Madrid, 22 ene (EFE).- La investigación sobre la supuesta contratación por jefes de seguridad de Repsol y Caixabank de los servicios del excomisario Villarejo para hallar "irregularidades" contra Luis del Rivero, expresidente de Sacyr, que intentaba hacerse con el control de la petrolera, no detectó indicios claros del uso de las bases policiales, pero sí del acceso a su tráfico de llamadas.
El instructor de Asuntos Internos de la Policía que ha testificado por segundo día en la Audiencia Nacional en el juicio de la pieza separada sobre los negocios del excomisario José Manuel Villarejo que investiga el 'proyecto Wine', la presunta contratacion en 2011 y 2012 a empresas de Villarejo para investigar el intento de toma de control de control de Repsol por parte de la constructora Sacyr y la petrolera mexicana Pemex.
En esta nueva sesión de la vista, que comenzó el lunes, el instructor ha respondido sobre el posible acceso a bancos de datos de acceso restringido para trabajos particulares de Villarejo.
Ha explicado que en las bases de datos policiales quedan registros de todas las consultas que se hacen y ha señalado que, aunque hay algunas que coinciden con los nombres a los que podían estar vigilando empresas de Villarejo dentro del proyecto Wine, una era porque una de esas personas había renovado el DNI y, lógicamente, accedió un funcionario.
En otros casos, las consultas no se ve con claridad que se produjeran en lso días anteriores a los informes que elaboraban empresas de Villarejo para los clientes que le contrataron para el proyecto Wine ni existe una conexión directa.
Por eso, ha dicho que no hay un indicio claro de que se utilizaran las bases de datos de la Policía, como sí lo hay de que se accediera a los tráficos de llamadas de las personas a las que se vigilaban para ese trabajo encargado a las empresas de Villarejo.
En este sentido, ha sostenido que hay una correspondencia de los tráficos intervenidos que cuadran con las anotaciones del excomisario Villarejo en los diarios que se intervinieron en su domicilio, pues no se puede cotejar con datos de las compañías telefónicas, pues éstas sólo guardan los registros de llamadas un año y en este caso los hechos se produjeron en 2011 y 2012.
Lo que no cree es que se pudieran haber pinchado teléfonos, pese a existir una conversación entrre el excomisario y el exjefe de Seguridad de Repsol en la que hablan de rastrear y hacer un análisis del tráfico de llamadas, pues Villarejo no tenía capacidad para ello y no profundiza mucho en esa vía.
El acceso al tráfico de llamadas lo habría conseguido supuestamente Villarejo gracias al exjefe de la Unidad Central de Apoyo Operativo (UCAO) de la Policía Nacional Enrique García Castaño.
Según ha declarado el instructor de Asuntos Internos, Villarejo exageraba a sus clientes la capacidad de medios que tenía para las labores de vigilancia, seguimientos, y consultas a archivos, registros y fuentes de cualquier tipo de datos que ofrecía a través de su empresa.
Ha señalado que es a Enrique García Castaño, al que gratificaba por sus colaboraciones, al que le pedía esa información retringida para este proyecto y otros encargos que tenía, pues Cenyt, sociedad de Villarejo, no tenía esa capacidad y por sí sola sólo podía nutrirse de registros públicos para construir informes para sus clientes.
De acuerdo con la Fiscalía Anticorrupción, el Grupo Cenyt, cuyo titular real era Villarejo, por medio del también acusado Rafael Redondo, considerado su socio, emitió a Repsol y CaixaBank tres facturas, por un importe total de 389.400 euros, que estos clientes desembolsaron a partes iguales.
La Fiscalía Anticorrupción pide por este caso de los presuntos encargos para frenar la toma de control de Repsol por Sacyr y Pemex 40 años de cárcel para el excomisario; 32,5 para Rafael Redondo; 28 para Rafael Araujo (exjefe de Seguridad de Repsol); 21 para el que fuera su 'número dos', Rafael Girona, y otros 21 para Miguel Ángel Fernández Rancaño (exjefe de Seguridad de CaixabanK).
El Ministerio Público atribuye delitos de cohecho pasivo, cohecho activo, descubrimiento y revelación de secretos de particulares con difusión a terceros cometidos por funcionario público, descubrimiento y revelación de secretos de particulares y falsedad en documento mercantil. EFE
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