
Carlota “N” adulta mayor de 73 años que se vio involucrada en el ataque contra un grupo de personas que presuntamente invadieron su propiedad, fue trasladada este viernes a un penal del Estado de México, luego de que fuera cumplimentada orden de aprehensión por homicidio calificado y homicidio calificado en grado de tentativa.
El video donde se ve a la mujer dispararle a dos sujetos se volvió viral en redes sociales, provocando un sinnúmero de reacciones sobre lo sucedido, además de memes y burlas por lo inverosímil de lo ocurrido.
Algo que ha resaltado enormemente es la edad de la agresora, la cual ya es considerada parte del grupo sectario de adultos mayores, por lo que está en vilo si la mujer permanecerá en la cárcel por este motivo.
Esta es la pena que Carlota “N” podría recibir
A la señora Carlota se le acusa de homicidio calificado, sin embargo si se conoce que hubo alevosía o ventaja, la pena que la anciana podría enfrentar puede ser mayor.

De acuerdo con el artículo Artículo 241 del Código Penal del Estado de México: “Comete el delito de homicidio el que priva de la vida a otro. Se sancionará como homicidio a quien a sabiendas de que padece una enfermedad grave, incurable y mortal, contagie a otro o le cause la muerte".
Al tiempo, en el artículo 242, se establece que “al responsable de homicidio calificado, se le impondrán de cuarenta a setenta años de prisión o prisión vitalicia y de setecientos a cinco mil días multa”.
Por otro lado, la ley señala que cuando el delito se comete en riña se podrá imponer de tres a diez años de prisión y de 50 a 250 días multa, tomando en cuenta quien fue el provocado, quien el provocador y el grado de provocación.
Otro delito del que se le acusa a la señora es el de cohecho, ya que presuntamente intentó sobornar a oficiales para evitar su detención. De acuerdo con el Artículo 128: “Comete el delito de cohecho, el particular que ofrezca, prometa o entregue dinero o cualquier dádiva, a algún servidor público para que realice u omita un acto, o actos lícitos o ilícitos relacionados con sus funciones”
Este artículo determina que al que cometa este delito se le impondrán de seis meses a tres años de prisión y de treinta a trescientos días multa, cuando el beneficio obtenido o la cantidad o el valor de la dádiva o promesa, no exceda del equivalente de noventa veces el salario mínimo diario general vigente.
La pena incrementa de tres a ocho años de prisión y de quinientos a un mil días multa, cuando el beneficio obtenido o la cantidad o el valor de la dádiva o promesa, exceda de noventa veces el salario mínimo diario general vigente en la zona económica donde se cometa el delito.
Sin embargo, el sistema judicial mexicano contempla medidas especiales para personas mayores de 70 años, como la prisión domiciliaria, en caso de que padezcan enfermedades graves. Al final quien determinará la permanencia de la señora en prisión será un juez.