Publican nuevo reglamento de Pemex que deroga normativa de Peña Nieto: estos son los cambios

El nuevo reglamento establece desde la composición de los órganos de gobierno hasta las medidas de austeridad

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Foto de archivo del logo
Foto de archivo del logo de Pemex en una gasolinera en Ciudad de Mexico July 31, 2024. REUTERS/Henry Romero

La presidenta Claudia Sheinbaum Pardo publicó el Reglamento de la Ley de la Empresa Pública del Estado para Petróleos Mexicanos (Pemex), con el cual se deroga el emitido en octubre del 2014, durante el sexenio del exmandatario priista, Enrique Peña Nieto.

El nuevo reglamento, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), entró en vigor este 4 de diciembre y establece desde la composición de los órganos de gobierno de Pemex hasta los mecanismos de vigilancia, rendición de cuentas y los criterios de sostenibilidad y austeridad con los que se regirá.

¿En qué consiste el nuevo reglamento de Pemex?

De acuerdo con el documento, se otorga a la Secretaría de Energía la capacidad formal para interpretar el reglamento y lidera órdenes sobre los procedimientos de vigilancia, auditoría, contratación y evaluación dentro de la paraestatal.

La normativa regula la organización, funcionamiento y control de Petróleos Mexicanos como empresa pública del Estado, estableciendo obligaciones tanto para la empresa como para todas las personas y entidades que mantengan relación con ella.

El reglamento define términos clave como Comité Especial, Consejo de Administración, Persona Comisaria y Personas Consejeras, además de precisar que la interpretación de sus disposiciones corresponde a la Secretaría de Energía.

En cuanto a la integración del Consejo de Administración, se determinan procesos para el nombramiento y remoción de las Personas Consejeras Independientes. Estas personas deben acreditar, mediante documentación y declaraciones bajo protesta de decir verdad, el cumplimiento de los requisitos de ley, exponer su experiencia profesional y asegurar no encontrarse en situaciones de conflicto de interés. Toda esta información debe ser pública a través del portal de la empresa.

Si durante su encargo sobreviene alguna causa de impedimento, deberán comunicarlo al Ejecutivo Federal para que proceda según corresponda. Además, las reglas aplican tanto a titulares como a suplentes, y cualquier responsabilidad será exigible por las vías jurisdiccionales establecidas.

En materia de conflictos de interés del Consejo de Administración, las personas integrantes deberán abstenerse de mantener puestos, prestar servicios, tener acciones o bonos de la empresa, ni recibir beneficios adicionales, entre otras restricciones claras.

Deben presentar anualmente declaraciones escritas en que afirmen no estar en esos supuestos, detallar sus actividades profesionales previas y, de advertirse alguna situación de posible conflicto, esta será dictaminada y, en su caso, podría derivar en la remoción correspondiente.

Se especifican actividades que no constituyen conflicto de interés, como el trabajo altruista, la docencia o la participación sin remuneración, siempre y cuando no se vulnere información interna de la empresa.

Respecto al Comité Especial, su presidencia será rotatoria y anual entre la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y la Secretaría de Energía.

Sus decisiones quedarán asentadas en actas firmadas por sus integrantes y son vinculantes para la empresa tras su notificación. Los suplentes de las Personas Consejeras no pueden ocupar un lugar en este comité.

El reglamento señala que tanto la remuneración de Personas Consejeras Independientes como la de la Persona Comisaria será definida por el Comité Especial y se cubrirá con recursos de la empresa siguiendo criterios y lineamientos específicos.

El Consejo de Administración podrá crear los comités adicionales que considere necesarios para el adecuado desarrollo de las actividades de Petróleos Mexicanos. Cada comité deberá operar bajo reglas precisas sobre su funcionamiento, integración, forma de sesión, quórum y administración interna.

Sobre vigilancia y auditoría, se prevé el uso de normas internacionales y nacionales ampliamente reconocidas para la realización de revisiones, tanto internas como externas.

La persona auditora externa deberá estar debidamente certificada y no debe estar inhabilitada. Todas las áreas de la empresa están obligadas a facilitar la labor de la Auditoría Superior de la Federación.

En lo relativo a las empresas filiales, el Consejo de Administración es responsable de establecer normas para su constitución, fusión o liquidación y asegurar su alineación estratégica. Las filiales deben sujetarse a los lineamientos de contratación que emita PETRÓLEOS MEXICANOS a través del propio Consejo.

El reglamento insiste en la austeridad y disciplina presupuestal, estableciendo que los recursos sean manejados bajo principios de eficacia, eficiencia, economía, transparencia y honradez, y exige que se reporten anualmente los ahorros logrados gracias a las medidas de austeridad implementadas.

Los procedimientos de adquisición y contratación también son regulados con precisión, autorizando la utilización de mecanismos diversos conforme la ley, regulando los montos máximos para adjudicaciones directas e invitaciones restringidas, y previniendo la fragmentación de operaciones para incumplir los límites.

Se establecen criterios para la colaboración con autoridades fiscales y laborales, así como medidas para evitar la corrupción y fomentar la integridad entre los proveedores.

El reglamento establece vías y requisitos formales para el recurso de reconsideración en los procesos de contratación, detallando los plazos, requisitos, medios de prueba y autoridades responsables de resolver estas impugnaciones.

Incluye las directrices para el seguimiento y ejecución de resoluciones, así como los casos de improcedencia y sobreseimiento del recurso.

En cuanto a responsabilidades administrativas, detalla la estructura y funciones de la Unidad de Responsabilidades en PETRÓLEOS MEXICANOS, así como la aplicación integral de la Ley General de Responsabilidades Administrativas a todo su personal.

Respecto al presupuesto, el reglamento estipula que los recursos gestionados en fideicomisos, mandatos o contratos análogos sujetos a derecho privado no se integrarán al balance financiero ni afectan los límites de gasto de la empresa. Se establecen medidas de control y auditoría para estos instrumentos. Además, la empresa debe manejar registros presupuestales y de gasto conforme lo mandata la legislación sectorial.

Para la deuda, el reglamento fija la entrega anual de la propuesta global de financiamiento a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en una fecha específica.

Finalmente, en materia de sostenibilidad, PETRÓLEOS MEXICANOS debe diseñar y ejecutar su plan alineado con los programas y estrategias nacionales e internacionales vigentes en transición energética y medio ambiente, contando con los recursos y áreas necesarios, aparte de lo que corresponde al Comité de Sostenibilidad.

El texto legal dispone además nuevas facultades para las empresas filiales de PEMEX, sujetas a normas claras de constitución, operación y control, y establece reglas para la celebración de alianzas estratégicas y asociaciones con particulares, delineando los mínimos de control, gobernanza y fiscalización exigidos para esas figuras.