
La corrupción y prostitución de menores son delitos en los que se induce, procura, facilita u obliga a un menor de 18 años de edad o a quien no tenga capacidad para comprender el significado del hecho, a realizar actos de exhibicionismo corporal, lascivos o sexuales, así como prostitución, ebriedad, consumo de narcóticos, o a cometer hechos delictuosos.
Por ello, la Fiscalía General del Estado de Nayarit (FGEN) obtuvo una sentencia de 34 años de prisión contra Daniel Isaac “N” por los delitos previamente señalados, así como de violación agravada.
La resolución, emitida tras la celebración de audiencias de juicio oral en la ciudad de Tepic, corresponde a delitos cometidos en repetidas ocasiones contra un adolescente, cuya identidad permanece resguardada para proteger sus derechos.
Detalles del caso

De acuerdo con la información oficial difundida por la FGEN, la investigación estableció que los hechos ocurrieron en un domicilio particular, donde el sentenciado perpetró actos de carácter sexual, aprovechando la situación de vulnerabilidad de la víctima.
El comunicado oficial de la fiscalía confirmó que agentes de la policía y peritos especialistas de la Fiscalía intervinieron en el caso, aportando pruebas que permitieron al Tribunal de Enjuiciamiento determinar la responsabilidad penal de Daniel Isaac “N”.
En la sentencia dictada, las autoridades ordenaron no sólo la privación de libertad, sino además el pago de una multa equivalente a 380 Unidades de Medida y Actualización (UMA), además de la cantidad correspondiente en concepto de reparación del daño en favor de la persona afectada. La fiscalía sostuvo que la suma busca resarcir, en la medida de lo posible, el impacto sufrido por la víctima.
Durante el procedimiento, la Fiscalía General de Nayarit subrayó su política de fortalecer investigaciones dirigidas a esclarecer y sancionar conductas delictivas que vulneren la integridad de niños, niñas, adolescentes y grupos en situación de vulnerabilidad.
“Refrendamos el compromiso de llevar ante la justicia a las personas responsables de graves delitos, priorizando la protección de las víctimas”, indicó la institución en el boletín publicado.
La condena impuesta fue el resultado de un proceso donde la autoridad ministerial aportó pruebas técnicas, periciales y testimoniales, que sustentaron la hipótesis de una conducta reiterada y agravada.
La actuación institucional contó con la colaboración de varias áreas especializadas, con el objetivo de acreditar los elementos necesarios para obtener la sanción aplicada.
Sentencias por este delito

Al autor de este delito se le aplicarán de cinco a 10 años de prisión y de 500 a 2 mil días multa. Además, quien obligue o induzca a la práctica de la mendicidad, es decir, hacer que la víctima pida limosna o “mendigue” y se le impondrán de tres a ocho años de prisión y de 50 a 200 días multa.
Cabe destacar que no se entenderá como corrupción de menores a los programas preventivos, educativos o de cualquier índole que diseñen e impartan las instituciones públicas, privadas o sociales con el objetivo de otorgar educación sexual, abarcando desde la función reproductiva, prevención de enfermedades de transmisión sexual y el embarazo de adolescentes, siempre que estén aprobados por la autoridad competente.
Cuando de la práctica reiterada de los actos de corrupción el menor o incapaz adquiera los hábitos del alcoholismo, farmacodependencia, se dedique a la prostitución o a formar parte de una asociación delictuosa, la pena será de siete a 12 años de prisión y de 300 a 600 días multa.
Si además de los delitos previstos en este capítulo resultase cometido otro, se aplicarán las reglas de la acumulación.
Nayarit sumó este caso a los expedientes en los cuales la FGEN consolidó acciones enfocadas en el combate a la corrupción de menores y agresiones sexuales, según detalló la misma dependencia estatal.
Organizaciones y colectivos que acompañan a víctimas en la región se han manifestado en distintas ocasiones señalando la importancia de sentencias ejemplares cuando se juzgan este tipo de delitos.