
La Corte Suprema rechazó un planteo y, de esta forma, quedó firme la condena a ocho años de prisión impuesta a una policía por explotación sexual de mujeres en el partido bonaerense de Lomas de Zamora.
Se trata de Claudia Yamila Ferrando, quien junto a otros cinco policías bonaerenses y siete civiles integraron una organización que explotaba sexualmente a mujeres cis y transgénero que ejercían la prostitución en la zona de la Ruta Provincial N° 4, en Camino de Cintura.
Los hechos ocurrieron entre febrero de 2015 y el 10 marzo de 2017, con la victimización de 19 mujeres. En la causa se probó que Ferrando fue responsable de la explotación desde el 8 de marzo de 2016, cuando fue designada jefa del gabinete de prevención durante la gestión del comisario Nicolás Breglia, y que su función era llevar el control de la recaudación del dinero de la explotación.
También se acreditó que la mujer tuvo ilegítimamente en su poder un revólver color plateado con empuñadura encintada de color negro, con tambor con capacidad para cinco municiones, sin marca visible y con numeración en la base de la empuñadura 501; una carabina 22 largo serie N° 59349 y 349 gramos de clorhidrato de cocaína, fraccionados en casi seiscientos envoltorios.
La investigación
El 20 de abril de 2023 el Tribunal Oral en lo Criminal Federal número 1 de La Plata condenó a Ferrando a la pena de ocho años de prisión, multa, inhabilitación especial para ejercer un cargo público por el plazo de diez años, más la obligación de realizar un curso sobre capacitación y sensibilización en género y violencia. El Tribunal la consideró coautora del delito de explotación sexual agravado por el abuso de una situación de vulnerabilidad y por haber sido cometido en su carácter de funcionaria policial, entre otros delitos.
Durante el juicio oral y público pudo comprobarse que la explotación funcionó bajo el dominio del personal policial con capacidad de mando de la dependencia, quienes con la cobertura e impunidad derivada de sus cargos, se beneficiaron económicamente a través del canon diario que les exigían a cada una de las personas en situación de prostitución en el lugar. Además de exigir el pago de un precio, les indicaban dónde debían ubicarse a los fines de ejercer la prostitución.
Contra esa decisión, la defensa de Ferrando presentó un recurso de casación que fue rechazado por la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal. Posteriormente, presentó un recurso extraordinario que fue declarado inadmisible por la Cámara de Casación.

Finalmente, tras la presentación de un recurso de queja, el caso llegó a la Corte que, con la firma de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, desestimó el planteo. De esta manera, la condena quedó firme.
En el marco del mismo caso, la Corte también rechazó el planteo de Patricio Kearney Herrera, otro de los policías involucrados en los hechos, quien fue condenado a seis años de prisión, multa, inhabilitación especial para ejercer un cargo público por el plazo de diez años, por tenencia simple de armas de fuego de uso civil y armas de guerra sin la debida autorización.
La defensa de Kearney Herrera apeló esa decisión hasta llegar a la Corte que, con la firma de Rosatti, Rosenkrantz y Lorenzetti, rechazó el planteo. De esta forma, su condena también quedó firme.
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