“Tengo casi medio millón y estaba yendo a la cueva”: Casación ordenó reabrir la causa contra un joven demorado en pandemia

Lo detuvo un retén policial cuando regía el aislamiento. El sospechoso, de 25 años, ya contaba con antecedentes por venta de drogas. La fiscalía lo investiga por lavado de activos

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El joven fue detenido en
El joven fue detenido en plena pandemia mientras llevaba 450.000 pesos en el asiento acompañante de su auto. Dijo que los llevaba "a la cueva de un amigo" (REUTERS)

La Cámara Federal de Casación dispuso reabrir una investigación a un joven detenido en un control policial en 2020 con 450.000 pesos en su auto. Al ser interrogado por el monto que traía, dijo que el dinero lo llevaba “a la cueva de un amigopara comprar dólares. Tanto el juez de primera instancia como la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico lo sobreseyeron por el delito de lavado de activos tras evaluar que no había un “grado de sospecha” suficiente, pero el máximo tribunal penal del país revocó esa decisión por consideralarla “prematura” y dispuso avanzar con la investigación.

La causa penal se inició a partir de un procedimiento policial desarrollado en la vía pública el 22 de septiembre de 2020. El joven de 25 años manejaba un Volkswagen Virtus cuando fue detenido preventivamente, todavía regían las restricciones de circulación que impuso la pandemia de Covid-19. En una campera sobre el asiento del acompañante llevaba algunos fajos, y tras ser interrogado al respecto el joven dijo: “tengo casi medio millon y estaba yendo a la cueva de un amigo a comprar dólares”.

La requisa determinó una suma de 450.000 pesos, por lo que la fiscalía decidió encuadrar el hecho en un supuesto lavado de activos. Sin embargo, el 20 de diciembre de 2021 el juez de primera instancia ordenó el sobreseimiento del joven por considerar que no había elementos necesarios para tener acreditado el “estado de sospecha”. “El antecedente penal que registra el nombrado no habilitaría a presumir un origen ilícito al dinero secuestrado”, afirmó.

En efecto, el joven ya contaba con una condena del Tribunal Oral Federal 2 de San Martín a la pena de dos años de prisión de ejecución condicional por considerarlo partícipe secundario del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. En ese caso, se había comprobado su participación -al menos desde mayo de 2018 en adelante- en un grupo de nueve personas dedicado al tráfico de cocaína y marihuana.

Por su parte, la desvinculación en primera instancia fue confirmada -apelación mediante- por la Sala B de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico. Para decidir, los jueces evaluaron que “las constancias probatorias incorporadas a la causa no resultan suficientes” para la existencia del lavado de activos. Además, destacaron que no había motivos para considerar que “el dinero en cuestión tuviera como destino ser introducido en el mercado a través de alguna operación que le diera apariencia de origen lícito”.

Para el fiscal, el caso
Para el fiscal, el caso se encuadra bajo el delito de lavado de activos

El fiscal del caso, Gabriel Pérez Barberá, recurrió en queja hasta la Casación Federal, donde sostuvo que el joven de 25 años al momento de su detención “no tenía un trabajo formal, sino que, con certeza, había desarrollado una actividad relacionada con el comercio ilegal de estupefacientes en un pasado muy próximo al hecho aquí imputado”. El expediente cayó en manos de la Sala 3 del máximo tribunal penal del país, que intervino con los votos de los jueces Hernán Borinsky, Juan Carlos Gemignani y Daniel Antonio Petrone.

Los tres camaristas, en unanimidad, decidieron revocar el sobreseimiento del joven por calificarlo de “prematuro”. “En efecto, ante la plataforma fáctica descripta se observa que antes de sellar la definición del proceso resulta de interés producir las medidas probatorias peticionadas por el Fiscal a fin de agotar la investigación y resolver esclareciendo las cuestiones pendientes”, expresó Borinsky en un voto al que adhirió luego Gemignani y Petrone.

De ese modo, las actuaciones fueron remitidas a la Cámara de Apelaciones para que se notifique y luego las envíe “con la debida celeridad” al juzgado en lo penal económico para que continúe con la sustanciación del proceso.

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