Jeringuillas con agujas se ven delante de un logo de AstraZeneca desplegado en esta imagen tomada, el 27 de noviembre de 2021. (REUTERS/Dado Ruvic/Illustration/File Photo)El Juzgado de lo Social número 31 de Barcelona ha dictado una sentencia pionera en España: los efectos secundarios provocados por la vacuna contra el Covid de AstraZeneca pueden considerarse accidente laboral. La resolución da la razón a Pedro García, un profesor de Física y Química en el Institut Infanta Isabel d’Aragó, en Barcelona, quien en 2021 desarrolló trombosis tras recibir la vacuna al considerarse trabajador esencial. García contó su caso el pasado febrero a Infobae España, y este lunes 17 de marzo ha tenido lugar el juicio para que su enfermedad no sea considerada común, sino accidente laboral. El juzgado le ha dado la razón.
García, que entonces tenía 45 años, fue convocado para la vacunación en febrero de 2021, cuando España iniciaba su plan masivo de inmunización contra el virus. Como docente en activo, recibió un correo institucional reenviado por la dirección del centro con las instrucciones para acceder a la vacuna. “Se nos asignó una vacuna en función del trabajo”, señala en conversación con este medio. Les tocó AstraZeneca, pero de no haber sido profesor, por su grupo de edad le habría tocado la de Pfizer o Moderna.
La vacuna le fue administrada el 24 de febrero de 2021. Semanas después, comenzó a experimentar fuertes dolores abdominales que, en un principio, no relacionó con la vacuna “hasta que un día empecé a sangrar por la boca”. Allí le detectaron un trombo en el pulmón tras hacerle varios TACs. “Al día siguiente me encontraron el trombo de la zona abdominal, que es la zona donde está la vena que va al hígado. Estaba 100% taponada y tenía bajada de plaquetas”, añade.
Pedro García, profesor y afectado por la vacuna Astrazeneca. (Cedida)El diagnóstico estableció que el cuadro clínico era “sugestivo de trombocitopenia trombótica inmune inducida por vacunas”, una “reacción adversa frecuente de Vaxzevria (vacuna frente a la COVID-19 de AstraZeneca)”, reconocido por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS). García estuvo una semana ingresado en la UCI, más de tres semanas en el hospital y permaneció de baja durante un año y medio.
A día de hoy, el trombo ha dejado secuelas de por vida. La vena que conecta con el hígado continúa obstruida y, aunque actualmente no hay complicaciones funcionales, su situación médica requiere un seguimiento constante. la vena que va al hígado la tiene taponada “ya para siempre”. “De momento mi hígado funciona, pero puede ser que de aquí a dos años no”, señala.
De esta forma, García y otros afectados, llevaron su caso a los tribunales para que se considere como accidente laboral y no enfermedad común, ya que la primera viene acompañada de varios beneficios. Su abogado, Francesc Feliu, especialista en Derecho Sanitario y Responsabilidad Patrimonial, construyó la demanda con base en la Ley General de la Seguridad Social, defendiendo que existía un vínculo directo entre la vacunación y la condición laboral del demandante.
Este lunes 17 de marzo el juez dio la razón al demandante y estimó íntegramente su demanda, reconociendo como accidente laboral las consecuencias médicas sufridas tras la vacunación. Se trata del primer fallo de este tipo en España. La Asociación de Trabajadores Esenciales Afectados por la Vacuna de AstraZeneca (ATEAVA), que agrupa a decenas de personas en situaciones comparables, ha anunciado la noticia. “El juez ha estimado íntegramente la demanda presentada, por lo que se reconoce que es accidente laboral, tal y como venimos reclamando desde la asociación como uno de los objetivos principales”. “Es un reconocimiento público al recorrido de estos cuatro años de lucha y silenciamiento. Por fin recibimos el primer gesto de justicia”, señalaron.