
Enfrentar una deuda puede convertirse en una experiencia angustiante, especialmente cuando los despachos de cobranza recurren a tácticas cuestionables para exigir el pago por lo que entidades como Banorte y Banamex han emitido alertas a sus usuarios sobre las malas prácticas que algunos despachos de cobranza extrajudicial emplean.
De acuerdo con las instituciones bancarias, los despachos de cobranza son entidades, ya sean personas físicas o morales, que actúan como intermediarios en la recuperación de deudas para bancos, tiendas departamentales y otras entidades comerciales.
Además señaló que estas organizaciones tienen la tarea de negociar y reestructurar créditos con los deudores, pero sus métodos no siempre se ajustan a los estándares éticos, ya que en múltiples casos emiten amenazas de embargo u hostigamiento y mencionaron que estas acciones pueden vulnerar la privacidad y los derechos de los deudores.
Amenazas de embargo: una práctica común pero engañosa

De acuerdo con el Registro de Despachos de Cobranza (REDECO), que es un sistema electrónico en el que se puede encontrar información respecto a los Despachos de Cobranza que actúan como intermediarios entre la Entidad Financiera y el Deudor.
Una de las estrategias más recurrentes de estos despachos es amenazar con el embargo de bienes, una táctica que genera temor entre los deudores. Sin embargo, esta amenaza carece de fundamento en muchos casos, ya que para que un embargo sea legal, debe existir una orden de un juez, dentro de un procedimiento del cual debe recibirse notificación.
Además, estas prácticas no sólo son engañosas, sino que pueden constituir una violación a los derechos de los consumidores y según la REDECO, para evitar estos problemas es importante que como usuario se conozcan, pues aunque las instituciones financieras y los despachos tienen que recuperar el dinero adeudado, no pueden hacerlo mediante prácticas que vulneren la dignidad o la privacidad de los deudores.
Acciones prohibidas y obligaciones de los despachos de cobranza según la REDECO

Entre las principales obligaciones que deben cumplir los despachos de cobranza, se encuentra la de proporcionar información clara y completa al deudor desde el primer contacto, ya sea de manera escrita o verbal en donde incluyan el nombre, razón social, domicilio y número telefónico del despacho, así como el nombre de las personas encargadas de realizar la cobranza.
Además, es obligatorio identificar a la entidad financiera que otorgó el crédito, préstamo o financiamiento, especificar el contrato u operación que origina la deuda y detallar el monto adeudado junto con la fecha en que se calculó.
Asimismo, los despachos deben informar sobre los requisitos, términos y condiciones necesarios para liquidar el adeudo. Esto incluye proporcionar el domicilio, correo electrónico y número telefónico de la unidad administrativa de la entidad financiera que recibirá quejas por malas prácticas de cobranza. También deben dejar claro que los pagos únicamente pueden realizarse directamente a la entidad financiera que otorgó el crédito.
Otro aspecto fundamental es que los despachos deben dirigirse al deudor de manera respetuosa y educada, además de limitar sus comunicaciones a días hábiles y horarios comprendidos entre las 8:00 y las 21:00 horas, según el huso horario del deudor.
En caso de llegar a un acuerdo de pago, negociación o reestructuración, este debe documentarse por escrito, especificando los términos y condiciones, así como cualquier descuento, condonación o quita que se aplique. También es necesario desglosar el monto principal, intereses ordinarios y moratorios así como otros costos exigibles según el contrato.
Finalmente, los despachos tienen la obligación de entregar a la entidad financiera los documentos que respalden los acuerdos alcanzados con el deudor. Además, deben tratar los datos personales de los usuarios conforme a la normativa vigente en materia de protección de datos.