Un hombre inocente estuvo 15 años en la cárcel, pero al salir no recibió indemnización: la Justicia dice que no hubo “error judicial” pese a que no se valoraron algunas pruebas

Fue condenado en 1992 por dos delitos de violación, pero posteriormente la víctima dijo que lo había identificado mal

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Imagend de archivo de un hombre encarcelado. (Adobe Stock)

Los inocentes que han estado en la cárcel hasta que ha llegado la sentencia tienen derecho a una indemnización por cada día que se les ha privado de su libertad. Pero no siempre es así. El 29 de junio de 2023, el Tribunal Supremo español dictó un fallo que declaró la inocencia de Baldomero, un hombre que pasó 15 años en prisión tras ser condenado en 1992 por dos delitos de violación y dos faltas de lesiones. Sin embargo, a pesar de la absolución, Baldomero no recibirá indemnización alguna, ya que la Justicia no reconoció la existencia de un “error judicial evidente”.

La sentencia del Supremo anuló el fallo emitido por la Sección Novena de la Audiencia Provincial de Barcelona en 1992, que había condenado a Baldomero calculando en el testimonio de una de las víctimas y en pruebas que posteriormente se demostraron insuficientes para sostener su culpabilidad. Entre los elementos que llevaron a la revisión del caso destacan nuevas evidencias científicas y la revelación de procedimientos deficientes en la investigación inicial.

Evidencias clave para la absolución

Entre las razones que condujeron a la reapertura del caso se encuentran informes periciales que no fueron debidamente presentados ni valorados en el juicio original. En 1992, la Policía Científica de Barcelona analizó muestras de semen encontradas en la ropa de una víctima, cuya característica genética no coincidía con la de Baldomero. Sin embargo, esta prueba, catalogada por la defensa como determinante, nunca fue adecuadamente expuesta en la vista oral debido a que los peritos no compararon y el juicio no se suspendió para garantizar su presencia.

Además, la principal testigo y víctima, Adriana, se retractó años después de haber identificado a Baldomero como el autor del delito. Su testimonio había sido la prueba central para la condena. En entrevistas posteriores, Adriana reconoció su error en la identificación, lo que debilitó aún más el marco probatorio en contra del acusado.

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Otra pieza significativa fue un informe pericial del Servicio Central de Policía Científica que, en 1992, concluyó que los marcadores genéticos del semen hallado en la ropa analizada no coincidían con la sangre del acusado. Este detalle pasó desapercibido para los jueces en el juicio inicial, un aspecto que fue subrayado por el Tribunal Supremo durante la reciente revisión, al señalar que esta omisión de valoración perjudicó gravemente el derecho a la defensa.

Además, el Supremo tuvo en cuenta una evolución en la jurisprudencia española, que actualmente permite atender aquellas pruebas que podrían generar “dudas significativas” sobre la culpabilidad inicial, incluso si no comprueban de forma definitiva la inocencia del acusado. Este enfoque fue clave para admitir la posibilidad de que Baldomero fuera condenado injustamente con pruebas insuficientes.

La negativa a la indemnización

Sin embargo, la sentencia absolutoria no incluye una declaración de “error judicial evidente”, un requisito imprescindible para que un condenado injustamente pueda solicitar una indemnización del Estado. Según el fallo, la ausencia de valoración de algunas pruebas durante el juicio inicial no puede considerarse un error judicial en sentido estricto, ya que dichas pruebas no fueron excluidas por un acto deliberado, sino por la negligencia de ciertos procedimientos.

El Supremo subrayó que, aunque la absolución confirma la inocencia de Baldomero, no se puede interpretar que el proceso judicial inicial haya estado completamente viciado de nulidades graves que justifican una compensación económica. Este punto ha generado controversia, ya que organizaciones de defensa de los derechos humanos han señalado que el sistema penal debería otorgar un mayor reconocimiento y reparación a quienes sufren condenas indebidas.

La condena inicial estuvo basada en una investigación policial y judicial plagada de deficiencias, como la omisión de pruebas periciales que habrían permitido llegar a una conclusión diferente. Baldomero quedó absuelto formalmente en junio de 2023, pero su proceso penal y los años pasados ​​en prisión dejan una mancha imborrable en su vida. Sin indemnización ni reconocimiento oficial de un error judicial en términos materiales, se enfrenta ahora al desafío de reconstruir su vida en un sistema que, hasta el momento, no ha mostrado disposición para reparar su sufrimiento. El debate en torno a los casos de este tipo y las reformas en el sistema judicial continúa abierto.