
La CURP Biométrica es uno de los cambios más relevantes de identidad en México en 2026. El gobierno federal, a través de la Secretaría de Gobernación (SEGOB) y el Registro Nacional de Población (RENAPO), estableció que a partir de febrero de 2026 la CURP biométrica se reconoce como documento oficial de identificación para trámites de alto valor en el país.
El trámite es gratuito, presencial y está disponible para todos los ciudadanos y residentes legales, tanto mayores de edad como menores bajo tutela.
A diferencia de la CURP tradicional, la nueva versión incorpora tecnología avanzada para captar datos biométricos como huellas dactilares de ambas manos, fotografía facial de alta resolución, escaneo de iris y firma digital.
El documento físico y digital incluye un código QR que vincula a los datos biométricos resguardados por RENAPO, reforzando la seguridad en la verificación de identidad.

La CURP biométrica se tramita exclusivamente de manera presencial en oficinas del Registro Civil y módulos estatales habilitados por RENAPO en las 32 entidades federativas. En la Ciudad de México, existen ocho módulos oficiales donde realizar el trámite.
Estos son los módulos habilitados en la CDMX para la CURP biométrica:
El trámite es presencial y gratuito. Se debe agendar una cita en la plataforma oficial de RENAPO: https://citas.renapo.gob.mx/citas/, seleccionando la opción “Registro de Datos Biométricos para la CURP” y eligiendo módulo, fecha y hora.
Los módulos atienden de lunes a viernes, usualmente de 8:30 a 14:30. Solo se permite el acceso a personas con cita confirmada para evitar filas y agilizar el proceso.
En estados como Jalisco, Nuevo León, Veracruz, Querétaro y Estado de México, también operan módulos activos desde la fase piloto. Para quienes residen fuera de la CDMX, la localización de módulos se consulta en el portal de RENAPO y en oficinas estatales del Registro Civil.
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El despliegue de la CURP biométrica inició en julio de 2025, tras la publicación del decreto en el Diario Oficial de la Federación, que modificó la Ley General de Población y otras normativas asociadas.
La transición se organizó en tres fases: piloto en Ciudad de México, Estado de México y Veracruz; ampliación nacional en enero de 2026; y reconocimiento oficial a partir de febrero de 2026.
Las autoridades federales han precisado que la obligatoriedad de la CURP biométrica no recae sobre los ciudadanos, sino sobre las instituciones públicas y privadas, que deben aceptarla como identificación válida en trámites oficiales, bancarios, escolares y de salud.
El trámite es voluntario para las personas; ninguna ley impone sanciones, multas o penalizaciones si no se realiza. Quienes no tengan la CURP biométrica podrán enfrentar restricciones administrativas para trámites que requieran verificación biométrica, pero no recibirán castigos legales.
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Las únicas sanciones previstas en la normativa aplican a las dependencias, funcionarios o empresas que se nieguen a aceptar la CURP biométrica. Estas sanciones pueden llegar a más de dos millones de pesos, según el valor de la Unidad de Medida de Actualización (UMA) en 2026.
El trámite no tiene costo. Las autoridades advierten que cualquier cobro debe denunciarse ante RENAPO o la Secretaría de la Función Pública.
El proceso de tramitación consta de los siguientes pasos:
El trámite dura entre veinte y treinta minutos y, de acuerdo con el plan nacional, debe realizarse solo una vez por persona. La decisión de tramitar la CURP biométrica es personal y no genera castigos ni multas.
En el caso de menores de edad, deben acudir acompañados por padre, madre o tutor legal, quien presentará documentación que acredite identidad y parentesco.
La CURP biométrica mantiene los dieciocho caracteres alfanuméricos originales, pero añade la fotografía, las huellas, el escaneo del iris y una firma electrónica.
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