
La Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal resolvió, por mayoría, declarar inadmisibles los recursos extraordinarios federales presentados por las defensas de Ciro Gerardo James, Mariano Narodowski y Mónica Elizabet González, en el marco de la causa que investiga presuntas irregularidades vinculadas a escuchas ilegales. La decisión, firmada este jueves, fue adoptada por los jueces Carlos Alberto Mahiques, Juan Carlos Gemignani y Mariano Hernán Borinsky. El primero votó en disidencia, mientras los otros dos jueces coincidieron en sus votos.
Mahiques, presidente de la sala, consideró que los planteos de las defensas cumplían con los requisitos formales previstos en la ley y propuso “declarar admisibles los recursos extraordinarios federales interpuestos por las mencionadas defensas”, tras escuchar la opinión favorable del fiscal general ante Casación, Javier Augusto De Luca.
Sin embargo, la mayoría formada por los jueces Borinsky y Gemignani se inclinó por rechazar la vía extraordinaria. Borinsky argumentó que “los remedios extraordinarios presentados no pueden hallar viabilidad formal, por cuanto no se dirigen contra una sentencia definitiva ni equiparable a tal”, en referencia a la exigencia legal de que solo las sentencias definitivas o equiparables pueden ser revisadas por la Corte Suprema.
Además, sostuvo que las defensas no refutaron todos los fundamentos de la decisión apelada ni demostraron que la resolución impugnada fuera contraria a derechos federales, como exige la normativa vigente.
La investigación

En esta causa se investiga la existencia de una organización integrada por funcionarios públicos de diversos ámbitos, que, mediante la utilización de recursos de la Secretaría de Inteligencia de la Nación, intervino las comunicaciones de distintas personas durante un período que va -al menos- desde octubre de 2007 a septiembre de 2009, generalmente motivadas por cuestiones de índole política.
El Tribunal 5 había hecho lugar a los planteos promovidos por las defensas de los imputados, y dispuesto su sobreseimiento, sin que se llegara a la instancia del debate oral y público. Las personas que resultaron sobreseídas por ese tribunal fueron: Ciro Gerardo James, Diego Gastón Guarda, Raúl Alberto Rojas, Rubén Alberto Quintana, David Santiago Amaral, Antonio César Fernández, Mónica Elizabeth González, José Luis Rey, Mariano Narodowski y Osvaldo Horacio Chamorro.
Cuestionada esa decisión por el Ministerio Público Fiscal, y de acuerdo a la mayoría conformada en esa oportunidad, la Cámara Federal de Casación Penal entendió que aquella resolución era arbitraria e infundada, pues había extendido los efectos de una decisión dictada en el año 2018 exclusivamente respecto de un coimputado -ya fallecido- y por un delito específico que es de instancia privada.
Se refería a la escucha indebida de comunicaciones, ampliando de manera errónea sus consecuencias jurídicas a todos los involucrados y por la totalidad de los delitos que se investigaban, tales como asociación ilícita, administración infiel en perjuicio de la administración pública, encubrimiento, abuso de autoridad, incumplimiento de los deberes de funcionario público, entre otros.
Ahora, la misma Sala III, con una integración parcialmente diferente, declaró inadmisibles los recursos extraordinarios presentados por las defensas, avalando así que prosiga la investigación.
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La condena también recayó sobre el club al que pertenecía el agresor y sobre el equipo rival. El hecho ocurrió en un encuentro de la Liga Marplatense en 2008



