La Asociación de Fiscales pidió no tomarle juramento a un funcionario acusado de corrupción

Presentaron una solicitud al Procurador General, Eduardo Casal, para que no se le reciba juramento a Germán Oestmann como integrante del Tribunal de Enjuiciamiento de Fiscales. Dudan de su imparcialidad y de la idoneidad ética

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Germán Oestmann, quien tiene pendiente
Germán Oestmann, quien tiene pendiente la resolución de varias causas judiciales

La Asociación de Fiscales y Funcionarios del Ministerio Público Fiscal de la Nación solicitó formalmente al Procurador General, Eduardo Casal, que no se le tome juramento a Germán Oestmann como integrante del Tribunal de Enjuiciamiento de Fiscales en representación de las universidades nacionales.

La entidad, presidida por Ricardo Rafael Toranzos, fundamentó su pedido en la existencia de “razonables dudas” sobre la imparcialidad y la idoneidad ética de Oestmann, quien actualmente enfrenta procesamientos y causas elevadas a juicio oral por delitos de gravedad vinculados a la función pública.

Oestmann está siendo investigado por supuesto fraude en perjuicio de la administración pública, abuso de autoridad, malversación de caudales públicos, asociación ilícita, amenazas y coacciones, entre otros. Todo es en el marco de su cargo como rector de la Universidad de Chaco Austral.

Su designación conforma un serio conflicto de intereses con el Ministerio Público Fiscal, ya que sus integrantes deberán actuar en procesos donde Oestmann está imputado, según denunció la Asociación.

Los argumentos de la carta

La carta, fechada este 10 de septiembre, enumera las diversas causas en las que Oestmann está procesado y a la espera de debate oral y público. Según la presentación, “algunas de estas imputaciones han sido confirmadas por la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia, encontrándose las actuaciones radicadas ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal a la espera de fecha de debate oral y público”.

Eduardo Casal, Procurador General de
Eduardo Casal, Procurador General de la Nación

El planteo de la Asociación de Fiscales se apoya en dos ejes centrales. Por un lado, la entidad advierte que, más allá del principio de inocencia que ampara a Oestmann, la situación procesal del designado genera “razonables dudas” acerca de que “pueda desempeñarse con la idoneidad ética y sobre todo con la imparcialidad necesaria para un cargo de tal trascendencia institucional”.

Por otro, señala un conflicto de intereses de carácter estructural: “su designación conforma un serio conflicto de intereses con el Ministerio Público Fiscal, ya que algunos de sus integrantes son precisamente quienes deberán continuar con las investigaciones y actuar en procesos donde el mencionado se encuentra imputado”.

El Tribunal de Enjuiciamiento de Fiscales es el órgano encargado de juzgar la conducta de los fiscales federales y nacionales, y su integración requiere, según la ley, representantes de distintos sectores, entre ellos las universidades nacionales.

La Asociación de Fiscales sostiene que la incorporación de Oestmann al jury sería “a todas luces inoficiosa”, ya que “se impone una recusación genérica para todos los procesos en donde se analicen las tareas de los fiscales”. En otras palabras, la presencia de un integrante con causas penales abiertas y confirmadas en instancias superiores obligaría a apartarlo de cualquier intervención, vaciando de contenido su designación.

El documento enfatiza que la elección de Oestmann, lejos de fortalecer la legitimidad del sistema de control disciplinario, “resulta contraria a los principios de transparencia institucional, poniendo en riesgo la independencia que requieren los fiscales para cumplir con su mandato legal”. La Asociación advierte, además, sobre el impacto institucional de la designación, al señalar que podría interpretarse como un intento de “amedrentamiento a la libertad en la actuación de los fiscales”.

Por todo lo expuesto, la Asociación de Fiscales y Funcionarios del Ministerio Público Fiscal de la Nación solicitó al procurador general que “se deje sin efecto dicha designación, y consecuentemente no se le reciba juramento”.

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