La provincia de Buenos Aires reclamó ante la Corte Suprema por la quita del Fondo de Fortalecimiento Fiscal

El gobierno de Axel Kicillof inició en el máximo tribunal una acción declarativa de inconstitucionalidad contra la decisión de Javier Milei que calificó de “arbitraria”. Se trata del fondo que se financiaba con la quita de coparticipación a CABA

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Javier Milei y Axel Kicillof
Javier Milei y Axel Kicillof

El gobierno de la provincia de Buenos Aires, a cargo de Axel Kicillof, inició en la Corte Suprema de Justicia de la Nación una acción declarativa de inconstitucionalidad para que el máximo tribual le ordene al gobierno de Javier Milei que dé marcha atrás con su decisión de quitarle el Fondo de Fortalecimiento Fiscal mediante un decreto que se publicó este lunes.

La causa fue iniciada con una presentación que hizo el fiscal de estado de la provincia, Hernán Gómez, en la que calificó a la decisión del gobierno nacional de “arbitraria e inconstitucional” ya que eliminó un fondo que tiene como objetivo “sostener el normal funcionamiento de las finanzas de la Provincia”.

La causa quedó radicada en la secretaría de juicios originarios del máximo tribunal bajo el número 256, informaron a Infobae fuentes judiciales.

Previo al dictado de la inconstitucionalidad del decreto, el gobierno bonaerense le solicitó a la Corte Suprema de Justicia de la Nación que dicte una medida cautelar para que se le ordene a la administración que abone los saldos que adeuda por el fondo de noviembre y diciembre de 2023 y de enero y febrero de este años y que en los próximos meses continúe con el envío del dinero. El gobierno le informó a la Corte Suprema que los fondos no pagados son 88.799 millones de pesos.

“Estamos ante un presidente que ha decidido reconfigurar un Estado. Se roba los recursos de las provincias. Para ser claros con esto: no son recursos ni de un gobernador ni de un gobierno, son del pueblo de la provincia de Buenos Aires”, dijo Kicillof el lunes en una conferencia de prensa que convocó junto a la vicegobernadora, Verónica Magario, para rechazar la decisión del gobierno nacional.

El gobernador había anticipado que recurriría a la Justicia y dijo sobre la eliminación del Fondo para el Fortalecimiento Fiscal que había gestiones previas para darle continuidad al envío de recursos y que la decisión del gobierno nacional fue intempestiva. “Estaba dentro del presupuesto y fue prorrogado. El propio Gobierno le asignó fondos en enero. Es equiparable a otras acciones. Como ocurrió con otros fondos (en alusión al caso Chubut), tuvimos reuniones con el secretario de Hacienda, quien le envió las deudas con respecto a este fondo y a otros que han cortado. Hace dos semanas le remitimos esta documentación al ministro Caputo, y ante la falta de respuesta de las deudas y ejecuciones, se le envió formalmente una nota reclamando estos fondos”, sostuvo Kicillof.

Los jueces de la Corte
Los jueces de la Corte Suprema de Justicia

El fondo había sido creado durante el gobierno de Alberto Fernández, en medio de la pandemia, con recursos obtenidos a partir de la quita a CABA de un porcentaje de los fondos correspondientes a la coparticipación federal.

En el decreto que elimina el fondo, el gobierno nacional argumentó que “la severidad de la crisis pone en riesgo la subsistencia misma de la organización social, jurídica y política constituida, afectando su normal desarrollo en procura del bien común”. A su vez, reiteró que “ninguna otra administración nacional ha recibido una herencia institucional, económica y social tan crítica como la que recibió la actual, por lo que es imprescindible adoptar medidas que permitan superar la situación de emergencia creada por las excepcionales condiciones económicas y sociales que la Nación padece, especialmente como consecuencia de un conjunto de decisiones intervencionistas”.

“El mencionado Fondo de Fortalecimiento Fiscal de la Provincia de Buenos Aires, afectó los intereses generales de la Nación en su conjunto, privando al Estado Nacional de recursos necesarios para el ordenamiento de las cuentas públicas, por lo que resulta necesario derogar el artículo 4° del Decreto N° 735 del 9 de septiembre de 2020″, agrega el decreto.

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