
La absolución de Jorge González Nieva dispuesta el jueves por la Corte Suprema de Justicia de la Nación vuelve a poner en escena el problema de las condenas de personas inocentes, que ya había dado lugar a anteriores fallos de ese tribunal, como el caso Carrera (la Masacre de Pompeya) de 2016 o el de Cristina Vázquez del año pasado.
En esta oportunidad, un inocente estuvo 13 años y ocho meses preso en distintas cárceles de la Provincia de Buenos Aires hasta que se dictó esta absolución.
El problema de las condenas de inocentes, que era considerado históricamente como una anomalía improbable del sistema, se reveló como una realidad concreta y numerosa a partir de la aplicación en Estados Unidos del examen de ADN a pruebas biológicas que habían sido conservadas aun después de que las sentencias quedaran firmes, lo que pudo demostrar que esas muestras habían sido atribuidas equivocadamente a los condenados.
Desde 1990 se generó un verdadero movimiento de derechos civiles, el Movimiento de Inocencia, que inicialmente en el país del norte y luego en todo el mundo, viene luchando por defender gratuitamente a quienes son víctimas de estos errores, a formar estudiantes de derecho con un perfil activo de investigación y litigio y a promover reformas en el sistema de justicia que corrijan los graves defectos que son la fuente de estos errores.
Siguiendo ese modelo, y a partir de la experiencia de la película El Rati Horror Show de Enrique Piñeyro, que documenta el caso Carrera, en 2012 decidimos con el cineasta y piloto fundar en nuestro país Innocence Project Argentina, que fue uno de los primeros de la Red Inocente, que en América Latina congrega hoy a 14 proyectos.
Los casos analizados por los Proyectos de Inocencia sirven también para el estudio de las causas de las condenas erradas y los problemas que aquejan a los sistemas de justicia y que deben ser mejorados.
En el caso de Jorge González Nieva, uno de los primeros que decidimos apoyar, se puede apreciar una combinación de esos factores: corrupción de los policías y funcionarios del sistema de justicia; deficiente regulación y prácticas en materia de reconocimiento de personas; desprecio a la oralidad; falta de estándares de prueba claros; una defensa ineficaz; exagerado formalismo en los recursos existentes para revisar las decisiones; una lentitud exasperante que hace que las respuestas lleguen cuando el daño provocado a las personas es irreversible y una respuesta automática y de autopreservación de los jueces al clamor de justicia frente a casos graves, que es encaminado contra los caídos en desgracia aunque las pruebas no sean concluyentes.
A la indignación o el temor que genera la difusión de casos como el de Jorge, es necesario que lo suceda una respuesta por parte del Estado que establezca controles efectivos sobre la corrupción en el sistema de justicia, que se cambien las normas sobre reconocimientos de personas incorporando los avances científicos existentes; también sobre apelaciones, conservación de la prueba, registro de lo que pasa en los juicios, reparación civil oportuna y adecuada de errores y celeridad de los procesos, entre otras cuestiones.
En momentos en que se halla reunida una Comisión para evaluar aspectos relativos al funcionamiento de la Corte Suprema de Justicia, entre otras cuestiones, este caso puede ser útil para pensar, por ejemplo, en mecanismos que asignen preferencia en el tratamiento a casos en que haya personas privadas de su libertad o a la necesidad de dar una oportunidad a la defensa para que corrija errores formales en sus recursos, en vez de rechazarlos descargando sobre las personas la mala praxis de sus defensores.
En el caso de Jorge González Nieva, inocente condenado a 25 años de prisión, la Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires había inicialmente rechazado su recurso por exceso de hojas.
El autor es presidente de Innocence Project Argentina
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