
El fallo de la Corte Suprema de Justicia que anuló la absolución de una mujer acusada de intentar ingresar drogas a la alcaidía de Trelew reabrió un caso que había generado debate en instancias judiciales previas. La decisión, adoptada por los jueces del máximo tribunal y dos conjueces, obliga a la Cámara Federal de Casación Penal a emitir un nuevo pronunciamiento sobre la responsabilidad penal de Jaqueline T., quien había sido absuelta en segunda instancia tras una condena inicial.
El episodio que originó el proceso ocurrió el 22 de mayo de 2020, cuando la mujer intentó entregar a su hijo, Rodrigo, tres envoltorios de marihuana ocultos en el tubo de un rollo de papel higiénico, mientras él permanecía detenido en el pabellón de la alcaidía policial de los tribunales de Trelew. La maniobra fue detectada y frustrada por personal policial, lo que derivó en la apertura de una causa penal.
Durante su declaración, la mujer sostuvo su inocencia y explicó que una amiga de su hijo le había entregado el papel higiénico que luego ella llevó, sin que supiera que uno de los rollos contenía la droga incautada.
El Tribunal Oral de Comodoro Rivadavia no dio crédito a esta versión y la condenó a seis meses de prisión efectiva, al considerar que su relato resultaba contrario a la lógica y que sus antecedentes penales agravaban la situación. El tribunal la consideró autora de suministro gratuito y ocasional para consumo.
La decisión de la Cámara
La causa dio un giro cuando la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal revocó la condena y absolvió a la mujer, aplicando el principio de “in dubio pro reo”, que establece que en caso de duda se debe fallar a favor del acusado. Los jueces Alejandro Slokar y Angela Ledesma argumentaron que la prueba reunida no bastaba para desacreditar la versión exculpatoria de la mujer y subrayaron que “son las mujeres (madres, amigas, cónyuges, hermanas, etc.) quienes mayormente se hacen cargo de asistir a las personas detenidas”. En disidencia, el juez Guillermo Yacobucci consideró que el argumento de la ignorancia no era aplicable en este caso.

Según su voto, la acusada “tenía experiencia previa, sabía que su hijo era consumidor de drogas y que los objetos que se pretenden ingresar a un centro penitenciario están sujetos a inspección. En esas condiciones aceptar encargos de personas desconocidas sin haber verificado ni siquiera la identidad, ni conocer el contenido, entiendo que constituye una estrategia de defensa para mejorar” su situación procesal.
La opinión del fiscal
El fiscal general Raúl Plee apeló la absolución y calificó la interpretación de la mayoría de Casación como una “interpretación parcial y antojadiza de la prueba”. Además, recordó que durante el allanamiento a la vivienda de la acusada se secuestró una hoja de papel doblada con restos de marihuana, una bombilla y tubos metálicos con residuos de estupefacientes. El Procurador General interino Eduardo Casal respaldó la apelación del fiscal.
La Corte Suprema, con los votos de Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti, junto a los conjueces Mariana Catalano (Cámara Federal de Salta) y Juan Perozziello Vizier (Cámara Civil y Comercial), hizo suyos los argumentos de la Procuración, declaró procedente el recurso y dejó sin efecto la sentencia absolutoria. El juez Carlos Rosenkrantz votó en minoría por rechazar la presentación por inadmisible. Ahora, otra sala de la Cámara Federal de Casación Penal deberá dictar un nuevo pronunciamiento sobre el caso.
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