Un juzgado de Barcelona perdona una deuda de 87.351 a un hombre que no pudo afrontar los pagos tras quedar incapacitado por un cáncer

El juez le ha exonerado del pasivo insatisfecho gracias a la Ley de la Segunda Oportunidad

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El mazo de un juez
El mazo de un juez y billetes de euro (ShutterStock)

El Juzgado Mercantil número 9 de Barcelona ha perdonado una deuda a 87.351,14 euros a un vecino de Sant Antoni de Vilamajor, representado por el despacho Bergadà Abogados, que, tras ser diagnosticado con cáncer y quedar incapacitado laboralmente por las consecuencias del tratamiento, se vio inmerso en una situación de insolvencia por no poder frente a las obligaciones contraídas con los préstamos y créditos personales que había solicitado.

El hombre trabajaba como jefe de recursos humanos en un hotel de Barcelona, percibiendo unos ingresos estables que le permitieron solicitar préstamos y créditos destinados a reformas en su hogar y a la compra de un vehículo. Sin embargo, su situación cambió drásticamente cuando en 2016 fue diagnosticado con cáncer.

“Los bancos ofrecían facilidades para pedir préstamos y parecía una buena opción para llegar holgadamente a fin de mes, pero luego te das de cuenta que aceptar es un error”, comenta. Tras someterse a la quimioterapia, se recuperó y retomó su trabajo.

Irregularidades de cardiopatía severas

No obstante, en 2022, como consecuencia de los intensos tratamientos de quimioterapia, se le detectaron irregularidades de cardiopatía severas. Esto derivó en una incapacidad absoluta y una drástica reducción de sus ingresos. “Mis ingresos eran buenos, pero todo se cortó de golpe. Siempre intenté cumplir con mis obligaciones financieras, pero llegó un momento en que no pude más”, explica.

La abogada que ha llevado el caso y socia fundadora de Bergadà Abogados, Marta Bergadà, destaca que “su situación se volvió insostenible, ya que al gasto de los tratos médicos no cubiertos por la Seguridad Social hubo que sumarle el alquiler de una vivienda adaptada y los gastos básicos de alimentación, algo que superaba con creces sus ingresos”.

Añade que “esto le condujo a una situación de insolvencia dramática”. A ello, se sumaban las constantes llamadas de los bancos y empresas de recobro. “Eran amenazantes y acosadoras. Bloqueé más de 50 números, pero no paraban”, argumenta.

87.351,14 euros perdonados

Ante la situación de desesperación comenzó a indagar sobre la Ley de Segunda Oportunidad y así conoció al despacho Bergadà Abogados. Con su asesoramiento ha conseguido que el titular del Juzgado Mercantil número 9 de Barcelona le perdone una deuda de 87.351,14 euros.

Marta Bergadà señala que “estamos ante un claro ejemplo de deudor de buena fe, que arrastró una deuda durante años sin dejar de pagar hasta que literalmente le fue imposible continuar. Gracias a la Ley de la Segunda Oportunidad, una persona que lo ha perdido todo por motivos de salud ahora puede empezar de nuevo sin la losa de una deuda impagable”.

La Ley de Segunda Oportunidad

La Ley de Segunda Oportunidad es un mecanismo legal creado en 2015 que permite a particulares y autónomos liberarse de sus deudas cuando no pueden afrontarlas. Su objetivo es ofrecer una salida a quienes, de buena fe, han caído en una situación de insolvencia que les impide rehacer su vida económica.

La norma, reformada en 2022 dentro de la nueva Ley Concursal, está pensada para personas físicas que han acumulado deudas tras un negocio fallido, la pérdida de empleo o problemas familiares. Para acceder a ella es necesario demostrar que no se actúa con fraude y no tener condenas por delitos económicos.

El proceso comienza en los juzgados mercantiles y contempla la posibilidad de liquidar los bienes del deudor o de establecer un plan de pagos que le permita conservar parte de su patrimonio, como la vivienda habitual, mientras cumple un calendario de obligaciones.

Noticias del día 25 de agosto del 2025.

El resultado puede ser la cancelación de la mayoría de las deudas, en especial las bancarias, aunque las obligaciones con Hacienda y la Seguridad Social solo se reducen de manera parcial. El procedimiento, sin embargo, no está exento de críticas: requiere trámites judiciales, asistencia letrada y puede alargarse en el tiempo, lo que dificulta el acceso de quienes ya atraviesan dificultades económicas.