
La causa que analiza el enriquecimiento ilícito del fallecido juez federal Norberto Oyarbide seguirá abierta. Así lo resolvió, en una decisión dividida, la Cámara Federal porteña que rechazó los planteos que había adelantado Infobae hace dos semanas: el viudo del magistrado y sus supuestos testaferros reclaman cerrar el expediente porque con la muerte del involucrado no se había podido completar el proceso que puso en la mira sus bienes. Así ,el único que como funcionario público podía cometer enriquecimiento ilícito era el juez. Esa interpretación fue desechada por el tribunal, que ordenó profundizar la investigación.
Cuando todavía era juez federal, antes de presentar su renuncia para jubilarse en 2016, Norberto Oyarbide fue denunciado por su “majestuoso pasar” y su “lujosa vida” que chocaba, dijo el fiscal José María Campagnoli, con su único ingreso como magistrado. En esa denuncia se apuntó a los bienes y las sociedades en las que intervenía la pareja de Oyarbide, Claudio Blanco, y también uno de los hombres de su entorno, Ariel Roperti, señalado como el arquitecto financiero del juez, junto a otros tres imputados. La ex pareja de Roperti fue uno de los testimonios que engordaron la acusación, dando detalles de los viajes, los gastos y las inversiones de su ex pareja y del magistrado, al que había conocido en el restaurante Mirasoles.
Tras corroborar los términos de la denuncia y las primeras diligencias, el fallecido fiscal Jorge Di Lello entendió que “se encontraba debidamente acreditado que el ex Juez Norberto Mario Oyarbide había tenido un incremento patrimonial apreciable, formuló el correspondiente requerimiento de justificación” de bienes por parte de Norberto Mario Oyarbide, Claudio María Blanco y Ariel Osvaldo Roperti. Esto ocurrió en 2018. Pero ni Oyarbide ni los otros respondieron. El juez murió el 1 de septiembre del 2021. Tenía 70 años.
La defensa de Roperti, hasta hace unos días representado por el abogado Mariano Cúneo Libarona, reclamó el cierre de la causa. Habló de la inexistencia de delito en torno a su cliente. Sostuvo que el único que podía ser investigado por enriquecimiento ilícito era un funcionario público, tras subrayar que, además, su nivel patrimonial no era desmedido. Las defensas de Blanco y de Ariel Feuer, uno de los integrantes de las sociedades investigadas, adhirieron al planteo.

El juez Ariel Lijo rechazó el pedido, justificado en el fallo de Casación en la investigación que llevó preso y condenó al ex secretario de la Obra Pública José López por enriquecimiento ilícito. Y ahora la Cámara Federal, con el voto de los jueces Pablo Bertuzzi y Mariano Llorens, ratificó la decisión.
“El estadio que transita el sumario y la valoración de distintos hechos y pruebas que reclaman las defensas, justamente, rivalizan con un escenario que sea compatible con el éxito de sus pretensiones y conminan a la prosecución de la causa para su eventual ponderación en el marco de la senda que se viene siguiendo hasta el momento”, sostuvo el fallo al que accedió Infobae. Para los jueces, el análisis sobre el valor de los bienes e ingresos de los involucrados “demanda el desarrollo del proceso como instancia que no puede verse suprimida ni distorsionada mediante la salida anticipada que procuran” las defensas.
En minoría quedó el juez Leopoldo Bruglia, que entendió que había que hacer lugar a los planteos de las defensas por una cuestión técnica. “Sin perjuicio de los distintos planteos efectuados en sus presentaciones por las partes, la cuestión que se observa como dirimente y susceptible de abarcar en el marco de esta incidencia, radica en determinar si, extinguida la acción penal por fallecimiento respecto al ex juez Oyarbide, ésta puede continuar con relación a las personas sobre las cuales se sospecha que han actuado como ‘testaferros’ del nombrado. En este sentido, las particularidades que reviste este expediente, relacionadas con la complejidad y estructura típica del delito imputado, el estado incipiente de las actuaciones en cuanto a que no se ha podido avanzar en la corroboración del enriquecimiento ilícito por parte del autor debido a su fallecimiento y el específico marco fáctico en el cual se enmarca la imputación que recae sobre los partícipes, configura un escenario en el que se evidencia la imposibilidad de continuar el proceso respecto a estos últimos”.
Se descuenta que las defensas apelarán a Casación, mientras los investigadores buscarán profundizar el expediente, indicaron a Infobae fuentes judiciales.
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