SAT ayudará a mexicanos deportados de EEUU a regularizar su situación fiscal: estos son los requisitos

El Servicio de Administración Tributaria y el INM habilitaron un programa para apoyar a los connacionales que retornen al país

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Estas personas no deberán activar
Estas personas no deberán activar el buzón tributario.

La deportación masiva de mexicanos desde Estados Unidos ha generado que el gobierno de la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo implemente estrategias para recibir a los connacionales y ayudarlos a establecerse de nueva cuenta en el país, que va desde resguardarlos en albergues para migrantes, hasta otorgarles apoyos económicos y becas, así como incorporarlos al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

A esto, se sumó que recientemente el Servicio de Administración Tributaria (SAT), en coordinación con el Instituto Nacional de Migración (INM), lanzó un programa para ayudar a que los migrantes mexicanos deportados por el gobierno de Estados Unidos, encabezado por Donald Trump, regularicen su situación fiscal, de acuerdo con diversos medios de comunicación.

Según la misma información, el programa fue anunciado por María José Ríos, administradora del órgano desconcentrado de Servicios al Contribuyente 1 Norte, y tiene el objetivo de habilitar herramientas y estímulos fiscales a los connacionales para integrarse a la economía nacional.

¿En qué consiste el apoyo para regularizar situación fiscal de mexicanos deportados?

Entre los apoyos destaca la reducción del 100% de multas, incluidas aquellas con agravantes, recargos y gastos de ejecución, así como la no condonación de contribuciones o cuotas compensatorias, lo que significa que los contribuyentes deberán pagar el monto principal de sus obligaciones fiscales.}

¿Cuáles son los requisitos?

Los interesados en participar deben cumplir con los siguientes requisitos:

  • No haber recibido condonaciones en los programas generalizados de 2000, 2007 o 2013.
  • No contar con una sentencia condenatoria firme por delitos fiscales.
  • No estar incluidos en los listados definitivos de los artículos 69-B o 69-B Bis del Código Fiscal de la Federación.

Anteriormente el SAT también dio a conocer los requisitos para que los mexicanos que retornen al país puedan inscribirse ante el RFC, acudiendo a cualquier oficina del SAT con previa cita agendada en citas.sat.gob.mx.

En caso de mexicanos repatriados:

  • CURP temporal con fotografía.
  • Comprobante de domicilio del lugar donde vive, con antigüedad no mayor a cuatro meses.
  • Credencial para votar desde el extranjero emitida por el Instituto Nacional Electoral (INE).

En caso de mexicanos en retorno:

  • CURP permanente, la cual se tramita en el Registro Civil o ante las oficinas consulares de México en el exterior o acta de nacimiento o carta de naturalización en original.
  • Comprobante de domicilio del lugar donde vive, con antigüedad no mayor a cuatro meses.
  • Credencial para votar desde el extranjero emitida por el Instituto Nacional Electoral (INE).
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