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Con un amparo colectivo, organizaciones
Con un amparo colectivo, organizaciones civiles buscan restituir las pensiones por discapacidad suspendidas. Fotografía: Jaime Olivos

Un grupo de asociaciones civiles, organizaciones de derechos humanos y de personas con discapacidad interpusieron una acción de amparo colectivo contra la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) para que la Justicia ordene la restitución de las pensiones por invalidez laboral suspendidas en todo el país. Ahora debe definir el Juzgado Federal N° 4 en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo de La Plata.

El reclamo llega luego de una serie de precedentes en varias provincias. En Formosa, Misiones, Catamarca y Río Negro distintos jueces ya ordenaron devolver la totalidad de las prestaciones que recibían personas con discapacidad, más el reintegro de los meses no abonados y multa por cada día de demora. También hubo fallos similares -para casos puntuales- al menos en Mendoza, Córdoba, Neuquén y la provincia de Buenos Aires.

La ANDIS acató todos los amparos adversos y volvió a pagar las pensiones que le ordenó la Justicia Federal. Antes de que estallara el escándalo de los audios de Diego Spagnuolo, ex director del organismo, el Ejecutivo había retirado el pago a 111.463 personas.

Un amparo para todo el país

Las entidades detrás de la acción colectiva son la Asociación Azul, Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ) y el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), junto a personas con discapacidad.

Argumentan que el proceso de auditoría comenzó en agosto de 2024 sin plasmarse en ninguna norma específica que definiera las etapas, plazos, criterios de evaluación o medidas de accesibilidad y apoyos para garantizar la participación efectiva de los beneficiarios. La única información oficial disponible consistió en un edicto y un aviso en la web de ANDIS, instrumentos que no brindaron mayores precisiones ni garantías, dice el amparo.

 Agencia Nacional de Discapacidad
Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS). Fotografía: Maximiliano Luna

De manera paralela a la auditoría, el Poder Ejecutivo dictó el Decreto 843/2024 el 20 de septiembre del año pasado, con el que modificó los requisitos y amplió las causales de suspensión y caducidad de las prestaciones.

Con la nueva regulación, por ejemplo, es necesario demostrar un porcentaje de “disminución de la capacidad laborativa” del 66%, un umbral mucho más alto que el anterior.

Otra controversia advertida en el amparo es que la Agencia suspendió pensiones por discapacidad a personas que ni siquiera recibieron las citaciones para ser auditados, ya sea por “inconsistencias en el domicilio declarado” o por “causales imputables al destinatario”.

El proceso de auditoría se basó en la convocatoria de los beneficiarios a través de cartas documento. Esta metodología, para los demandantes, impidió a miles de personas participar y ejercer su derecho de defensa.

Según la información oficial brindada por la Jefatura de Gabinete de Ministros y difundida por ACIJ, de las 997.654 cartas documento enviadas, 504.802 -más de la mitad- no se pudieron entregar.

En provincias como Chaco, el porcentaje de citaciones no entregadas alcanzó el 79,08%, en Formosa el 73,91% y en Corrientes el 70,44%.

Organizaciones y personas con discapacidad
Organizaciones y personas con discapacidad autoconvocadas se manifiestan frente al Congreso Nacional. Fotografía: RS Fotos

La acción de amparo acompaña como prueba testimonios que dan cuenta de más deficiencias en el proceso de revisión de las pensiones. Una de las personas afectadas relató que, a pesar de haber vivido siempre en el mismo domicilio, no recibió la notificación para la auditoría, aunque sí le llegó la carta documento que avisaba de la suspensión.

Otro beneficiario, que cobró su pensión desde 2012 y residió 26 años en el mismo lugar, se comunicó con ANDIS para consultar si tenía turno y le indicaron que esperara la carta documento, la cual nunca llegó. Posteriormente, se enteró por correo electrónico que su ingreso se había dado de baja.

Para ACIJ, esta “conducta estatal implicó una violación del debido proceso y del derecho de defensa”. Por eso insistieron ante la Justicia con que “la causal de suspensión vinculada al domicilio es inconstitucional por ser irrazonable, que los principios de buena fe estatal y de no regresividad en materia de derechos humanos han sido gravemente violados y que se han vulnerado también los derechos a la protección social, a la salud y a la vida independiente de las personas con discapacidad”.

Finalmente, los peticionantes solicitaron al juez Alberto Recondo que, hasta que haya una sentencia definitiva, ordenara a ANDIS la restitución inmediata de las pensiones suspendidas por estas presuntas irregularidades y que el organismo se abstenga de aplicar nuevas suspensiones basadas en las normas cuestionadas.

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