Un joven de la ciudad de San Juan seguirá detenido en la cárcel que administra el Servicio Penitenciario de esa provincia tras incumplir las reglas que la Justicia le había impuesto. El imputado fue beneficiado con el permiso de prisión domiciliaria para cuidar a su padre cuadripléjico y asistir a su abuela de 74 años, pero lejos de quedarse en su casa para aguardar un juicio en ciernes en su contra, salió de madrugada sin autorización y protagonizó una persecución policial al fugarse de un control de alcoholemia, que luego le daría un resultado de alcohol en sangre cinco veces más de lo permitido.
Así lo decidió este jueves el Tribunal Oral Federal (TOF) de San Juan en una resolución que llevó la firma de la jueza de cámara Eliana Beatriz Ratta Rivas, encargada de resolver el pedido del defensor del joven S.M. para revocar la decisión que dejó sin efecto el beneficio procesal otorgado a su cliente el 16 de agosto del año pasado.
En esa oportunidad, el juez de instrucción le había fijado una serie de pautas de conducta para poder ir a ayudar a su padre, de 49 años y con cuadriplejía, y a acompañar a su abuela paterna dentro del perímetro de su domicilio: a) la promesa de someterse al procedimiento penal y de no obstaculizar la investigación; b) la obligación de someterse al cuidado de un guardador o una guardadora; c) la prohibición de salir sin permiso previo del ámbito territorial de la provincia de San Juan y d) la colocación de una tobillera electrónica para monitoreo.
Pero ese beneficio quedó revocado por el mismo magistrado el 26 de noviembre luego de que la Comisaría Vigesimoctava de la ciudad puntana de Rivadavia le informara que S.M. había quebrantado su prisión domiciliaria sin ningún tipo de autorización para protagonizar un hecho insólito. Así lo reseñó la jueza del TOF: “En efecto, ante tal novedad el juez dispuso la revocación del régimen morigerado, por entender que el detenido (...) violó las restricciones impuestas oportunamente por esa judicatura, habiendo sido aprehendido en la vía pública y contando con nueva causa penal provincial en su contra por la presunta comisión de los delitos resistencia a la autoridad y lesiones leves contra personal de la policía”.
El 22 de noviembre pasado, alrededor de las 4:40 de la madrugada, personal de la Comisaría 34° de Rivadavia estaba apostado en un control vehicular sobre la Ruta Nacional 12 cuando S.M., arriba de un Volkswagen Gol Trend negro a gran velocidad, apareció realizando maniobras peligrosas, se negó a frenar y salió a la fuga. Los efectivos lograron detenerlo y detectaron que tenía aliento etílico y que no contaba ni con licencia de conducir ni con seguro de auto. Los agentes le comentaron, entonces, que el auto quedaría retenido, por lo que el joven decidió huir lesionando antes a un oficial con un golpe de puerta, según relató el medio local Diario Huarpe.
Allí comenzó otra persecución policial que terminó cuando el imputado chocó contra un árbol en la intersección de las calles Ignacio de la Roza y Nuche, en la capital de San Luis. El test de alcoholemia le dio 2,5 g/l de alcohol en sangre, es decir, una graduación alcohólica cinco veces mayor a la permitida para manejar. Así, el joven quedó en manos del Servicio Penitenciario Provincial y, a su vez, la justicia local le inició un proceso sumarísimo por resistencia a la autoridad y lesiones leves contra personal de la policía provincial.
Revocada la prisión domiciliaria, el 20 de diciembre el abogado defensor solicitó -ya ante el Tribunal Oral Federal de San Luis- que se “reconsidere” esa decisión “teniendo en cuenta que el Sr. Juez de Flagrancia le concedió el beneficio”. Sin embargo, el Ministerio Público Fiscal se opuso tras considerar que S.M. “incumplió las reglas de concesión del beneficio oportunamente otorgado” y, al ausentarse sin permiso de su casa, dejó de “hacerse cargo del cuidado de su padre y de colaborar con su abuela, circunstancias en virtud de las cuales se le había otorgado el beneficio de prisión domiciliaria”.
Así las cosas, la jueza Ratta Rivas se expidió este jueves en un fallo de cuatro páginas al que tuvo acceso Infobae, donde expresó: “Luego de un análisis pormenorizado de las constancias agregadas al incidente, estimo que corresponde mantener la detención de -S.M.- en el Servicio Penitenciario Provincial. Para así decidir, he valorado el informe interdisciplinario elaborado el 04/12/2024 por la Oficina de Medidas Alternativas ante el requerimiento del Juez de Flagrancia Dr. Carlos Lima. Dicho informe suscripto por el Dr. Alan Bawden (médico psiquiatra), Lic. Virginia Clevers (Trabajadora Social) y Lic. Natalia Carmona (Psicóloga), concluye: ‘Es relevante mencionar el posicionamiento subjetivo del joven ante las conductas de consumo, evidenciando minimización y naturalización del mismo‘“.
Además, dicho informe señala: “Teniendo en cuenta lo solicitado y ante la falta de antecedentes de consulta psicológica o psiquiátrica respecto de su situación de consumo, es relevante mencionar que estas conductas son consideradas de riesgo (por tratarse de situaciones de excesos en cuanto al consumo de alcohol o sustancias psicoactivas) las cuales de no ser abordadas profesionalmente, podrían interferir u obstaculizar, entre otras cosas, el rol de cuidado y sostén que el joven refiere asumir dentro de su grupo familiar”.
Con el diagnóstico de los profesionales intervinientes, más la reseña de los hechos que llevaron de vuelta al joven tras las rejas, la jueza consideró que el imputado no estaba “en condiciones de brindar el cuidado y sostén que requieren su padre y su abuela, que fuera el fundamento para conceder, otrora, el régimen morigerado de detención“. Y cerró: ”de hecho, ha dado muestras de no poder respetar las reglas de conducta impuestas oportunamente y del informe se desprende que el posicionamiento del encartado frente a conductas de consumo de sustancias psicoactivas y alcohol, pueden obstaculizar el rol que pretende ejercer“.