
La iniciativa presentada por la diputada Blanca Araceli Narro Panameño —integrante de Morena— plantea que los partidos políticos y actores electorales solo puedan utilizar la imagen, voz o datos personales de menores de 18 años en propaganda política previa obtención de un consentimiento escrito de sus padres o tutores.
De acuerdo con el documento enviado a la Comisión de Reforma Política-Electoral de la Cámara de Diputados, la reforma busca atender las consecuencias que, en un entorno digital, pueden ser irreparables, ya que la difusión de imágenes en plataformas puede multiplicarse en minutos y dificultar de forma extrema su retiro definitivo.
Desde la perspectiva de la legisladora de Morena, la propuesta responde al mandato constitucional y a compromisos internacionales que sitúan el interés superior de la niñez como principio rector en toda acción estatal y social.
La diputada enfatizó que al hacer explícito este principio en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, se refuerza la protección contra potenciales abusos, se otorga certeza jurídica a actores políticos y se transmite un mensaje claro de respeto hacia los derechos de niñas, niños y adolescentes.
Razones de la propuesta sobre menores en campañas políticas

El antecedente inmediato de la iniciativa radica en la documentación de múltiples casos ocurridos durante los últimos procesos electorales en los que la imagen de menores fue empleada sin consentimiento informado, tanto en actividades organizadas por partidos como en contextos incidentales.
Según el boletín de la Cámara de Diputados, muchas madres, padres o tutores desconocen el uso de la imagen de sus hijos en fines políticos, lo que dificulta cualquier acción para lograr la remoción del material difundido. En el entorno digital, esto se agrava, ya que una sola imagen puede replicarse “miles de veces en cuestión de minutos”, volviéndose prácticamente imposible de eliminar por completo.
La reforma propuesta implica añadir un numeral al artículo 247 de la ley electoral para establecer que, si no existe consentimiento expreso por escrito, las organizaciones involucradas deben "difuminar, ocultar o hacer irreconocible la imagen, la voz o cualquier otro dato que haga identificables a niñas, niños o adolescentes", con el objetivo de garantizar la protección integral de la niñez.
¿Por qué hay que regular la presencia de menores en la propaganda?

Narro Panameño advirtió que la presencia de menores en propaganda política va más allá de consideraciones estéticas y representa un riesgo real, ya que podría asociarlos involuntariamente a posturas, ideologías o partidos y afectar “su vida presente y futura, tanto en su entorno escolar como en el social y familiar”.
Según la parlamentaria, reformar la legislación es indispensable para “establecer reglas claras y obligatorias sobre el uso de imagen, voz o datos personales de la niñez y adolescencia en propaganda político-electoral".
En sus palabras, “en un entorno donde la difusión de contenidos es instantánea y hasta cierto punto incontrolable, el consentimiento informado y por escrito de quienes representan los intereses de las personas menores de dieciocho años se convierte en una salvaguarda fundamental para evitar la violación a sus derechos".
La diputada de Morena insistió en que esta medida evitará que la participación de menores en campañas provenga de la "improvisación o de estrategias de mercadotecnia política" y garantizará que “sea una decisión responsable y consciente que ponga en primer plano su bienestar y su dignidad".


