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El presidente de la DAIA
El presidente de la DAIA Jorge Knoblovits: la delegación israelíta intervino en una denuncia por discriminación (Crédito: Luciano González)

En el marco de un expediente de familia, en donde se dirime el cuidado parental de tres menores, uno de los progenitores requirió la intervención de la Delegación de Asociaciones Israelitas Argentinas (DAIA) tras sentirse agraviado en su condición de judío por distintas presentaciones del abogado de la contraparte, quien lo acusó de llevar adelante conductas asociadas con Adolf Hitler y Joseph Goebbels en la crianza de sus hijos.

La presentación de la DAIA se concretó en el marco de un sumario abierto ante la Sala III del Tribunal de Disciplina del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal, adonde Gustavo Bernstein, padre de tres menores de 13, 11 y 9 años, por cuyo cuidado exclusivo se inició una disputa legal en 2020 con su exmujer, presentó una denuncia por discriminación religiosa contra el abogado que la representa en dicho expediente. “Se trata de expresiones antisemitas en una causa de familia en trámite ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil n.º 4″, comentó a Infobae el denunciante.

“El letrado se presentó, aludiendo a mi condición de judío, y en presentaciones plagadas de agresiones hace alusiones nazis e introduce la figura de Adolf Hitler para homologarla recurrentemente a mi condición y luego a la de Joseph Goebbels, para aludir finalmente a Mengele invocando experimentos raciales con mis hijos”. En rigor, el abogado denunciado, actuando como letrado apoderado de la expareja de Bernstein, acusó al progenitor en uno de sus escritos procesales de realizar con sus hijos un “ensayo goebbeliano”.

Luego, al endilgarle una conducta de alienación parental para con los menores, redactó: “Bernstein ‘miente, miente’, pues sabe que, como dijo su ejemplo en esto de mentir y mentirAdolf Hitler: ‘algo queda’”. Ante estas manifestaciones, Bernstein se presentó ante el Juzgado en lo Civil n.º 4 porteño, a cargo de la jueza Mariana Kanefsck, y solicitó la imposición de “sanciones ejemplares”.

En un documento al que tuvo acceso Infobae consignó: “Como consta en autos, el suscrito profesa la fe judía y además está orgulloso de ser descendiente del pueblo hebreo, pertenecer a su tradición, y dialogar desde la misma con las múltiples tradiciones culturales que enriquecen nuestra Nación. Y tal es la noción ecuménica que me esmero en transmitir a mis hijos”.

“No obstante, -continuó su presentación- la actora, además de incurrir en recurrentes agravios de toda índole contra el suscrito, que van desde injurias y difamaciones hasta la imputación de infamantes delitos de orden público (...) ahora también, ante la pasividad jurisdiccional, se regodea en reiterar ofensas discriminatorias que banalizan y frivolizan la memoria del Holocausto y los crímenes perpetrados por el nazismo, homologando el actuar del suscrito con el de un genocida de lesa humanidad y su más conspicuo ideólogo”. Y precisó: “Si ya en su presentación de fecha 9/9/22 en autos conexos caracterizaba mi accionar paterno con la figura de Adolf Hitler, para quien no alcanzan los calificativos de repudio, ahora homologa mi conducta ante mis hijos a la de Joseph Goebbels, ideólogo de la discriminación racial que propició el genocidio de los judíos y uno de los principales instigadores de actos antisemitas durante el régimen nazi, quien además se tornó célebre precisamente por haber matado a sus seis hijos en un acto de crueldad final”.

“Si no hay justificación alguna para proferir improperios en un estrado de la nación, mucho menos la hay para la promoción de retóricas discriminatorias sustentadas en el odio a causa de la raza o religión, invocando frívolamente a quienes perpetraron el mayor y más atroz genocidio étnico, racial y religioso del siglo XX”, aseveró Bernstein, para luego reclamar sanciones contra el abogado de la contraparte. Al momento de decidir, la jueza Kanefsck consideró que no correspondía imponer una sanción específica en el marco del expediente de familia, ya que hacerlo podría “crear motivos de mayor inquina y tornaría más irreductibles aún las posturas enfrentadas”. En esa línea, dijo: “La acumulación de agravios y sanciones entre los progenitores alejarían la posibilidad de lograr mínimos acuerdos entre ellos en beneficio de sus hijos, cuyo interés superior le corresponde tutelar a la judicatura en la materia”.

El palacio de Tribunales porteño
El palacio de Tribunales porteño (Foto NA: Hugo Villalobos)

Ante la negativa de la magistrada, el padre de los menores acudió al Colegio Público de Abogados de la Capital Federal, donde se labró la causa n.° 33162 en el Tribunal de Disciplina. En ese expediente fue que se presentó la DAIA por medio de una nota firmada por su presidente Jorge Knoblovits y su secretario general, Alejandro Zuchowicki.

“Nos dirigimos a V. E. a fin de poner en su conocimiento que hemos sido anoticiados de la existencia de la Causa n.° 33162 en la que se seguiría el accionar del letrado (...) Sacheri. Según se nos ha manifestado, dicho letrado tendría conocimiento de la religión que profesa el Sr. Gustavo Bernstein, y habría hecho alusiones a los nazis, banalizando el Holocausto. Asimismo, habría vinculado a Bernstein con la figura de Hitler y lo habría comparado con Goebbels”, expresó en sus partes más salientes la delegación israelita.

Luego concluyó: “Banalizar el Holocausto a sabiendas de que la persona a quien son dirigidos esos comentarios es judía, es un acto antisemita que viola la ley antidiscriminatoria vigente en nuestro país. La DAIA, en su carácter de entidad representativa de la comunidad judía argentina, tiene como misión luchar contra todo tipo de actitud discriminatoria, legalmente avalada por la ley 23.592, que pena dichas conductas. Por tal motivo, agradeceríamos tengan bien, en caso de corresponder, tomar las medidas que estimen necesarias para la resolución del presente caso”. La causa en el Tribunal de Disciplina sigue su curso. Según la reglamentación vigente, el Colegio de Abogados puede imponer apercibimientos por escrito, multas pecuniarias, suspensión del ejercicio de la abogacía y expulsión de la institución.

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