![El gobernador de La Pampa,](https://www.infobae.com/resizer/v2/I5NR3KH2EJBZXKJVRW2APSD7B4.jpg?auth=1f762e8cbc36103ae2a5aad993004dea3ded4435971d5f16434ce2076dbdecc2&smart=true&width=350&height=197&quality=85)
La Corte Suprema de Justicia aprobó la liquidación del monto de la demanda que ganó La Pampa contra la Nación en un conflicto provocado por la retención de recursos coparticipables, según se informó este lunes oficialmente. La provincia había iniciado un juicio en 2007 a causa de un decreto del Poder Ejecutivo Nacional (PEN) que ordenó detraer el 1,9% de los fondos coparticipables de las provincias para diversos gastos de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). Tiempo después, la norma fue declarada inconstitucional por el máximo tribunal, quien ahora notificó al gobernador pampeano Sergio Ziliotto la aprobación de la planilla de liquidación para iniciar el proceso de cobro.
“La CSJN notificó a La Pampa la aprobación de la liquidación del monto de la demanda impuesta en 2007 por el entonces Gobernador Carlos Verna contra el Gobierno Nacional ante la inconstitucionalidad de la detracción de recursos coparticipables. Lo hicimos, lo seguiremos haciendo, seguiremos defendiendo La Pampa”, publicó el gobernador de La Pampa en la red social X, ex Twitter.
En ese mismo comentario, arrobó al dos veces gobernador de esa provincia, Carlos Verna, impulsor en 2007 de la demanda de inconstitucionalidad contra la Nación por el Decreto 1399/01 del PEN, que de forma unilateral ordenó la detracción del 1,9% de los fondos coparticipables de las provincias para derivar al reordenamiento y financiamiento de la AFIP.
![Tweet del gobernador de La](https://www.infobae.com/resizer/v2/6PIEMSK7KNDBHCWMZUWJL5EWXI.jpg?auth=04b82e968d5dfadb8568f90e00fe9a2de60be9347f33f2e03288d0cc276972f7&smart=true&width=350&height=156&quality=85)
El problema fue la unilateralidad de la decisión gubernamental: tales efectos debían acordarse por todas las provincias y el Estado Nacional según la ley de coparticipación federal de la Ley 23.548 y el Acuerdo Federal de 1992. De ese modo, la Corte Suprema resolvió el 6 de noviembre de 2018 declarar la inconstitucionalidad de una parte de aquel decreto impugnado -art. 1 inc. a y art. 4-, y así le impuso a la AFIP que se abstenga de retener el porcentaje de los fondos coparticipables en pugna.
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También condenó al Estado Nacional a “pagar a la Provincia de La Pampa la suma que resulte del cálculo de las cantidades detraídas en virtud del decreto 1399/2001, con más los intereses según la legislación que resulte aplicable”.
En esa sentencia, el Máximo Tribunal dispuso un plazo de 120 días para que las partes negociaran el tiempo y las formas de reintegro de las sumas adeudadas. Nunca pudieron ponerse de a acuerdo, frente a lo cual La Pampa elaboró una planilla de liquidación con un monto cierto que presentó ante la Corte en 2019, que al aprobarla se apoyó en casos análogos como el de las provincias de San Luis y Santa Fe.
![El ex gobernador de La](https://www.infobae.com/resizer/v2/IPH622OIMZGDROMC5W4MGCCR2Y.jpg?auth=f5dd4aacdbe6a1b66e6ebe25f1b5733d78d8974d39c87ffe49dd89b645aa8b4d&smart=true&width=350&height=197&quality=85)
En sintonía con el gobernador Ziliotto, Carlos Verna también comentó en Twitter: “Después de 16 años de reclamo, la Corte Suprema de Justicia de la Nación nos dio la razón. Es el resultado de una inclaudicable lucha por defender los recursos de La Pampa y los pampeanos. Gracias @ZiliottoSergio por seguir ese camino”.
La planilla de liquidación que aprobó la Corte Suprema tuvo sustento en un informe elaborado por la Comisión Federal de Impuestos, del cual surgen las sumas detraídas a La Pampa por la aplicación del decreto 1399/2001, desde abril de 2002 hasta noviembre de 2018.
Según El Diario de La Pampa, el monto retenido a esa fecha llegaba hasta los 4000 millones de pesos y el anuncio de la resolución de la Corte, que ocurrió el jueves pasado, no se habría hecho antes por una visita que hizo el presidente Alberto Fernández.
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