
La Cámara Federal de Casación confirmó las condenas de hasta cinco años y seis meses de prisión contra dos hombres, un tío y su sobrino, imputados por conformar una asociación ilícita dedicada a recibir agroquímicos robados para luego adulterarlos y venderlos modificando su fecha de vencimiento para ocultar su verdadera caducidad.
Se trata de José Alberto Albín y su sobrino Rodrigo Albín Martín, a quienes el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°2 (TOCF) de Córdoba encontró culpables de asociarse con el fin de cometer delitos vinculados con el uso indebido de marcas registradas y comercialización de pesticidas vencidos y adulterados. En el proceso también estuvo involucrado Dante Atamacio Albín, hermano de José Alberto y padre de Rodrigo, quien falleció antes de iniciado el juicio oral.
Según tuvo por comprobado la jueza María Noel Costa, a cargo del TOFC que dictó sentencia el 29 de octubre pasado, la causa tuvo su origen en mayo de 2020 como consecuencia de una serie de delitos rurales que venían aconteciendo en la zona de Bell Ville, en el sudeste de la provincia mediterránea. Esa situación provocó diferentes investigaciones que llevaron a analizar la posible participación de José Alberto Albín, alias “Cochelo”, ya que contaba con antecedentes de robo de agroquímicos en el año 2015.
Los avances de la pesquisa derivaron en un allanamiento de un galpón de la calle San Luis de la localidad de Bell Ville, alquilado entonces por Dante Atamacio Albín (fallecido en junio de 2023). En esa diligencia, las autoridades registraron un depósito con herbicidas vencidos de marcas “Spider”, “Dasen Herbicide”, “Nativo”, “Cripton”, “Philagro”, “Sulfentrasone” y “Zurco”, entre otras firmas con etiquetas modificadas.

También encontraron planchas y selladoras, balanza digital, una hormigonera con restos de herbicidas en su interior, bolsas de embalar, cajas para almacenamiento, más de 1.300 bidones de distinta capacidad, un pallet de cajas para armar y dos tachos de 200 litros cada uno con productos granulados, entre otros objetos que sirvieron para dar cuenta de los delitos.
Tras los hallazgos de la justicia local, que después se declaró incompetente y remitió el caso a la órbita federal, se procedió al secuestro de los celulares de los tres familiares sospechados, que terminarían aportando las piezas centrales de la acusación.
Así las cosas, a través de las escuchas telefónicas, informes periciales y declaraciones testimoniales, la jueza consideró que los tres imputados conformaban una banda que llevaba a cabo actividades ilegales de manera organizada y con roles bien definidos.
Dante Atamacio Albín se encargaba de la provisión y acondicionamiento de los productos químicos robados, que adulteraba y fraccionaba, modificando también sus respectivas fechas de caducidad. Su hermano “Cochelo” se ocupaba, en tanto, de vender ese material en los campos de alrededor. Y Rodrigo Albín Martín, por su parte, ejecutaba la pata logística por medio de sus sociedades “Arreos del Oeste SRL” y “Zona Austral SAS”.
Bajo esos términos, el TOCF 2 cordobés, compuesto de modo unipersonal, al pronunciar su veredicto condenó al mayor de los dos imputados a cinco años y seis meses de cárcel, mientras que su sobrino recibió una pena de tres años de prisión de ejecución condicional. Ambos, además, obtuvieron una multa de 3 millones de pesos a pagar de manera solidaria.

Según explicó la jueza, los imputados “eran miembros de una asociación ilícita, que se dedicaba de manera permanente y habitual a recibir productos agroquímicos sin importar la procedencia de los mismos y sin encontrarse habilitados para ello, para luego de un proceso de adulteración y/o fraccionamiento colocarlos nuevamente en el mercado de compra y venta y así obtener un beneficio económico. Dicha situación era conocida por todos los integrantes y todos aportaban y contribuían a su desarrollo, ya sea adquiriendo y preparando los productos, organizando la logística, administración y proveyendo elementos como bidones para su desenvolvimiento o bien procediendo a la comercialización de los mismos a los fines de obtener una ganancia”.
Contra esa resolución, las defensas interpusieron sus respectivos planteos con el fin de llevar el expediente hasta la Sala IV de la Cámara Federal de Casación, integrada por los jueces Mariano Borinsky, Javier Carbajo y Gustavo Hornos.
En esa instancia, el camarista Hornos se encargó de liderar el acuerdo en un voto que analizó y desestimó los diversos agravios invocados por los defensores, ponderando en simultáneo los distintos elementos de prueba que utilizó el tribunal de juicio para fundamentar su resolución.
En un pasaje de la sentencia a la que tuvo acceso Infobae, el juez Hornos afirmó: “Dante Atamacio Albín no contaba con habilitación para el trabajo que se llevaba adelante en ese galpón ni tenía ningún tipo de recibo de compra de los efectos encontrados en el allanamiento. Es dable colegir que aquellos provenían de los robos rurales que se encontraban sucediendo en la zona; y ello tanto más cuando se tiene en consideración la conversación mantenida entre Rodrigo Albín Martín y José Alberto Martín que surge del informe efectuado a partir de la apertura del teléfono de este último“.

A su vez, remarcó: “En ese sentido, se asentó que existía una conversación ‘…de fecha 17/02/20, donde hablan de ’negocios‘, ’pagos en cheques por esos negocios‘, ’agroquímicos‘, resultando ante los audios enviados por José Albín, las respuestas del usuario ’jajaja sos de terror‘; ’se habían choreado 500 litros de coragen‘; ’re barato’; ‘eso valía como 6 palos‘; ’mal muy barato lo quemó‘”.
Y concluyó: “En función de lo dicho, resulta clara que la banda detectada en este expediente se dedicaba a receptar productos agropecuarios obtenidos ilícitamente y que en esa tarea de encubrimiento también intervenía José Alberto Albín. Más aún, de lo expuesto se colige que tal receptación era llevada adelante con el fin de obtener un rédito económico a través de ventas ulteriores (...) y que ello lo hacían con habitualidad".
A su término, el magistrado Carbajo adhirió a la propuesta de su colega para rechazar los dos recursos casatorios. El juez Borinsky compartió también la misma solución, en línea con el fiscal Raúl Pleé.
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