La Corte invalida parte de la Ley de Austeridad de Veracruz que afectaba al Poder Judicial local

El Artículo 9 limitaba el presupuesto del Poder Judicial, afectando su independencia financiera

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La SCJN invalida varias disposiciones
La SCJN invalida varias disposiciones de la Ley de Austeridad de Veracruz por contravenir principios constitucionales. (X/@SCJN)

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inválidas varias disposiciones de la Ley de Austeridad para el Estado de Veracruz, y señaló que las normas impugnadas contravenían principios constitucionales y afectaban la estabilidad de instituciones clave, como el Poder Judicial local.

Entre los artículos anulados destaca el Artículo 3, que prohibía el establecimiento de haberes de retiro o regímenes especiales de jubilación o pensión, así como la contratación de seguros privados, salvo en casos de funciones de alto riesgo.

La Corte determinó que esta disposición violaba el artículo 127, fracción IV, de la Constitución Federal, el cual permite estos beneficios siempre que estén asignados por ley, decreto legislativo, contrato colectivo o condiciones generales de trabajo.

Además, se señaló que el marco normativo estatal ya regula prestaciones específicas para el Poder Judicial, como el haber de retiro, que forma parte de los elementos esenciales para garantizar la estabilidad e inamovilidad de magistrados y jueces locales.

La SCJN señala que leyes
La SCJN señala que leyes estatales no deben contradecir principios de la legislación federal. Crédito: Cuartoscuro

La Corte también destacó que la inclusión del término “funciones de alto riesgo” generaba inseguridad jurídica, ya que no se definía con claridad qué actividades se consideraban dentro de esta categoría. Esta falta de precisión, según el máximo tribunal, afectaba la certeza legal necesaria en la aplicación de la norma.

Otro de los artículos invalidados fue el Artículo 9, párrafo primero, que limitaba los gastos en diversos servicios al monto erogado en el ejercicio presupuestal anterior, salvo que se autorizaran nuevos programas o se ampliaran las metas de los existentes.

Según la SCJN, esta disposición imponía restricciones indebidas al Poder Judicial de Veracruz, afectando su capacidad para gestionar de manera autónoma sus recursos materiales y financieros.

La Corte subrayó que estas limitaciones podrían comprometer el adecuado funcionamiento del Poder Judicial, al impedirle tomar decisiones esenciales para su operación. Este punto fue considerado especialmente relevante, dado que la independencia financiera es un pilar fundamental para garantizar la autonomía de los poderes judiciales en los estados.

Finalmente, el Artículo 13, en su porción que calificaba como “grave” el incumplimiento de cualquier disposición de la Ley de Austeridad, también fue declarado inválido. La SCJN concluyó que esta disposición alteraba el sistema de competencias establecido en la Ley General de Responsabilidades Administrativas, al imponer una calificación que no correspondía al marco normativo federal.

La decisión de la Corte pone de manifiesto la importancia de respetar los límites de las competencias legales entre los distintos niveles de gobierno y de garantizar que las leyes estatales no contradigan los principios establecidos en la legislación federal.

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