea de todos modos el producto de la liberalidad del eventual otorgante. Acá lo curioso es que la jueza rechazó en el fallo la pretensión de Lobariñas en el sentido de que la propina era un pago en negro y esto es importante porque, aunque las multas por registración laboral defectuosa que establecía la ley 24013 también fueron derogadas por la reforma de la Ley Bases, de haberlas aceptado hubieran llevado la liquidación a un monto exorbitante.

Sin perjuicio de ello y aunque la justicia considera que el trabajador estaba correctamente registrado, la jueza incorpora el monto de la propina a la liquidación, lo cual casi la triplica y será sin dudas motivo de apelación, porque el fallo no es coherente acá; o el trabajador estaba correctamente registrado y las propinas no eran parte del sueldo y no pueden serlo de la indemnización o estaba mal registrado y corresponden también las multas. Da la sensación de que el fallo acá en vez de ajustarse a derecho, se adhirió a la biblia; fue salomónico.

Por último, y contrario a lo que muchos piensan, no hay un problema con la actualización por IPC más 3% de interés anual que solo crea un efecto de ilusión monetaria. En los últimos cinco años hubo 2750% de inflación, de modo que cualquier precio de la economía se multiplicó por 28 veces. Piegari fue condenado a pagar 9,4 millones del 2020, que representaban la misma cantidad de cafés o platos de comida que 269 millones de hoy.

En conclusión, la mayoría de los problemas que inflaron esta y otras liquidaciones laborales en el pasado reciente, fueron resueltos en la reforma de la ley Bases y esto debe quedar claro para que casos como el de Piegari no desincentiven la creación de empleo.

Lo que ahora falta es que la justicia madure y recupere el equilibrio; este es un típico caso como el que atravesaron miles de pymes que tuvieron problemas para pagar en la pandemia, con sus comercios cerrados y que después tuvieron que lidiar con trabajadores que no quisieron volver a las tareas. Falta aquí una instancia de mediación prejudicial, que acerque las partes, evitando que el conflicto escale, si se descuenta su buena fe; que le indique a los empresarios que no hay lugar para incumplimientos y a los trabajadores que tienen que volver a sus tareas.