Las enfermedades con las que no puedes renovar el carnet de conducir, según la DGT

Están fijadas en el anexo IV del Reglamento General de Conductores, que recoge el Boletín Oficial del Estado (BOE) desde 1997

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El retrovisor de un coche
El retrovisor de un coche (Freepik)

Renovar el permiso de conducir requiere cumplir una serie de requisitos médicos que, en algunos casos, determinan si una persona puede continuar tras el volante. Las enfermedades y deficiencias que impiden la obtención o renovación de este están fijadas en el anexo IV del Reglamento General de Conductores, que recoge el Boletín Oficial del Estado (BOE) desde 1997.

El anexo especifica que ciertas patologías físicas o psicológicas “serán causa de denegación o de adaptaciones, restricciones de circulación y otras limitaciones en la obtención o prórroga del permiso o la licencia de conducción”. El Reglamento General de Conductores, aprobado por el Real Decreto 818/2009, recoge diferentes enfermedades y deficiencias, que se dividen en varias categorías: capacidad visual, auditiva, sistema locomotor, cardivascular, trastornos hematológicos, sistema renal, sistema respiratorio, enfermedades metabólicas y endocrinas, sistema nervioso y muscular, trastornos mentales y de conducta o los relacionados con sustancias. La Dirección General de Tráfico (DGT) aplica estos criterios con carácter nacional, y su cumplimiento resulta obligatorio en los centros de reconocimiento de conductores.

Entre las enfermedades más destacadas se encuentran las relacionadas con el sistema nervioso central, como enfermedad cerebrovascular o epilepsia y crisis convulsivas. En el caso de los trastornos mentales y de conducta, aquellas personas que sufran demencias y pérdida de conciencia recurrente, esquizofrenia, trastornos de la personalidad, entre otros, la tenencia del carné se verá afectada.

En relación con deficiencias crónicas o progresivas, como insuficiencias renales avanzadas, trastornos psiquiátricos graves o tratamientos oncológicos que afecten de manera significativa las capacidades físicas o cognitivas, el anexo IV establece la necesidad de informes médicos actualizados. Los solicitantes deben acreditar periódicamente su estado de salud para poder mantener vigente el permiso.

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Las condiciones oculares y auditivas también merecen especial atención en el documento de la DGT. La agudeza visual y la capacidad auditiva permanecen como criterios esenciales; cualquier reducción que impida percibir correctamente el entorno vial constituye motivo suficiente para la no renovación. La norma contempla el uso de recursos correctivos, como gafas, audífonos o adaptaciones técnicas, aunque algunos límites mínimos no pueden ser compensados.

A pesar de su estabilidad normativa desde 1997, el anexo IV ha registrado modificaciones a lo largo de los años. La última actualización, publicada en el BOE en diciembre de 2023, afectó a quienes han superado trastornos oncohematológicos. Según lo estipulado, la fecha de renovación del carnet para estos ciudadanos pasó a depender de la edad correspondiente de cada titular, en vez del plazo de tres años previamente exigido. Esta medida busca adaptar los plazos a la situación individual del solicitante e introduce mayor flexibilidad en casos de remisión o curación médica.

Los fármacos, también a tener en cuenta

La medicación es otro aspecto clave a considerar al conducir. Según datos de la DGT publicados en 2019, aproximadamente el 5% de los accidentes de tráfico en España están relacionados con la toma de fármacos y sus efectos secundarios. Entre estos se incluyen somnolencia, dificultad para concentrarse o mantenerse alerta, visión borrosa o doble, sensación de vértigo, lentitud en los reflejos y mareos. Todos estos síntomas representan un riesgo no solo para quien conduce, sino también para el resto de personas en la carretera.

Incluso algunos medicamentos de venta libre pueden afectar la capacidad de conducir con seguridad. Por ello, es importante prestar atención a posibles efectos adversos como somnolencia, problemas de concentración, visión alterada, vértigo, reflejos más lentos, falta de coordinación, inestabilidad o desmayos. Los fármacos que pueden influir en la conducción incluyen los usados para tratar trastornos del sueño, ansiedad, depresión, psicosis, epilepsia, párkinson, dolor, migrañas, demencia, alergias, problemas oculares, gripe o resfriado.

Por esta razón, se recomienda consultar siempre con un médico, farmacéutico o profesional sanitario antes de utilizar cualquier medicamento que pueda afectar la conducción.