Condenan a un productor agrícola por trata de personas y explotación laboral en Neuquén

El imputado, oriundo de Bolivia, fue hallado culpable de captar, acoger y someter a trabajo esclavo en una chacra de horticultura, y durante más de un año, a al menos siete víctimas, entre las cuales había tres menores

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Un productor de hortalizas deberá
Un productor de hortalizas deberá recompensar a siete víctimas explotación laboral, a quienes sometió a trabajo esclavo durante más de un año (Foto ilustrativa: EFE / Luis Torres)

En un expediente que tramitó, según el juez de la causa, “un problema eminentemente cultural”, un productor agrario de nacionalidad boliviana deberá indemnizar a siete víctimas de explotación laboral, a quienes sometió a trabajo esclavo durante más de un año en una chacra de la provincia de Neuquén.

La resolución la adoptó el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Neuquén, a cargo del juez Alejandro Cabral, encargado de analizar el acuerdo de “reparación integral” alcanzado entre la Defensoría Pública de las Víctimas, la fiscalía y el propio imputado Fidel Quispe Condori, de 59 años.

De acuerdo a las actuaciones, Quispe Condori fue acusado de haber captado, acogido y explotado mediante “engaño” y “aprovechamiento” de la vulnerabilidad de las víctimas, a un grupo familiar oriundo de la ciudad de Villazón, Bolivia, compuesto por tres adultos y tres adolescentes, y a una ciudadana argentina madre de una menor de dos años.

El acta de acuerdo homologado por el juez reseñó que Fidel Quispe Condori les realizó una oferta de alojamiento y trabajo a los damnificados para realizar “tareas rurales” dentro de la “Chacra Vannicola”, dedicada a la producción de hortalizas y ubicada sobre la calle 8 de la ciudad neuquina de Centenario, a unos 1,5 km de distancia desde la ruta provincial 7.

Imagen del paso fronterizo entre
Imagen del paso fronterizo entre Villazón -Bolivia- y La Quiaca -Argentina- (Foto: Real Politik)

Como las siete las víctimas residían en Villazón, el imputado les prometió costear sus pasajes desde San Salvador de Jujuy hasta la chacra en cuestión, sin embargo, cuando llegaron a la capital jujeña, el hombre dejó de contestarles los llamados. Así fue que decidieron pagarse un ómnibus hasta Buenos Aires, donde Quispe Condori retomó contacto y les cubrió el viaje hasta Cinco Saltos, en Río Negro, donde el 8 de agosto de 2019 recogió a todos en una camioneta Hilux roja.

Desde entonces, y hasta el 25 de febrero de 2021, el acusado los albergó en la chacra de horticultura con “fines de explotación laboral” y para “beneficio propio”.

Según precisó el fallo, la explotación laboral “se configuró a partir de las condiciones de habitación, vida y trabajo de todo el grupo familiar (trabajo no registrado, encuadrado fraudulentamente bajo la figura engañosa y abusiva de ‘mediero’, sin provisión de ropa y herramientas, sin beneficios sociales y de asistencia, etc.), sumado al escaso salario abonado, muy por debajo del salario mínimo vital y móvil y, de lo regulado por el convenio colectivo de trabajo para la actividad que desarrollaban”.

Al productor rural, además, se le endilgó el hecho de “haber facilitado la permanencia ilegal” de los ciudadanos bolivianos “en el territorio de la República Argentina”.

La investigación se inició a partir de un llamado telefónico realizado el 23 de febrero de 2021 a la Fiscalía Federal N° 2. En esa oportunidad, un representante del Sindicato de Trabajadores Rurales manifestó que se encontraba en una oficina de la Unión Argentina de Trabajadores Rurales y Estibadores con dos de las víctimas, quienes le contaron que se encontraban “en situación de explotación” junto “con otras 8 o 10 personas, entre los que también habría niños menores de edad”, señaló la resolución del juez.

El imputado fue imputado por
El imputado fue imputado por captación, acogimiento y explotación de al menos siete damnificados, entre los cuales había tres menores (Foto ilustrativa: EFE/Jeffrey Arguedas)

La denuncia activó una serie de diligencias por parte del Ministerio Público Fiscal, que entre otras medidas, dispuso el allanamiento del predio. También impulsó la intervención del Programa Nacional de Rescate y del Centro de Asistencia a las Víctimas.

Así las cosas, tras un proceso que duró cuatro años, la fiscal Luisina Tiscornia, el defensor público de Víctimas, Pedro Pugliese, y el abogado del imputado, Pablo Repetto, presentaron ante el tribunal un acuerdo económico para evitar la instancia de juicio oral, en línea con lo pedido por las víctimas, quienes no querían que el productor agrario fuera a la cárcel, pero sí esperaban una reparación patrimonial.

Antes de homologar el trato, y en el marco de una audiencia celebrada a fines de febrero, el juez le otorgó la palabra a Quispe Condori para que se expresara respecto a su caso. Allí comentó que su familia estaba “preocupada” y que él sentía que no había “obrado mal”. Luego, el magistrado le explicó que “la legislación argentina referida a la faz laboral es más exigente en relación a Bolivia respecto de los requisitos y las condiciones en las que se debe tener a los trabajadores”. Y remarcó: “Esto puede dar lugar a delitos penales como el que se le acusa”.

Con todo, al momento de validar el acuerdo, cuya fecha de firma fue este miércoles, el titular del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Neuquén señaló: “El delito por el cual viene acusado el Sr. Quispe Condori es grave y se enmarca dentro de los delitos de trata de personas, en particular trata laboral. La legislación argentina, cuando se refiere a estos delitos, los asimila a la esclavitud, y la pregunta que tenemos que hacernos es en relación a la agravación de este tipo de delitos, la que se da justamente por la situación de vulnerabilidad de las víctimas (...)“.

La chacra, ubicada en la
La chacra, ubicada en la ciudad neuquina de Centenario, resultó un albergue para los trabajadores rurales (Foto ilustrativa: EFE/Jeffrey Arguedas)

En el presente caso hay un problema eminentemente cultural”, afirmó el magistrado, y explicó: “El Sr. Quispe es boliviano, donde las condiciones laborales son absolutamente distintas a las que rigen en este país, tan es así que tanto victimario como víctimas, no se sienten como tales y tienen una concepción absolutamente distinta a la legislada en la República Argentina. No tienen la misma concepción en cuanto a los derechos laborales, a la explotación laboral y a la precarización laboral".

El juez resaltó que el imputado desde el inicio de la causa sostuvo que “desconocía que en este país no se podía realizar lo que hizo al contratar a estas personas” y que consideraba que no había cometido “ningún delito”. Y subrayó: “Tampoco las víctimas tienen conciencia de que el imputado haya cometido un delito y es más, ninguno quiere que el imputado vaya preso”.

Luego añadió: “Cabe destacar que las víctimas que aceptaron la representación, lo hicieron por la sola reparación económica, e incluso una de ellas -la octava- aún hoy dice no ser víctima de nada y que entiende que no está bien acusar al Sr. Quispe. Ninguna de ellas quiso pena de prisión para Quispe Condori, en todo caso siempre quisieron una reparación económica. En este contexto, no puedo dejar de ponderar todas estas circunstancias a la hora de homologar el acuerdo de reparación integral del daño al que han arribado las partes".

Para concluir, el juez se alineó con la postura de la fiscalía, que en su alocución dijo que el Estado había expropiado “el conflicto de las partes” para quedárselo él. “En este aspecto -expresó Cabral-, dando curso a este tipo de medidas alternativas -como la de una reparación integral-, lo que se hace es devolver nuevamente el conflicto a las partes para que entre ellas traten de resolverlos y el Estado, en todo caso, lo que puede hacer es avalar la solución a la que arriban (...)“.

De esa manera, el tribunal aceptó el acuerdo mediante el cual el imputado deberá abonar $12.600.000 entre las siete víctimas que aceptaron la compensación, correspondiéndole a cada una $1.800.000. El pago tendrá que efectuarse en una única cuota dentro de los diez días hábiles de quedar firme la resolución, y depositarse en una cuenta judicial del Banco Nación.

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